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El PP-A recusa a la jueza Núñez en la causa de las transferencias de IDEA por “lazos de parentesco”

El PP-A recusa a la juez Núñez en la causa de las transferencias de IDEA por "lazos de parentesco"

Europa Press

El PP-A ha presentado un incidente de recusación contra la juez María Núñez Bolaños en la causa abierta para investigar las transferencias de financiación recibidas por IDEA procedentes de la Consejería de Empleo o Innovación a través de un programa distinto al 31L y cuyo destino podría no haber sido el legalmente previsto, al entender que existen “lazos de parentesco”, según han informado a Europa Press fuentes del caso.

En este sentido, las mismas fuentes consultadas han indicado que el PP-A ha presentado este incidente de recusación en dichas diligencias por “lazos de parentesco” que, según los servicios jurídicos del PP-A, “hacen incurrir” a la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla “en causa de abstención”. Según ha concretado ABC, una cuñada de la jueza es la encargada de los pagos de la agencia IDEA.

Cabe recordar que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ya rechazó en el año 2016 la recusación planteada por el PP-A contra la juez María Núñez Bolaños en relación con la entrega de las grabaciones de todas las declaraciones en la causa de los cursos de formación.

El pasado mes de septiembre se conoció un auto en el que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla anuló la resolución en la que la juez impuso una fianza de 30.000 euros al PP-A para poder ejercer la acusación popular en la causa de las transferencias de IDEA.

En un auto, la Sección Séptima de la Audiencia estimó así el recurso presentado por el PP-A y pidió a la juez instructora que dictara una nueva resolución donde “justifique la razón de la imposición en esta causa de una fianza que no ha venido exigiendo en otros supuestos”.

La Fiscalía, de su lado, no cuestionó la imposición de la fianza pero sí los criterios utilizados para fijar su cuantía, que considera “excesiva” y que “puede ser un obstáculo que imposibilite o dificulte el ejercicio de la acción penal”, citando numerosas resoluciones del Tribunal Supremo en que las sumas que se han ido exigiendo en casos similares han oscilado entre los 1.500 y los 6.000 euros.

Por ello, el Ministerio Público pidió que se redujese la cuantía de la fianza impuesta al PP-A como condición para la continuación en el ejercicio de la acción popular hasta un importe “que no impida ni obstaculice su ejercicio”.

Pues bien, la Sección Séptima recuerda que, en su recurso, el PP-A apunta la falta de motivación de la decisión adoptada por la juez, aseverando que ésta “había cambiado el criterio sostenido hasta ese momento en supuestos similares al exigir novedosamente tal cautela como presupuesto de su intervención en las diligencias cuando en otros múltiples casos no había sido así”.

Al hilo de ello, el tribunal argumenta que “los órganos y tribunales de justicia en la interpretación de las normas penales y procesales pueden modificar criterios”, no obstante lo cual las resoluciones judiciales “han de ser motivadas”.

NECESIDAD DE MOTIVACIÓN

De este modo, indica que, “dentro de la necesidad de la motivación, no se encuentra solo el deber de razonar sobre el concreto caso que se decide, sino que si en ese caso se va a producir una inflexión respecto de lo que es un criterio anterior asentado y mantenido, debe ser también obligación del Juzgado justificar la razón de dicho cambio”.

En este caso, añade la Audiencia, “el uso por parte del recurrente de la apelación directa impide que se puedan conocer los motivos por los que la magistrada ha decidido imponer una fianza que en otros similares no ha exigido”.

“Como órgano de apelación, lo que nos corresponde es resolver si resulta ajustado o no a derecho el contenido de una decisión, pero no podemos suplir decisiones cuya razón de adopción frente a otras anteriores desconocemos, menos aún cuando sobre la cuestión que se plantea se pueden encontrar en la jurisprudencia interpretaciones dispares, y ejemplo de ello son las sentencias que se citan en el recurso”, concluye la Audiencia.

En la causa por las presuntas irregularidades en la concesión de préstamos y avales por parte de la agencia IDEA, la juez María Núñez impuso también una fianza de 30.000 euros al PP-A para poder ejercer la acusación popular, pero en este caso la Sección Primera de la Audiencia decidió rebajar la misma a 12.000 euros.

El pasado mes de julio, además, la instructora también impuso una fianza de 12.000 euros al PP-A en la causa denominada 'Avales II', decisión que fue recurrida por los 'populares'.

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