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La paradoja de los CIE: España encierra a inmigrantes de países en guerra a los que no puede expulsar

Conflicto en Mogadiscio, en Somalia

Javier Ramajo

El Gobierno español defiende que privar de libertad a personas en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) tiene como fin último la expulsión. Al margen de que ese objetivo no se cumple en el 70% de los casos, el origen de los inmigrantes también hace imposible su deportación. Y es que personas procedentes de siete de los diez países más peligrosos del mundo, según el reciente Índice Global de la Paz del Institute for Economics and Peace, fueron ingresados el pasado año en alguno de los siete CIE que existen en España.

Personas de República Centroafricana (39), Sudán (20), Libia (12), Somalia (6), Ucrania (24), Siria (4) y Afganistán (4) aparecen en un listado oficial del Gobierno donde se relaciona el número de personas ingresadas en los CIE españoles con desglose por nacionalidades. No hay originarios de los otros tres países más peligrosos (Yemen, Irak y Sudán del Sur), según la información hecha pública hace unos dias por la agencia de la ONU para los refugiados (Acnur). Estos datos complementan los de una anterior información publicada en este periódico en la que se constataba que el derecho de asilo copa el 60% de las peticiones de los internados, al menos en el caso del CIE de Algeciras.

¿Qué supone todo esto? Que personas susceptibles de ser refugiados por las situaciones de conflicto existentes en sus países de origen son encerrados y privados de libertad, sin haber cometido delito alguno en la mayoría de casos y sin posibilidad alguna de deportación. Tras unos días de internamiento, son puestos en libertad. El plazo medio de estancia en los CIE es de 24'47 días, según la información oficial.

Casi un mes sin libertad para nada. La Dirección General de la Policía, en su circular 6/2014, recoge los criterios a valorar para solicitar el ingreso en los CIE de un extranjero en situación irregular, recordando también la existencia de otras medidas cautelares, menos lesivas, como puede ser la retirada de la documentación o la localización de la persona. El objetivo final del internamiento es asegurar la expulsión, devolución o regreso de los extranjeros que estuviesen en España sin los requisitos legales establecidos, valorándose circunstancias personales como tener domicilio en España, vínculos familiares, hijos menores a cargo o arraigo en España, y también se contempla la viabilidad real de poder ejecutar la repatriación.

En este punto, dicha circular dice textualmente que “los funcionarios que realicen las actuaciones de ejecución de la repatriación, antes de solicitar el internamiento, con el fin de conocer la situación (de conflicto bélico o de otra índole) del país al que van a ser repatriados, o que la repatriación al mismo no implica para dicha persona riesgo para su vida o integridad física, o que no será objeto de penas o tratos inhumanos, degradantes o torturas, procederán a consultar” bases de datos de Acnur en las que se detallan cuáles los países en riesgo, entre los que se encuentran los citados en la lista de diez recién publicada.

Casi un mes de estancia media sin libertad

“La Policía Nacional no informa a los jueces de control de los países como tal en los que no se pueden expulsar. Esa obligación se establece en la circular, que establece además que no pedirán a los jueces el ingreso de las nacionalidades que sepan que no podrán expulsar”, considera la senadora andaluza de Podemos Maribel Mora, a quien el Gobierno responde por escrito.

Mora añade que con la información facilitada por el Gobierno “se puede constatar que otros países subsaharianos como Camerún Gambia o Chad, donde se sabe que no se les puede expulsar, están siendo ingresados y puestos en libertad prácticamente todos”.

Todo ello “demuestra que los CIE los están utilizando para identificar a la gente y eso no es legal”, sentencia. “Se está ingresando a mucha gente que legalmente no deberían ser ingresada. No pueden ser privados de libertad para identificarlos. Deberían pasar a recursos humanitarios directamente. Este modelo de CIE es ineficaz y no es necesario”, explica a este periódico.

El Consejo Europeo de Refugiados y Exiliados ya publicó un informe sobre el limbo legal que atrapa a las personas inexpulsables en suelo europeo, sin poder ser deportados, sin poder marcharse voluntariamente y sin poder regularizar su situación. Falta documentación, ausencia de convenios bilaterales,... existen muchos motivos pero el caso es que no se les puede expulsar y, aún así, son encerrados en un CIE.

El Gobierno también informa a la senadora de que “el número total de expulsiones en 2016 fue de 5.051 de las cuales, para asegurar la ejecución de las mismas, 2.110 fueron ingresadas en un CIE”. De ello se deduce que las personas que no requirieron de dicha medida cautelar fueron 2.941, indica el Gobierno. “Se ha expulsado mucha más gente desde las comisarías que desde los CIE. La mayoría de los expulsados lo son por estancia irregular, no por comisión de delitos”, opina Mora.

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