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Sobre este blog

El caballo de Nietzsche es el espacio en eldiario.es para los derechos animales, permanentemente vulnerados por razón de su especie. Somos la voz de quienes no la tienen y nos comprometemos con su defensa. Porque los animales no humanos no son objetos sino individuos que sienten, como el caballo al que Nietzsche se abrazó llorando.

Editamos Ruth Toledano, Concha López y Lucía Arana (RRSS).

Europa no puede subvencionar el maltrato animal

Lidia de un toro en la plaza de Las Ventas. Foto: AVATMA

José Enrique Zaldívar Laguía

El pasado día 28 de octubre se produjo un acontecimiento histórico para todos aquellos que luchamos por la abolición de los espectáculos taurinos. El Parlamento Europeo votó por amplia mayoría (438 votos a favor, 199 en contra y 50 abstenciones), a través de la enmienda 1.437 sobre los presupuestos para 2016, la retirada de las subvenciones indirectas que las ganaderías de lidia reciben a través de los créditos del PAC (Plan Agrario Común). Ya se había intentado en otras ocasiones, pero las mayorías obtenidas en esas votaciones no fueron suficientes. La enmienda a dichos presupuestos fue presentada por el Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea. Dicha enmienda sostiene que no deberán utilizarse fondos para financiar actividades taurinas que impliquen la muerte de toros, ya que esto constituye una clara violación del Convenio Europeo de Protección de los Animales en las explotaciones ganaderas, que establece que éstos no deben sufrir dolor, lesiones, miedo o ansiedad. Se trataría por tanto de evitar que determinadas partidas del presupuesto europeo se utilicen en la reproducción o crianza de animales destinados a las actividades taurinas.

Hemos oído en muchas ocasiones a los responsables europeos de la Política Agraria Común decir que Europa no subvenciona la tauromaquia, pero lo cierto es que sí lo hace: a través de fondos europeos se subvenciona el maltrato animal, aquel que se ejerce sobre los animales de la raza bovina de lidia que viven en las ganaderías en las que se crían. A este maltrato a 'puerta cerrada' debemos añadir el que se inflige sobre ellos cuando son utilizados en las diferentes expresiones que se conocen como 'festejos taurinos'.

La Unión Europea refrendó este último tipo de maltrato, el que reciben de forma pública, cuando en el artículo 13 de su Tratado de Funcionamiento (TFUE) hizo alusión al bienestar animal: “La Unión y los estados miembros tienen plenamente en cuenta las exigencias del bienestar de los animales en tanto que seres sensibles, respetando siempre las disposiciones legislativas o administrativas y los usos de los estados miembros en materia de ritos religiosos, de tradiciones culturales y de patrimonios regionales, que son los que limitan el principio de protección de los animales”. En consecuencia, estas prácticas se mantienen en la actualidad bajo la única competencia de los estados que forman parte de la UE. De esta manera, los legisladores europeos hicieron lo mismo que han hecho los nuestros cuando redactaron las leyes de protección animal: no al maltrato animal con la excepción de la tauromaquia. Quedan aún otros tipos de maltrato que se ejercen sobre otras especies gracias a esta excepción, pero también es cierto que son los menos, y que muchos ya han sido prohibidos.

Nuestra asociación, AVATMA, ha elaborado un amplío dossier en el que de forma pormenorizada se describen las prácticas de maltrato a las que son sometidos estos animales en las ganaderías durante diversas fases de su vida, de las que muy pocos han oído hablar y menos aún han visto. Son:

-Lañado: cuando los becerros y becerras tienen pocas semanas de vida son separados durante un breve periodo de tiempo de sus madres, capturados en la mayoría de las ocasiones a campo abierto mediante lazos por parte de jinetes a caballo o desde un vehículo a motor, y se les realizan, una vez inmovilizados, varios cortes en las orejas con un cuchillo o una tijera. Son marcas propias de cada ganadero. Se trata de un tipo de identificación animal que carece de cualquier justificación o utilidad. Al mismo tiempo se procede a la colocación de los obligatorios crotales. En algunas ganaderías el lañado se pospone hasta el momento del herrado.

-Herrado: cuando los animales tienen determinada edad, normalmente entre los siete y nueve meses de vida o un poco más tarde, se procede a lo que se conoce como herrado. Consiste en aplicar hierros al rojo vivo para dejar en determinadas zonas de la anatomía de los animales cuatro marcas: el hierro de la ganadería a la que pertenecen, el hierro de la asociación ganadera a la que pertenece el ganadero, el año de nacimiento con dos cifras, y por último un código numérico que les servirá de identificación el resto de su vida. Estas marcas se hacen tanto en hembras como en machos. Se trata de una práctica que no se realiza en la actualidad en ninguna raza bovina, y que podría ser sustituida por otras que no provocaran sufrimiento alguno en estos animales o que, en caso de provocarlo, fuera considerablemente menor. En el momento en que se procede al herrado los crotales son retirados en los machos, pero se mantienen en las hembras.

-Tentaderos: Dado que la raza bovina de lidia se cría única y exclusivamente para espectáculos taurinos, los ganaderos realizan su selección en base a las respuestas que estos animales muestran cuando son sometidos a agresiones que les provocan dolor y sufrimiento. Todas las hembras de la ganadería serán sometidas a esta evaluación, y en ocasiones, algunos machos, si así lo estima el ganadero. La edad a la que se suele proceder a este tipo de tienta es la de dos años, aunque hay excepciones. Los tentaderos se suelen realizar en pequeñas plazas de las ganaderías, y consisten, en el caso de las hembras, en llevarlas al caballo del picador, que les clavará lo que se conoce como puya de tientas (mide 3 milímetros menos que la puya que se utiliza en las lidias) en zonas posteriores a la cruz cuantas veces se considere necesario, provocando un importante sangrado y graves lesiones en músculos, tendones, ligamentos, vasos sanguíneos, nervios, y en ocasiones en estructuras óseas de vértebras torácicas; posteriormente estas vacas serán toreadas con muleta. Si son evaluadas positivamente se quedarán en la ganadería para ser probadas como madres y, si no, serán enviadas al matadero, aunque se les podrán dar otros usos como su utilización en festejos populares, capeas o en lidias a puerta cerrada. Son lo que se conoce como 'desechos de tienta'. Los machos serán presentados al caballo del picador y después podrán o no ser toreados con la muleta, según decida el ganadero. De ser así, no podrán ser utilizados en lidias en plazas de toros, por lo que, de no ser evaluados positivamente, podrán ir al matadero o ser utilizados para festejos populares. Los aprobados serán probados como reproductores en la ganadería.

AVATMA tiene documentos gráficos del deplorable estado en el que llegan algunas de estas vacas y novillos a los mataderos, que en ocasiones obliga a los veterinarios al decomiso parcial o total de sus canales por los abscesos en las zonas en las que recibieron los puyazos y otros tipos de lesiones. No está de menos recordar a los lectores que la carne de animales lidiados tiene una consideración especial en el código alimentario español por sus características de trato (más bien maltrato) previo, recogida en un Real Decreto. Se trata de carne de animales que han padecido un altísimo sufrimiento físico y que se contamina con facilidad, y que en el Decreto 2484/1967 era considerada carne defectuosa: “son aquellas que, por proceder de animales fatigados, mal nutridos o por otras causas, presentan disminuido su valor nutritivo, y las que tienen color, olor, sabor o consistencia anormales”.

En algunas ganaderías se realizan lo que se conoce como tientas a campo abierto, en las que dos caballistas armados de garrochas persiguen a animales de ambos sexos hasta derribarlos. Una vez que el animal se levanta se valora su comportamiento. En ocasiones estos mismos animales son sometidos posteriormente a la puya de tientas en el mismo campo o en la plaza de la ganadería pudiendo, en caso de los machos, ser o no toreados. En la actualidad sabemos que en algunas ganaderías se hacen concursos de acoso y derribo con la participación de varias parejas de garrochistas sin vinculación con la selección de los animales.

-Lidias a puerta cerrada: aparte de los mencionados tentaderos, en los que pueden intervenir picadores, toreros, novilleros, rejoneadores o aprendices de tauromaquia e incluso personal de la propia ganadería, se realizan este tipo de actividades en las que profesionales de tauromaquia e incluso simples aficionados ('aficionados prácticos') entrenan con animales de diversas edades hasta darles muerte. Muchos de estos bovinos son despuntados e incluso descornados antes de su lidia. Desconocemos el número de animales que mueren anualmente en estas terribles circunstancias pero estamos seguros de que son numerosos.

-Manipulación de astas: el afeitado es una maniobra ilegal y por tanto prohibida por los reglamentos taurinos, ya que se considera un fraude, pero es muy frecuente. El despuntado es una maniobra legal en algunas circunstancias ya que está permitida en animales que vayan a participar en algunos tipos de festejos en plaza, como los festivales, el rejoneo, así como en festejos populares. El enfundado, que consiste en colocar fundas en los cuernos de los animales, se encuentra en entredicho en una gran parte del mundo del toro. Todas estas maniobras suponen la inmovilización en un mueco de los toros y vacas, y se reconoce por organismos internacionales, como el Farm Animal Welfare Education Centre (FAWEC), que suponen sufrimiento y dolor para los animales que las padecen.

Y es llegados a este punto cuando cabe preguntarnos qué es lo que exceptúa la Unión Europea cuando hace referencia a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonios culturales. ¿Qué tipo de maltrato animal se tolera? ¿Qué dolor, qué lesiones, qué miedo y qué ansiedad se permiten? ¿El que se ejerce sobre estos animales en los festejos públicos en los que son protagonistas? ¿El que se les inflige en las actividades nombradas y explicadas anteriormente dentro de las ganaderías? ¿El que padecen en todos y cada uno de los acontecimientos mencionados y además en los espectáculos taurinos? Es a esta pregunta, que formulará la eurodiputada Marina Albiol (portavoz de la Izquierda Plural en el Parlamento Europeo), a la que tendrán que dar contestación: ¿Se aplica la excepcionalidad solo al momento de la celebración de los espectáculos taurinos o se extenderá al maltrato que se les da a los animales, independientemente de su destino, en las propias explotaciones ganaderas?

A partir de la reforma de la Política Agraria Común de 2003, el apoyo directo a los agricultores ha sido desacoplado de la producción y se concede por hectárea admisible que da derecho al Plan Agrario Común, con nuevos repartos que se pondrán en práctica desde el periodo 2015-2020. En consecuencia, los agricultores son libres de emprender cualquier actividad agrícola incluyendo la cría de animales para el fin que estimen oportuno. Es por esto que, según la Unión de Criadores del Toro de Lidia (UCTL), la enmienda aprobada no tiene fundamento legal, ya que no se puede modificar a través de un procedimiento presupuestario el Reglamento de ayudas directas de la PAC, que ellos califican como ayudas compensatorias, y que permiten la competitividad con otros países. Su presidente, en unas recientes declaraciones, ha manifestado su preocupación por la decisión tomada, que, según dice, forma parte de la guerra para acabar con la tauromaquia y el deseo de generar un debate público: tauromaquia sí, tauromaquia no. Del mismo modo, Eduardo Miura, ganadero de toro de lidia, reconoce que no es una noticia agradable, pero que no sabe la cantidad que implican dichas subvenciones teniendo en cuenta que solo el 10% de la producción ganadera acaba en lidia, es decir, que resulta imposible saber qué fin se les dará a los animales: si acabarán muriendo en una plaza o tras su utilización en festejos populares, o si pasarán a la reproducción, o si acabarán en el matadero, o si morirán en la mismas explotaciones.

Si bien es cierto que ningún ganadero de toro de lidia puede saber en un principio a qué será destinado cada animal, es perfectamente factible, si se ponen a trabajar en ello, y así lo afirman los precursores de la enmienda, conocer la trazabilidad de cada uno de ellos desde el momento de su nacimiento hasta su muerte, y cómo se produce esa muerte. Se podría saber, por tanto, haciendo los cálculos oportunos, la cantidad de hectáreas utilizadas para la crianza de los bovinos que murieron en festejos taurinos o en las propias ganaderías por las prácticas mencionadas anteriormente, sabiendo el total de animales que forman la explotación y las hectáreas de las que disfrutan, aun reconociendo que hay explotaciones mixtas en las que caben otros tipos de animales. En realidad, incluso los que mueran en los mataderos, salvo contadas excepciones, habrán sido maltratados anteriormente de unas u otras maneras. La trazabilidad de cada uno de ellos se podría controlar con la identificación del número del crotal o bien con las marcas de fuego del herrado desde el momento en que les son aplicadas. Incluso se podrían sustituir estos métodos por la identificación numérica de un microchip. De hecho, sabemos que las hembras de raza de lidia mantienen el crotal cuando son herradas, mientras que es retirado en los machos; estos animales llegan al matadero con el DIB (Documento de Identificación Bovino) que va acompañado del documento del herrado junto con número de crotal que en su día tuvieron; una de las labores del veterinario es hacer la correlación con el número marcado a fuego y el crotal durante el herrado para asegurar su trazabilidad; y existe un libro genealógico de la raza bovina de lidia que podría servir para este fin.

Según el grupo parlamentario europeo que la ha presentado, es cierto que la enmienda no tiene efecto presupuestario porque las ayudas se conceden en función de la superficie de tierra sin tener en cuenta a qué se dedica, pero sí tiene importancia como resolución política, que no es otra que la declaración de los representantes del pueblo europeo en el sentido de que en siglo XXI torturar animales para el disfrute y el espectáculo no es en ningún caso cultura, y aún menos algo que deba ser financiado con dinero público, como ha declarado el portavoz de EQUO, Florent Marcellesi.

La presentación de la enmienda ha ido acompañada de miles de firmas recogidas en una iniciativa puesta en marcha por los eurodiputados Ernest Urtasun (ICV), Jordi Sebastià (Compromís) y Florent Marcellesi (EQUO).

Cuando lea este artículo es muy probable que la enmienda haya sido rechazada por el Consejo Europeo y sus ministros de finanzas, pero esto no debe suponer una decepción. De momento, fuentes taurinas afirman que ya hay un informe jurídico en el que se dice que esta enmienda no es ejecutable porque modificaría las disposiciones legales del PAC (Reglamento de la UE nº 1307/2013). La aprobación de la enmienda, aun siendo un gesto simbólico, supone una clara declaración de intenciones por parte de quienes han sido elegidos para representar la soberanía ciudadana en las decisiones que se toman en Europa, aunque ya sabemos que tauromaquia y democracia nunca han ido de la mano.

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