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El TSJA investigará al consejero de Economía por posibles irregularidades cuando era vicerrector
La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha incoado diligencias previas tras la denuncia interpuesta por la Fiscalía Superior de Andalucía contra el consejero de Economía y Conocimiento, Antonio Ramírez de Arellano, declarándose de esta forma competente para investigar la denuncia dirigida contra el consejero por unos hechos en los que habría participado en su calidad de antiguo vicerrector de Infraestructuras de la Universidad de Sevilla.
En un auto fechado el pasado día 12 de abril, al que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal Andaluz recuerda que el Ministerio Público denunció a Arellano, que goza de aforamiento por su condición de consejero de la Junta, al considerar que podría haber incurrido en presuntos delitos de prevaricación administrativa y falsedad en documento público.
La apertura de la investigación del departamento que dirige Jesús García Calderón se produjo después de la denuncia que interpuso el 27 de marzo de 2015 el Colegio de Arquitectos de Sevilla, tras lo que la Fiscalía hispalense inició una investigación que cesó en junio, cuando fue nombrado consejero y adquirió la condición de aforado, por lo que la Fiscalía Provincial tuvo que inhibirse en favor de la Fiscalía Superior.
El TSJA dice que los informes de la Policía Judicial emitidos tanto en el seno de las diligencias de investigación penal de la Fiscalía de Sevilla como en las de la Fiscalía Superior, así como la documentación recabada, “conducen a apreciar la posible existencia de irregularidades en los procesos de contratación por la Universidad de Sevilla del proyecto básico, el estudio preliminar de instalaciones, el proyecto de ejecución y la dirección de obra” del Centro de Transferencia de Resultados de Investigación de la Universidad de Sevilla (Centrius) “que pudieran haber perseguido una elección no concurrencial de un determinado estudio de arquitectura en detrimento de otros”.
“DECIDIDAS DE ANTEMANO”
Todo lo anterior, “de comprobarse cierto, podría resultar imputable a Antonio Ramírez de Arellano, en su calidad de Vicerrector de Infraestructuras de la Universidad de Sevilla como firmante de las resoluciones”, asevera el TSJA, que añade que, finalmente, un estudio de arquitectura en concreto fue adjudicatario, “por vía directa o indirecta, del proyecto básico (por 69.484 euros), de un denominado estudio preliminar de instalaciones (por la misma cantidad), del proyecto de ejecución (por al menos 500.000 euros más IVA), y de la dirección de obra (por 108.170 euros)”.
Ello hace un total de 747.138 euros, “sin que arquitectos ajenos a dicho estudio hubieran tenido posibilidad alguna de concurrir a dichas adjudicaciones, y sin que, por otra parte, pueda descartarse que tales adjudicaciones hubiesen sido decididas de antemano como un conjunto”, dice el TSJA.
A continuación, y “a los solos efectos de argumentar la verosimilitud de los hechos narrados” en la denuncia de la Fiscalía, el TSJA afirma que “no puede descartarse que la adjudicación” al estudio de arquitectura en cuestión del proyecto básico o estudio preliminar de edificio “fuera el resultado de una designación discrecional revestida de un aparente 'procedimiento negociado sin publicidad', formalmente correcto en función de la cuantía del contrato, pero acaso inexistente”.
“FALSEADA”
Y es que “el examen de las tres propuestas presentadas permite sospechar que las dos no elegidas lo fueron sólo para dotar de contenido al expediente, y que incluso una de ellas pudiera ser falseada, al haber manifestado una de las proponentes que no presentó ninguna oferta, y que la firma que aparece, aunque se parece a la suya, 'no es su firma'”.
Asimismo, el TSJA pone de manifiesto que “no puede descartarse” que el estudio que resultó adjudicatario “hubiese comenzado a confeccionar el proyecto básico antes de resultar adjudicatario”, pues “consta que con fecha 31 de julio de 2008, es decir, dos días después de la adjudicación provisional, y 18 días antes de la adjudicación definitiva, dicho proyecto básico fue presentado para su visado” en el Colegio de Arquitectos de Sevilla.
De igual modo, “tampoco puede descartarse que la adjudicación al mismo estudio del estudio preliminar de instalaciones fuese igualmente el resultado de una designación discrecional revestida de un aparente 'procedimiento negociado sin publicidad'”, agrega, destacando el hecho de que la propuesta de adjudicación a dicho estudio fuese anterior (27 de enero de 2009) a la fecha de presentación de las tres propuestas sobre precio y plazo (30 de enero de 2009), todo ello “sin que conste en modo alguno cuál fue el contenido exacto de este nuevo contrato adjudicado por el mismo precio que el anterior, al no aparecer pliego de condiciones técnicas en el expediente”.
En lo que se refiere a la adjudicación del proyecto de ejecución, el TSJA señala que “es cierto que formalmente deriva de un contrato privado entre la adjudicataria de las obras (FCC)” y el estudio de arquitectura adjudicatario, “lo que justifica que no exista expediente administrativo”, no obstante lo cual “ha de constatarse que en el pliego de condiciones técnicas del expediente para la adjudicación de la obra se manifiesta que en el importe del contrato se incluyen los gastos correspondientes a los honorarios de 'colaboraciones técnicas necesarias para elevar el Proyecto Básico a Proyecto de Ejecución, cuya autoría corresponde a los técnicos redactores del Proyecto Básico'”.
CONTRATACIÓN PÚBLICA POR VÍA INDIRECTA
Esto, según expone el TSJA, “podría interpretarse conforme a su literalidad como un compromiso adquirido por la adjudicataria, exigible por la Administración contratante, en cuyo caso no cabría duda de que se estaría produciendo una contratación pública por vía indirecta, sin expediente administrativo y sin concurrencia de ningún tipo, y por un importe no inferior a 500.000 euros”.
De igual modo, el TSJA asevera que “no puede descartarse” que el estudio adjudicatario “hubiere comenzado la confección del proyecto de ejecución antes de la firma de los contratos de la Universidad con FCC, y de ésta con el estudio de arquitectura”, pues “el mismo día de la firma de ambos (el 15 de septiembre de 2009), se presenta escrito” de los responsables del estudio en la Gerencia de Urbanismo de Sevilla manifestando que 'se encuentran redactando el proyecto de ejecución de la primera fase de construcción del edificio (...) y han detectado una discrepancia sobre el emplazamiento de la parcela (...) y la realidad física'.
Por último, y en lo relativo a la dirección de la obra, el TSJA afirma que “se acordó por 'adjudicación directa' al tratarse de la empresa o estudio 'adjudicataria de la redacción del proyecto de ejecución'”.
“Los hechos referidos, en caso de ser confirmados, podrían tener relevancia penal, por lo que han de ser investigados”, zanja el TSJA, que añade que, en cuanto a la autoría, “el hecho de que todas las resoluciones hayan sido dictadas por Ramírez de Arellano por tener competencia para ello, en su calidad de vicerrector de Infraestructuras, conduce a dirigir contra él la investigación, sin perjuicio de lo que de su desarrollo pudiera derivar”.
LA DENUNCIA
El actual consejero y anteriormente rector y vicerrector de la Hispalense fue denunciado por un posible delito de prevaricación administrativa al entender el Colegio de Arquitectos de Sevilla que adjudicó de manera “arbitraria” la redacción del proyecto arquitectónico del edificio Centrius.
Los hechos se remontan a septiembre de 2008, cuando la Universidad de Sevilla firmó un contrato con un estudio de arquitectura para la redacción del proyecto de obras del edificio Centrius, una construcción de 25.800 metros cuadrados presupuestada en 34 millones de euros y subvencionada con 17,7 millones por el Gobierno central y el programa Feder de fondos europeos.