El exalto cargo de la Junta no juzgará finalmente a Chaves y Griñán por “interés directo o indirecto” en la causa
El que fuera secretario general de Justicia en la Junta entre 2008 y 2014, Pedro Izquierdo, no será finalmente presidente y ponente del juicio de la rama política del caso ERE. La Audiencia de Sevilla ha estimado la recusación planteada por el PP y por Manos Limpias y ha apartado a Izquierdo de la causa.
La Audiencia considera justificada la causa de recusación del artículo 219.10º LOPJ (interés directo o indirecto en el pleito o causa) “al entender que no concurren las suficientes garantías para excluir cualquier duda sobre la imparcialidad del magistrado recusado”. Añaden los jueces que “las apariencias adquieren importancia, bastando que los recelos de los recusantes y de los ciudadanos puedan tener la posibilidad de considerarse objetivamente justificados, lo que entendemos sucede en el caso de autos”.
“Es de hacer notar lo importante que resulta garantizar la apariencia de imparcialidad de un tribunal; más en casos como el que nos ocupa, pues nos encontramos en la fase de enjuiciamiento de un proceso penal por supuestos delitos de corrupción política”, dicen, señalando que los “datos objetivos” “no ofrecen discusión, desde el punto de vista de un observador exterior y objetivo, que es al que hay que atender conforme a la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”.
En ese sentido expone que “acarrearían dudas objetivamente justificadas sobre su imparcialidad dada la relación de dependencia que mantuvo el magistrado ponente con alguno de los acusados, la confianza que en él depositaron para nombrarle para un cargo de gran responsabilidad en la Junta de Andalucía y para mantenerle en él durante más de cinco años; y ello, pese a los distintos cambios en la Consejería de Justicia de la que dependía, todo lo cual genera una justificada percepción de cercanía, confianza y proximidad”.
Todo ello pese a que, como argumentaba el PP, “no se puede inferir que exista una relación de amistad entre el magistrado y los acusados que participaron en su nombramiento y le mantuvieron en el cargo, y menos aún que pudiera calificarse como íntima, tal y como exige el precepto”.
Izquierdo había insistido en que no concurría causa legal para su recusación, pero la Sección Tercera ha decidido que deberá ser otro juez el que se encargue de juzgar a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, junto a otra veintena de exaltos cargos del gobiernio andaluz, en el juicio de la rama política del caso. Es de prever que la Audiencia celebrará un nuevo sorteo, como el que había llevado a Izquierdo a ser ponente del esperado juicio.
Este magistrado, entre otros muchos argumentos, había expuesto que no había tenido “ningún conocimiento del objeto del litigio que no fuera el general que pudiera tener el sector de la población interesada en estar informada, por lo que no he podido formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad”.
“Al tiempo de ser nombrado, ni conocía ni tenía relación de ningún tipo con los encausados o encausadas”, dijo Izquierdo, apuntando que su nombramiento por parte del Consejo de Gobierno “sólo pudo estar motivado por mi trayectoria profesional y por el interés, que se me indicó, que accediera a la Secretaría General de Justicia una persona que pudiera aportar su experiencia técnica en esta materia”.