El Constitucional cierra a la Junta la posibilidad de expropiar viviendas vacías a la banca
La base legal de la Junta de Andalucía en su política para expropiar a la banca viviendas vacías recibió este martes un duro golpe del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional el Decreto Ley aprobado en 2013 por el Ejecutivo andaluz que regulaba la medida. La doctrina apuntada por el Alto Tribunal hace vaticinar que en breve llegará el golpe definitivo con un nuevo reconocimiento de la inconstitucionalidad de la Ley de Función Social de la Vivienda. El Constitucional, de esta forma, daría la razón a los argumentos defendidos por el Gobierno de Mariano Rajoy, que recurrió y paralizó la norma.
El Tribunal Constitucional anula el decreto ley andaluz basándose en dos razones. La primera, por una cuestión de forma, la fórmula del decreto ley no se ajusta para legislar sobre el derecho a la propiedad de la vivienda. Por esta razón anula los artículos 1.3, 25 y 53.1. En los dos últimos se define cuándo una vivienda se considera deshabitada y el régimen sancionador en esos casos. El Parlamento acabó tramitándo la norma por la fórmula de ley que exige el Constitucional. Por tanto, el régimen sancionador a las entidades financieras por mantener viviendas sin arrendar podría seguir adelante en la próxima sentencia.
El nudo gordiano de la sentencia del Constitucional está en la anulación de la disposición adicional segunda. Esta preveía la expropiación temporal de viviendas vacías propiedad de los bancos por un periodo de tres años en caso de desahucios de familias en riesgo de exclusión. Esta medida era una de las más novedosas del Decreto Ley, luego transformado en Ley, y con esta decisión el Constitucional pone fin a un proyecto estrella de la pasada legislatura de la coalición PSOE-IU.
El tribunal, en una sentencia publicada tras las elecciones municipales, entiende que la normativa andaluza es contradictoria con el conocido Código Guindos de Buenas prácticas, la Ley de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
Aun cuando la competencia en materia de vivienda corresponda a las Comunidades Autónomas, el Tribunal considera “constitucionalmente legítimo” que el Estado señale “ciertas líneas directrices de la ordenación de este segmento de la economía”. Los magistrados justifican esta interpretación apelando a que las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica está reconocida en el artículo 149.1 de la Constitución como competencia estatal.
Tras la sentencia del Constitucional, el Gobierno andaluz entiende que son ya prácticamente nulas las opciones de que no sea también declarado inconstitucional el mismo punto en la Ley de Función Social de la Vivienda. Por ello, la consejera responsable de Vivienda, María Jesús Serrano, apeló directamente a Mariano Rajoy para que retire el recurso antes de que se dicte sentencia. “Yo le pido al presidente que tenga un gesto con los andaluces que peor lo están pasando y retire el recurso”, señaló tras la reunión del Consejo de Gobierno.
Serrano calificó la sentencia como “polémica, extensa y farragosa”, recordando que hay cuatro votos particulares que sí reconocen la capacidad de la Junta para expropiar las viviendas por ser la administración autonómica la que tiene competencias en la materia.
“Un tribunal de banqueros”
Antonio Maíllo, coordinador regional de IU, calificó de lamentable la decisión del Constitucional. “Hay un desmantelamiento del poder autonómico en esa decisión porque no se puede anteponer una competencia transversal y genérica como es la economía, sobre una competencia concreta como la exclusiva en materia de vivienda”, dijo el coordinador de IU. Recordar que esta ley tiene como madre a la formación de izquierdas, que durante la pasada legislatura ostentó las competencias de la Junta en Fomento y Vivienda. A juicio de Elena Cortés, ex consejera de vivienda, “el fallo del tribunal de los banqueros a la ley antidesahucios convierte el estado social democrático y de derecho en un estado de derechas”.
En cualquier caso, la sentencia del Constitucional de este martes no tiene efectos jurídicos, ya que el decreto ley sobre el que se ha pronunciado está derogado tras aprobar el Parlamento andaluz la Ley de Función Social de la Vivienda que lo sustituyó y sobre la que se espera nueva sentencia.