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Tudanca se despedirá de las Cortes en la sesión plenaria del 29 y 30 de abril en la que será designado senador

Luis Tudanca en el Pleno de las Cortes

Europa Press

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El portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Luis Tudanca, se despedirá de este cargo en el pleno de las Cortes que comenzará el martes 29 de abril y que concluirá el miércoles día 30 precisamente con la designación del político burgalés como senador por Castilla y León en sustitución del salmantino Fran Díaz que se despidió el martes de este puesto.

Así lo ha confirmado la viceportavoz del Grupo Socialista y futura portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Patricia Gómez Urban, en la rueda de prensa posterior a la Junta de Portavoces en la que los socialistas han estado representados por la nueva dirección del grupo confirmada por el PSOE.

Por lo tanto, Luis Tudanca será el encargado de realizar la pregunta de control al presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco, en la sesión del día 29 de abril que será el último 'cara a cara' entre ambos. “Luis Tudanca sigue siendo procurador y seguirá siendo procurador y el portavoz hasta el próximo pleno”, ha aclarado Gómez Urban que ha precisado que el político burgalés dejará de ser portavoz al día siguiente para ser designado senador autonómico en su nueva etapa política.

Por su parte, el portavoz del Grupo Popular, Ricardo Gavilanes, ha hecho un reconocimiento a la labor de Luis Tudanca al frente de la Portavocía del Partido Socialista para añadir: “Aunque lógicamente las diferencias políticas han sido numerosas, es justo, desde luego, agradecer la dedicación del señor Tudanca y el respeto institucional durante todos estos años”.

Preguntado por el sentido del voto del PP en la designación de Tudanca como senador autonómico --con el último cambio normativo no hace falta el apoyo de los 'populares'-- se ha limitado a recordar que con un solo voto a favor saldrá senador autonómico, “un poco similar --ha rememorado en su explicación-- a lo que ocurrió con el mismo sistema que tenía que haber sido con la terna de los magistrados--”.

Por último, Gavilanes ha dado la bienvenida a la futura nueva portavoz y a todo su equipo a los que ha deseado “acierto y responsabilidad” en esta nueva etapa. “Estoy seguro de que el debate va a ser firme y, sobre todo, un debate respetuoso, como merece esta Cámara y los grupos parlamentarios y los castellanos y leoneses”, ha concluido.

Proposición de Ley para modificar la Ley del Ruido

El próximo pleno de las Cortes contempla, por otro lado, la toma en consideración de la Proposición de Ley para modificar la Ley del Ruido que registraron hacer casi un año los grupos Popular y Vox, entonces socios de Gobierno en Castilla y León, tras la inadmisión para enmendarla vía proyecto ley de Medidas. En este sentido, el portavoz del Grupo Parlamentario Vox, David Hierro, ha confirmado el voto a favor de su partido en la toma en consideración del texto legislativo en “coherencia” con lo que impulsaron cuando eran socios de Gobierno del PP.

PP y Vox coincidieron entonces en que tras quince años en vigor la Ley del Ruido requiere varias modificaciones para adaptarse a la realidad social y al marco normativo en vigor a nivel europeo y estatal, así como a la evolución de la tecnología en los últimos años. A esto añadieron la necesidad de dar seguridad jurídica a las administraciones y a los operadores directamente afectados por su aplicación.

Los dos partidos recordaron que la norma vigente trata por igual a todos los municipios con independencia de su población por lo que veían conveniente modificar el artículo 21 para eliminar la obligación de revisar cada cinco años los mapas de ruido en los municipios con menos de 20.000 habitantes y dejarlo a criterio municipal “si se hubieran producido cambios significativos en la estructura urbana y las potenciales fuentes de ruido”.

Y en los artículos 28 y 29 propusieron modificar el régimen previsto para las viviendas unifamiliares en los municipios con menos de 10.000 habitantes para dejar al criterio técnico la valoración de la existencia de impactos acústicos en el emplazamiento de la vivienda sobre la base de un informe acústico elaborado por el proyectista, lo que simplifica la obtención de la licencia urbanística y reduce su coste, aseveran los proponentes.

En el caso de los artículos 31, 34 y 40, sobre realización de obras en vías públicas y cumplimiento de niveles acústicos de la maquinaria utilizada en estas, buscaban adaptarlos a las condiciones reales y a las posibilidades de mantenimiento de los equipos.

Y explicaron por otro lado que la modificación de los artículos 49 y 53 tiene su origen en la pandemia COVID tras la que han proliferado los ámbitos de ocio exteriores a los locales y se han iniciado por parte de los ayuntamientos la declaración de Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS), con una “abundante casuística”. “A la luz de la experiencia, con esta modificación se pretende mejorar la seguridad jurídica de esas declaraciones, tanto para los vecinos residentes en las zonas afectadas como para los titulares de las actividades generadoras de ruido”, detallaron los grupos proponentes.

Finalmente, se introducen otros ajustes para adaptar la ley a la nueva normativa básica y a las interpretaciones jurisprudenciales contenidas en sucesivos pronunciamientos y para subsanar diversos errores materiales y una disposición adicional duodécima sobre referencias a las normas UNE, EN o ISO, se deroga la disposición final segunda que permitía la modificación de anexos por decreto, y se modifican la mayor parte de los anexos, como el anexo II para adaptar los valores límite de los niveles sonoros ambientales de las áreas especialmente ruidosas a la normativa básica.

En el caso del anexo III es para mejorar la definición de los tipos de actividades; en el anexo IV para corregir la fórmula del valor de la aceleración de referencia; en el anexo V para corregir diversos extremos técnicos y el anexo VII para incluir el centímetro como unidad de medida de las pantallas de televisión y ordenador, manteniendo el uso de la “pulgada”, utilizada normalmente por fabricantes y comercios.

En la parte final de la ley, la disposición adicional establece un plazo para la adaptación de las zonas acústicamente saturadas a las nuevas condiciones mientras que la disposición derogatoria se limita a la cláusula de derogación residual. Y la disposición final primera prevé la inmediata entrada en vigor de la ley, de forma coherente con la urgencia de su contenido, y la segunda habilita a la Junta de Castilla y León para su desarrollo y aplicación.

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