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10 respuestas sobre la futura Ley de Participación

El Parlamento andaluz estrena el escaño 110 rechazando una iniciativa de UPyD

Olga Granado

¿Qué pretende esta ley?

Establece distintos mecanismos para que la ciudadanía pueda intervenir en las políticas que se adoptan desde la Junta de Andalucía o desde los entes locales. Es decir, se trata de que los políticos “obedezcan” como gráficamente han expresado desde el Gobierno de Andalucía. Pero esto no quiere decir que se menoscabe su capacidad de decisión, dado que no son procesos vinculantes nunca, si bien habrá que motivar el rechazo.

¿Qué había hasta ahora y sigue?

En Andalucía existe desde 2001 la Ley de Consultas Populares Locales, que apenas se ha usado una vez en Andalucía y que sí funciona como referéndum y por tanto necesita la autorización del Gobierno de la Nación. También está la figura de la ILP (iniciativa legislativa popular) que tiene su propia ley y que permite que sea debatida en el Parlamento de Andalucía una propuesta que no salga de un partido con representación previa recogida de 40.000 firmas como mínimo. Se ha usado recientemente con una ILP presentada por UPyD sobre la reforma electoral.

¿Cuál es su ámbito de aplicación y quién puede ejercer el derecho?

La ley afectará a la Junta de Andalucía, a los consistorios y a las diputaciones y a sus respectivos entes instrumentales. Y el derecho lo podrán ejercer todos los mayores de 16 años residentes en Andalucía, es decir, se garantiza su universalidad.

¿En qué asuntos se puede participar?

Los de competencia de la propia autonomía o de las administraciones locales. Se contemplan este tipo de procesos para actuaciones de singular impacto o relevancia, la creación de instrumentos de planificación para la determinación de políticas, la redacción de normas, la prestación de servicios públicos, la evaluación de la gestión, e incluso la elaboración de los presupuestos, tanto autonómicos como municipales. Un ejemplo de consulta popular clásica es la que se puede propiciar si se decide privatizar un determinado servicio público en un pueblo.

¿Qué mecanismos establece?

Las fórmulas que prevé son los procesos de deliberación participativa para debatir sobre determinados asuntos tanto locales como autonómicos; los procesos de participación mediante presentación de propuestas, sugerencias y textos normativos; y las consultas populares, que van desde los paneles ciudadanos hasta las consultas participativas propiamente dichas que exigen voto en urna y que la ley prevé que no pueda ser convocada más de una al año con carácter autonómico e igualmente para el ámbito local.

¿Cómo se podrá ejercer esa participación?

Se podrá hacer directamente o a través de asociaciones que estén registradas e incluso mediante agrupaciones de personas en fórmulas como foros, plataformas, mareas... Sin necesidad de personalidad jurídica. Los procesos de participación los activarán las propias instituciones o los podrán exigir los ciudadanos, para los que tendrán que reunir determinados números de firmas en función de si es de nivel local o autonómico y si se trata de una consulta popular o de un proceso de deliberación participativa, por ejemplo.

¿Obliga a las administraciones públicas?

Sí, porque deberán desarrollar los reglamentos para esta ley pero también facilitar su ejercicio mediante las nuevas tecnologías. La resolución que se adopte con respecto a un proceso de participación -por ejemplo una consulta popular- deberá estar debidamente motivada. Es decir, si se rechaza su convocatoria o si se lleva a cabo pero no se acepta el dictamen de los ciudadanos, habrá que explicar por qué. Conviene matizar que el texto recoge que “el cumplimiento de las normas de esta ley será directamente exigible para hacer efectivos los derechos en ella reconocidos, pero su omisión o infracción no afectará, en ningún caso, a la validez y eficacia de la decisión”.

¿Cómo se garantizará su cumplimiento?

Se prevén comisiones de control tanto desde la Junta de Andalucía como por parte de los entes locales. También se fijarán vías de financiación para fomentar la participación y se desarrollarán campañas para que la ciudadanía conozca este derecho.

¿Habrá presupuestos participativos en todos los municipios?

No. Dependerá de la decisión de cada gobierno local, pero la Junta de Andalucía -que se compromete a incorporar cierta posibilidad de consulta en los suyos- fomentará que se pongan en marcha en los municipios para decidir sobre determinados gastos.

¿Cuándo entrará en vigor?

No será hasta principios de 2015 cuando se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) y posteriormente las administraciones públicas tendrán seis meses para adaptar sus reglamentos, de manera que no estará hasta la segunda mitad del próximo año.

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