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La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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Migración y vivienda. Desigualdades en el acceso a un derecho básico

Carmen Gómez Martin. Área de inmigración de APDHA

Si en un artículo anterior denunciábamos los graves problemas de vivienda a los que se enfrentan miles de personas en Andalucía, hoy dedicaremos este espacio a analizar la situación del colectivo migrante con respecto a un tema concreto: el acceso a la vivienda de alquiler. Aparte de verse afectada por los desahucios y la dificultad para mantener el pago de sus casas (ya sean en propiedad o rentadas), esta población afronta además trabas y discriminaciones que tienen que ver con el mercado de pisos en alquiler ofertado por las inmobiliarias. Un problema éste que, aún no estando necesariamente vinculado a la crisis, viene a complejizar más si cabe la precaria situación de este colectivo con respecto a la vivienda.

En 2012, el área de inmigración de APDHA llevó a cabo un estudio en la ciudad de Granada en el que se analizó esta cuestión, poniendo de manifiesto las dificultades de la población migrante extracomunitaria para encontrar pisos en alquiler a través de las agencias inmobiliarias. La intervención tuvo lugar en 15 inmobiliarias repartidas en 5 barrios de Granada (centro y periferia) y en ella participaron 20 personas, todas ellas en situación jurídica regular, originarias de Senegal, Marruecos, Argelia, Bolivia, Argentina, Francia y España. Durante el estudio pudimos observar que, aun no produciéndose casos flagrantes de discriminación, sí que se dieron tratos desiguales y discriminaciones solapadas y de difícil detección.

Así, aun partiendo de situaciones socio-económicas similares y preguntando por el mismo tipo de pisos, los migrantes extracomunitarios participantes en la acción recibieron una oferta menor de viviendas y de peor calidad que los participantes de origen español o los migrantes comunitarios. En barrios de mayor poder adquisitivo pudimos apreciar igualmente cómo se vetaba la entrada a ciertas nacionalidades ofreciéndoles pisos más caros de los demandados, dificultando así el alquiler en la zona.

Por otra parte, se observó que los extranjeros extracomunitarios debían responder por regla general a un número mayor de requisitos para acceder a la vivienda y que, en muchos casos, se les exigía una documentación totalmente innecesaria para alquilar un piso como por ejemplo el permiso de trabajo. Las cuestiones relativas a su forma de vida también fueron frecuentes, con preguntas como ¿cuántas personas van a habitar la vivienda? ¿De qué nacionalidad son? ¿Cuál es su estado civil? ¿Cuántos hijos/as tiene? Unas preguntas que tienden a reproducir imágenes estereotipadas que suelen asociarse con la población migrante y su utilización del espacio habitacional y que en ningún caso fueron realizadas a participantes españoles y comunitarios.

El favorecimiento de la segregación residencial por parte de las inmobiliarias fue otro de los puntos que llamó nuestra atención. Aun partiendo de situaciones económicas parecidas los participantes no nacionales ni comunitarios eran empujados por las inmobiliarias de las zonas céntricas y acomodadas hacia la periferia, los pueblos del cinturón de Granada y las zonas degradadas. La información recabada confirmó igualmente la existencia de un parque inmobiliario segmentado en el que la infravivienda o la vivienda de menor calidad se oferta mayoritariamente a la población extranjera no comunitaria.

A lo largo del estudio pudimos corroborar además dos hechos importantes. Por un lado, que el factor étnico/nacional actúa siempre de forma conjunta con el factor económico a la hora de que se produzca una mayor o menor discriminación de la población migrante en el acceso al alquiler de viviendas. Ambos factores son indisociables, reforzando uno u otro el motivo por el que se dificulta el posible alquiler. En este sentido, la apariencia y la vestimenta (utilización de velos, trajes tradicionales, vestimenta a la occidental, etc.,) en donde se combinan ambos elementos, juega un papel fundamental en el trato recibido.

En segundo lugar, pudimos apreciar cómo los procesos discriminatorios se encuentran fuertemente arraigados y normalizados socialmente de forma que se hacen poco perceptibles tanto para la población nativa como para la extranjera. En el caso de nuestro estudio, se aprecia que las discriminaciones, en muchos casos veladas (falta de interés, evasivas, atención fría, etc.,) se producían atendiendo a la subjetividad del agente inmobiliario.

Una subjetividad basada en la propia percepción sobre la migración, la mayor o menor simpatía que producen ciertas nacionalidades por motivos socio-históricos, imágenes estereotipadas aprehendidas, etc. Motivaciones que también intervienen en el posicionamiento de los propietarios de pisos, que en muchos casos suponen una barrera insalvable al indicar claramente a las inmobiliarias que no quieren alquilar a inmigrantes, o la propia dirección de la inmobiliaria que asume la norma de exigir mayores requisitos a la población extranjera extracomunitaria para acceder a un piso de alquiler.

En definitiva, el estudio realizado demostró cómo el proceso de adquisición de una vivienda en alquiler resulta más complicado en general para este colectivo que para la población nativa o comunitaria (intuimos por la documentación exigida en alguna de las inmobiliarias que lo es mucho más para la población que se encuentra en situación irregular, variable que no fue incluida en el estudio), ya que en su caso actúan de forma combinada dos factores de discriminación: el origen étnico o nacional y la situación socio-económica.

Ambos factores intervienen en la formación de discursos subjetivos en donde las decisiones y los comportamientos reiterados por parte de los agentes inmobiliarios, los propietarios de agencias inmobiliarias y los propietarios de pisos en alquiler, terminan por normalizar y hacer invisibles los procesos discriminatorios.

En un momento como el actual, en donde los recortes sociales y la falta de recursos hacen proliferar los discursos sobre las supuestas facilidades que tiene la población migrante para acceder a servicios básicos, no está de más llamar la atención sobre lo infundado de estas afirmaciones y demostrar las dificultades suplementarias y procesos llenos de barreras a las que debe hacer frente este colectivo, no solo con respecto al acceso a servicios básicos sino también a derechos fundamentales como es el disfrute de una vivienda digna.

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La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, constituida en 1990, es una asociación de carácter privado, sin ánimo de lucro, cuyo fundamento lo constituye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada por la ONU en 1948. Aunque el ámbito de afiliación de la APDHA y su área directa de actuación sea el territorio andaluz, su actividad puede alcanzar ámbito universal porque los Derechos Humanos son patrimonio de toda la Humanidad.

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