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Las defensas de Eolo piden la nulidad de las actuaciones

Alexis González / Alexis González

El caso eólico, la primera trama de presunta corrupción política conocida en Canarias este siglo, fue un montaje político, policial y judicial mediante una denuncia falsa con presuntas pruebas robadas por el denunciante. Ese es el planteamiento básico de las defensas de los seis acusados por cohecho y otros delitos, con el ex director general de Industria del Gobierno de Canarias al frente, Celso Perdomo, para pedir la nulidad de las actuaciones y el archivo del caso, por el que la Fiscalía Anticorrupción solicita penas de uno a siete años de cárcel.

Además, para las defensas de los acusados, el “montaje político” incluye al juez instructor de Eolo, Miguel Ángel Parramón, calificado este miércoles en la primera sesión del juicio iniciado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Las Palmas como “juez elegido a dedo” para llevar a cabo la instrucción después de que el denunciante, Alberto Santana, acudiera a la Policía en marzo de 2005 con correos electrónicos en los que Perdomo facilitaba información sobre el concurso de asignación de potencia eólica al empresario Wilebaldo Luis Yanes.

Las defensas de los seis acusados, Celso Perdomo, su pareja Mónica Quintana, el funcionario Honorato López y los empresarios que presuntamente iban a ser beneficiados, Enrique Guzmán, Alfredo Briganty y José Ignacio Esquivel, intentaron este miércoles el aplazamiento de esta primera sesión donde se dilucidaban las cuestiones previas al juicio que ya se desarrollará en otoño, pero la misma se llevó a cabo girando en torno a estos argumentos que tanto el fiscal Anticorrupción de Las Palmas, Luis del Río, como el representante legal del Gobierno canario, rechazaron de plano.

En su exposición, el abogado de Celso Perdomo, Alberto Hawach, enumeró una serie de presuntas irregularidades técnicas cometidas durante la instrucción, que motivarían, a su juicio, la nulidad “radical” de las actuaciones, como el extravío del CD original de los correos aportado por Alberto Santana, del que emana la causa, o que el caso fuera denunciado ante la Policía un sábado y enviado “ex profeso a ese juzgado” el lunes siguiente, que de inmediato lo dio por judicializado “sin unas pesquisas previas para comprobar la solidez de la denuncia”.

“No se ha investigado si hubo pérdida, extravío o sustracción del CD original que desapareció del juzgado de instrucción entre 2005 y 2008”, apuntó Hawach en la vista, centrando también su defensa de Perdomo en la obtención presuntamente ilícita por parte de Alberto Santana de esa prueba incriminatoria: “Alberto Santana miente cuando interpone la denuncia, y lo hace con un CD creado el 28 de febrero de 2005, cuando dijo a la Policia que se lo había encontrado por casualidad en la mesa de su despacho en noviembre de 2004”.

Por su parte, el abogado de Alfredo Briganty, Álvaro Campanario, acusó al ex jefe superior de Policía de Canarias Narciso Ortega de filtrar datos a la prensa. “Se demuestra que es la persona que filtra a la prensa sumarios declarados secretos, y quien avisa para que vayan a detenciones, muchas veces con hijos menores delante, detenciones mediáticas retransmitidas”, dijo como argumento para explicar “el colapso del Estado en febrero de 2006”, cuando se produjeron las primeras detenciones en la capital grancanaria y, según el letrado, la Policía filtraba dónde “para alimentar el circo mediático”.

Bajo esa premisa conspirativa, Álvaro Campanario aseguró que se ha vulnerado el derecho a un juicio justo, con un juez independiente e imparcial, porque insistió en la teoría de la prefabricación del caso al “haberse elegido a dedo a un juez y no haber mandado a reparto la denuncia” de Alberto Santana, recaída en el juzgado que estaba de guardia ese lunes 7 de marzo, Instrucción 7 de LPGC, criticando “la predisposición inmediata del juez a dar credibilidad al denunciante”.

Al igual que Hawach, que incluso cuestionó que no hubo auto judicial de detenciones el 9 de febrero de 2006 cuando se inició la fase operativa, en relación a los CD de los correos entre Perdomo y uno de los empresarios anteriormente imputado, Wilebaldo Luis Yanes, aseguró que “eran robados”, y aún así, el juez “decidio de inmediato declarar secreto el sumario sin motivarlo y sus sucesivas prórrogas, y ordenar la intervención de correos electrónicos sin esperar a la ratificación de la denuncia por parte de Alberto Santana”.

En la vista previa de este miércoles se hizo hincapié, también, en la querella presentada en marzo de 2005 por Wilebaldo Luis Yanes a Alberto Santana por “robo” de esos correos, que fue archivada en su momento por el propio juzgado de Instrucción número 7. La misma sería, para las defensas, básica para entender que la prueba de los correos electrónicos es ilegal, y por tanto no debe tenerse en cuenta en el juicio, que perdería todo su sentido ya que el caso parte precisamente de esos correos aportados en la denuncia original.

Para la fiscalía, en todo caso, todos estos planteamientos solo buscan “que la comisión de los delitos quede impune”, y ya han sido “debidamente resueltas” por magistrados de la Audiencia Provincial, que nunca han dado la razón a las defensas en sus críticas a la forma de la instrucción del caso eólico. El fiscal Luis Del Río negó que se haya obstaculizado a las defensas de los seis acusados el acceso a todas las actuaciones, y que la investigación previa fue llevada a cabo durante dos años, de 2005 a 2007, en las mismas diligencias previas.

Por su parte, el letrado de la Comunidad Autónoma, Javier Bordón, respaldó las tesis del fiscal y además cuestionó que se debatiera sobre la autenticidad del CD en estas cuestiones previas, ya que se había entregado un informe pericial sobre ese CD como prueba por parte de la defensa de Alfredo Briganty que aún no ha sido admitido o rechazado por el magistrado presidente del tribunal, Ignacio Marrero Francés, así como unas transcripciones de una grabación de 2006 que hacen referencia a la existencia de la querella de Wilebaldo Luis Yanes contra Alberto Santana en el mismo juzgado de Instrucción 7.

El juez deberá resolver ahora -a la vuelta de las vacaciones judiciales de agosto- todas estas y otras cuestiones previas planteadas por las defensas de los acusados, por medio de un auto de hechos justiciables contra el que cabrá recurso ante el Tribunal Superior de Justicia canario, por lo que el inicio del juicio se podría retrasar unos meses más en otoño próximo.

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