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El juez homologa el acuerdo de refinanciación de Abengoa
En el auto emitido por el titular del Juzgado, Pedro Márquez, se declara la extensión de este acuerdo a los acreedores de pasivos financieros de Abengoa que no hayan suscrito el acuerdo de refinanciación o hayan mostrado su disconformidad con el mismo.
La homologación no se extiende a la cláusula de atribución de la competencia del conocimiento de las incidencias del acuerdo de homologación a los tribunales de Madrid.
Entre esos requisitos formales que se cumplen se encuentran la escritura pública otorgada el pasado 24 de septiembre ante notario, en la que consta el acuerdo de refinanciación alcanzado con los documentos justificativos, incluido el plan de viabilidad, así como las certificaciones emitidas por Deloitte, auditor de cuentas de Abengoa.
El juez asume las conclusiones a las que llega el informe realizado por un experto independiente, donde se indica la ampliación de Abengoa del crédito disponible y donde se mantiene que el plan de viabilidad preparado por la dirección de la compañía “es razonable y realizable”. Este auto se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y establece un plazo de 15 días para su impugnación.
EL ACUERDO
El pasado 28 de octubre, Abengoa presentó en los Juzgados de lo Mercantil de Sevilla la solicitud de homologación del contrato de reestructuración, que recibió el apoyo del 86% de los acreedores financieros a los que se dirigía, superando con ello el objetivo del 75%.
Una vez recibido este visto bueno del juzgado, la compañía de ingeniería y energías renovables esquiva el que habría sido el mayor concurso de acreedores hasta la fecha en España.
Al contar con el apoyo suficiente de los acreedores, el plan de reestructuración permitirá a la empresa disponer de una ruta para su futura viabilidad y cerrará el proceso iniciado hace casi un año, en noviembre de 2015, cuando solicitó el preconcurso acuciada por una deuda de casi 9.000 millones de euros.
En abril, la empresa ya logró una prórroga en las negociaciones de siete meses por parte del juzgado de lo mercantil número dos de Sevilla, lo que le permitió ganar tiempo en sus esfuerzos por evitar el concurso.
Los términos de la reestructuración consisten en aplicar a los acreedores una quita del 97% en el valor nominal, manteniéndose el tres por ciento con su vencimiento a 10 años, sin devengo anual de intereses y sin posibilidad de capitalización.
No obstante, los acreedores podían optar por la alternativa de capitalizar el 70% del nominal del total de la deuda existente a cambio del 40% del accionariado de la nueva Abengoa, de manera que el 30% restante de la deuda se convertirá en un bono o préstamo que tendrá la consideración de senior o júnior en función de si la entidad participa o no en los tramos de dinero nuevo.
Los actuales accionistas verán diluida su participación hasta el 5%, mientras que los inversores que inyecten dinero nuevo se quedarán con el 55% del capital.
El grupo de ingeniería y energías renovables ha convocado para el próximo 22 de noviembre una junta extraordinaria de accionistas, en la que conformará la estructura accionarial, el gobierno y estructura financiera de Abengoa hacia el futuro.