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La Junta pide en el juzgado la suspensión del desalojo de la Corrala Utopía
El Gobierno andaluz ha presentado formalmente este miércoles en el Juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla un escrito solicitando la suspensión del desalojo forzoso decretado por dicha instancia judicial sobre las familias que, sin relación contractual alguna, habitan las viviendas de renta libre que 'Ibercaja' posee en la avenida de las Juventudes Musicales. La Junta, en concreto, pide suspender el desalojo hasta que las administraciones “garanticen alternativas a las familias para que no se vea vulnerado su derecho a la vivienda”.
El escrito, firmado por el director general de Vivienda, Antonio Ibáñez, se presenta después de haber mantenido un encuentro con los vecinos en el que éstos, según la Junta, “se han comprometido a aceptar el abandono voluntario del edificio situado en la avenida Juventudes Musicales de Sevilla, una vez garantizada una alternativa por parte de las administraciones públicas”. La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía se compromete en el escrito a buscar, en colaboración con el Ayuntamiento, una solución “en el más breve periodo de tiempo posible para las familias”, de las que forman parte menores de edad. Recordemos, no obstante, que el Ayuntamiento no asistió a la última mesa de trabajo convocada por la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz en torno a este conflicto.
El escrito destaca que las familias “hayan aceptado la salida de carácter voluntario cuando tengan una alternativa”. La Consejería, explica el escrito, se compromete a garantizar, en colaboración con el Ayuntamiento, el “realojo de las familias en viviendas públicas en régimen de alquiler con una renta adecuada a sus ingresos”. La Consejería destaca también que esta labor de mediación de las administraciones “podría verse gravemente truncada, con efectos irreversibles para las personas ocupantes del edificio”, si no se acuerda la suspensión temporal del lanzamiento hasta que se encuentre una alternativa, pues el sábado expira el plazo concedido por el juzgado antes de proceder al desalojo forzoso de las viviendas.
El escrito recuerda la “situación de gran precariedad y exclusión social” de las familias, cuyo desalojo podría abocarlas “a la indigencia”. “Respecto a los menores, los efectos por la pérdida de alojamiento perdurarán toda la vida” por constituir el desalojo un acto “violento y desestructurador”, señala el escrito, que añade: “A todo ello debe sumarse [...] que en ocasiones los Servicios Sociales públicos retiran la tutela de menores de edad a sus progenitores por causa de no poder proveer a estos un alojamiento”, lo cual tendría “consecuencias irreparables”.
DOCTRINA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
La solicitud presentada en el juzgado recuerda que la Constitución recoge en su artículo 96.1 que los pactos internacionales suscritos por el Estado forman parte del ordenamiento jurídico español, lo que incluye la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ambos valedores del derecho humano a la vivienda. La propia Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía recogen este derecho.
También el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, órgano de Naciones Unidas encargado de supervisar el cumplimiento del Pacto por parte de los Estados que lo han ratificado, prevé la protección del derecho a la vivienda, según recuerda el escrito presentado en el juzgado sevillano. En este mismo sentido, la Organización Mundial de la Salud ha considerado la vivienda como el factor ambiental que con más frecuencia está relacionado con las condiciones que favorecen las enfermedades y la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial de 1965 prevé la protección del derecho a la vivienda.
La Consejería invoca además en su escrito el propio cuerpo doctrinal de la Justicia europea. “Antes de desahuciar y dejar en la calle a una familia debe haber, tal y como establece del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una alternativa por parte de las administraciones públicas, responsables en última instancia de que un derecho humano tan esencial, como es el de la vivienda, se cumpla”, recoge el escrito.