Mandar “a la fosa” a una edil de IU por Twitter no incita a la violencia, según la Fiscalía
“Maite Molina IU, puedes irte a morirte también, o si no te irás a la fosa dentro de un tiempo, estarás pudriéndote entre cal viva”. Fue el tuit dirigido a una concejala del Ayuntamiento de Granada desde el perfil de un ultraderechista residente en Asturias. Una de las primeras investigaciones policiales iniciadas en Andalucía contra este tipo de ataques, lanzado en junio de 2012, podría quedarse en delito de injurias. La Fiscalía de Granada, que el pasado septiembre consideró el hecho como un presunto delito de incitación a la discriminación, odio y la violencia “por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión, creencias”, ha cambiado el criterio y descarta ahora la existencia de un delito de odio en el comportamiento del imputado.
Al ultraderechista asturiano que lanzó el tuit hace dos años no debió gustarle el perfil público de la concejala ('Lda en Derecho. Lo mío es la inmigración. Feminista. Madre. Concejala de IU en Ayto Granada 2011/15. Resistiendo con alegría. Piensa global, actúa local) o el contenido de sus múltiples mensajes (actualmente cuenta con más de 28.000). La afectada, que se pregunta a eldiario.es/andalucia “dónde ponemos el límite” en estos asuntos, se muestra “soprendida por el cambio de postura del fiscal” e insiste en que “este tipo de hechos no pueden quedar impunes”.
Según adelanta el diario granadino Ideal, en la causa que instruye el Juzgado de Instrucción número 8 de Granada consta un informe de la Policía Nacional el que señala que el imputado “adopta una clara y patente simpatía por la ideología nazi, manteniendo contactos con personas de esta ideología en los que evidencia animadversión por colectivos y grupos de ideología contraria (...), refiriéndose a ellos con frases que pudieran provocar a la violencia o la discriminación contra ellos”.
En septiembre de 2013, en base a este informe y a la investigación de los hechos, la Fiscalía vio indicios de la presunta comisión, a través de Internet, del mencionado delito de incitación al odio y la violencia, pero ahora cree que el extremista asturiano podría haber incurrido en un delito de injurias graves emitidas con publicidad, que se castiga con penas de multa.
La Fiscalía, según comenta la concejala, señala que el mensaje fue lanzado por la “adscripción política e ideológica” de la edil pero no por el cargo que desempeña. “A mí eso me da igual”, lamenta Molina, quien observa distinta “vara de medir”. “¿A algunos no se les puede decir nada y otros pueden decir lo que les dé la gana?”, se pregunta, entendiendo el “peligro” de estas conductas “más aún con la que está cayendo y el auge de la ultraderecha que estamos viviendo”. “¿Y si esto le pasa a un concejal del PP?”, pregunta.
El asunto estuvo a punto de quedar en un juicio de faltas del que se hubiera encargado el Juzgado de Paz de Nívar (Granada), si bien la primera posición de la Fiscalía hizo retornar el caso al juzgado instructor granadino. El imputado, que suplantó la identidad de la concejala y creó un perfil falso suyo, fue detenido en su momento, según recuerda la edil grabadina. Ahora, deberá ser el juez el que resuelva tras el nuevo criterio de la Fiscalía. “No vamos a parar, no tengo ningún miedo”, asegura la concejala, que alaba el “gran trabajo” de la Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional que permitió ahondar en el perfil del imputado y la “exaltación de la ideología”.
El artículo 510 del Código Penal, que la Fiscalía deja fuera en estos hechos, castiga con prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses a aquellos que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia o raza, su origen nacional, su sexo, orientación sexual, enfermedad o minusvalía.