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La telaraña judicial del Algarrobico

Los ecologistas llevan pidiendo la demolición del hotel desde 2005./FOTO: Juanlu Sánchez

Alejandro Ávila

Una indescifrable telaraña de cifras, letras, causas y sentencias. La sombra de la corrupción. El símbolo de la autopista de cemento en la que se ha transformado parte de la costa española. Todo eso es el Algarrobico, el hotel de Carboneras (Almería) en cuyas habitaciones nadie ha pasado ni una sola noche desde que un juez de Almería paralizara las obras hace ocho años.

Desde entonces, todas las sentencias han insistido en lo mismo: el Algarrobico es un hotel ilegal que invade zonas protegidas del paraje natural Cabo de Gata y las arenas protegidas de la costa. El Algarrobico es ilegal. Así ha sido hasta el momento en el que, pasando por alto su propia jurisprudencia y la del Supremo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictaminado que el suelo sobre el que se asienta el hotel es urbanizable.

Los ecologistas de Salvemos Mojácar no han tardado en presentar una querella criminal contra los magistrados por prevaricación e irregularidades en el proceso, aparte de pedir una recusación contra ellos este mismo lunes. Expertos en derecho administrativo como el catedrático José Ignacio López coinciden con la organización verde al afirmar que la sentencia incurre en irregularidades de todo tipo como, entre otras cosas, señalar “que contra la misma no cabe recurso de casación”. Como indica el académico de la UPO, “puesto que el objeto del recurso es una disposición de carácter general, el artículo 86.3 de la Ley de la Jurisdicción establece que tratándose de disposiciones de carácter general, el recurso de casación cabrá en todo caso”.

La madeja judicial

Desentrañar los hilos de la intrincada madeja jurídica del caso Algarrobico requiere echar la vista atrás, al menos, hasta 2005. Aquel año el Boletín Oficial del Estado publicó una orden ministerial que ordenaba que el espacio de servidumbre, es decir, la distancia entre el hotel y la costa, debía ser de cien metros y no de 20, de acuerdo con ley de Costas de 1988 y la normativa europea.

A pesar de que el Ministerio de Ambiente había ordenado la expropiación de los terrenos, hasta el 21 de febrero del año siguiente no se suspendieron las obras del Hotel Azata del Sol por parte de un juzgado de Almería y de la propia Audiencia Nacional.

En 2008, la Audiencia Nacional confirmó que la servidumbre de protección era de cien metros, mientras que el TSJA ratificaba la paralización cautelar de las obras.

También en 2008, un tribunal de Almería anuló la licencia de obra que concedió al Ayuntamiento de Carboneras, pero la Junta de Andalucía aprobó el PORN (plan de ordenacion recursos naturales) del Parque Cabo de Gata, que declaraba el suelo del Algarrobico como zona C3 o “núcleo habitado existente o zona transformada” y desencadenaba una nueva ola de recursos y sentencias. Promotora y ecologistas recurrieron y, en 2007, Greenpeace reivindicó su derribo con la enorme pintada que aún hoy puede leerse sobre su gigantesca fachada.

En ese PORN de 2008 del parque natural se encuentra precisamente uno de los nudos gordianos de este interminable proceso, pues deja la puerta abierta a la apertura del hotel. El TSJA suspendió el decreto de manera cautelar y mantuvo la protección que tenía el Algarrobico en el PORN de 1994: área natural de interés general. Al año siguiente, una nueva sentencia suspendió las zonas C3 del PORN de 2008 y en 2010, con un auto, apercibió al alcalde de Carboneras de un delito de desobediencia si urbanizaba en El Algarrobico y acordó aplicar el nivel de protección de 1994.

En 2012, el Tribunal Supremo confirmó que la servidumbre de protección era de 100 metros y que el hotel violaba la Ley de Costas. El TSJA anuló meses después el PORN de 2008 y calificó la zona del Algarrobico de “espacio protegido no urbanizable”, reprochando a la Junta que modificara en 1997 la zona de protección aduciendo errores. “No puede aceptarse que por un mecanismo tan burdo como una mera corrección de errores se cambie la proyección de un suelo, pasando de especial protección a urbanizable”, criticaba la sentencia del Tribunal Superior.

De este modo, la sorprendente sentencia del TSJA de la semana pasada ha roto una jurisprudencia encaminada a la demolición del hotel y el restablecimiento de la protección de este enclave natural, cuyo futuro es ahora un gran interrogante, y abre la puerta a que se autorice la licencia de obra.

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