El Parlamento de Andalucía aprueba la ley que simplifica los procedimientos de evaluación medioambiental
El pleno del Parlamento de Andalucía ha aprobado este martes, con el voto a favor del PSOE-A, C's e IU y la abstención de PP-A y Podemos, el proyecto de ley que modifica la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía (GICA) para adaptarla a la norma del Gobierno de la Nación de evaluación medioambiental. Con ello, se evita además problemas de interpretación y discrepancias entre ambas, garantizando tanto el mantenimiento de los procedimientos simplificados vigentes en la comunidad autónoma como la seguridad jurídica para los distintos operadores, en palabras del consejero de Medioambiente y Ordenación del Territorio, José Fiscal.
Éste ha asegurado que la modificación va a permitir seguir aplicando en su totalidad la GICA y continuar avanzando en la simplificación y aceleración de procedimientos, además de eliminar trabas “para el fomento de la actividad económica en Andalucía”. En su opinión, el trabajo realizado en la tramitación de este proyecto en la cámara se ha caracterizado por el consenso y el diálogo constructivo. No en vano se han considerado 62 enmiendas de los grupos, las cuales han contribuido a enriquecer la citada norma.
El proyecto introduce tres novedades. Por un lado, los ajustes normativos permitirán mantener el modelo de Autorización Ambiental Unificada (AAU), vigente en Andalucía desde la entrada en vigor de la GICA en 2007 pero no previsto en la legislación del Gobierno de la Nación. En segundo lugar, se unifican los procedimientos de evaluación de los planes y programas de las administraciones, lo que agilizará los trámites que afectan al planeamiento urbanístico y a otras estrategias de planificación. Finalmente, se elimina el procedimiento de calificación hasta ahora aplicable a 35 actividades económicas de bajo impacto, para las que tan sólo será necesaria la presentación de una declaración responsable de los efectos ambientales por parte de sus promotores.
La primera de estas novedades permitirá seguir aplicando en Andalucía la fórmula de la AAU, que integra en una resolución única la declaración de evaluación de impacto ambiental y todos los demás pronunciamientos sobre esta materia en ámbitos como el forestal, los espacios naturales protegidos, la gestión del agua o las vías pecuarias, todos ellos competencia de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Al tramitarse de una vez, la AAU simplifica y acelera múltiples procedimientos administrativos que pueden afectar a una actividad o proyecto.
Además de los cambios referidos a la evaluación ambiental, la norma modifica también la Ley 9/2010 de Aguas de Andalucía con el fin de garantizar al máximo la protección de los recursos hídricos en los procesos de elaboración de la planificación urbanística y de ordenación del territorio. Para ello se cambia, de positivo a negativo, el sentido del silencio administrativo en caso de que el órgano competente en materia de agua no emita sus informes en el plazo previsto de tres meses. Con la modificación aprobada, esta circunstancia se entenderá como un pronunciamiento desfavorable.