La Audiencia suspende el ingreso en prisión de Miguel Ángel Ramírez

Miguel Ángel Ramírez, presidente de la UD Las Palmas

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

El empresario grancanario Miguel Ángel Ramírez, presidente de la UD Las Palmas, podrá seguir en libertad hasta que el Consejo de Ministros decida si le concede el indulto, tras solucionarse el defecto que provocó la nulidad de la medida de gracia que le habían otorgado en 2013.

Así lo ha decidido la sección segunda de la Audiencia de Las Palmas, en un auto que establece solo una condición: la condena original que se impuso en su día a Miguel Ángel Ramírez (tres años y un día de prisión, por construir en un espacio protegido) tendrá que ejecutarse si el Consejo de Ministros se demora tanto, que esté “próximo a cumplirse” el plazo de prescripción de la pena.

Ramírez fue condenado en sentencia firme en 2011 a tres años y un día de prisión por construir ilegalmente un camino, una pérgola, una pajarera y un muro de cerramiento en su vivienda, en unos terrenos que están afectados por restricciones, al tratarse de un espacio protegido (el paraje natural de Pino Santo, en Gran Canaria).

En 2013, el Consejo de Ministros le concedió un indulto parcial que reducía su condena a dos años de cárcel, evitándole el ingreso en prisión, a condición de que derribase las construcciones ilegales que se citaban en la sentencia de la Audiencia Provincial.

Sin embargo, el indulto fue anulado el año pasado a petición de Ecologistas en Acción por el Tribunal Supremo debido a un defecto de forma en su tramitación; en concreto, porque el informe sobre su procedencia se pidió al Juzgado de lo Penal número 5 de Las Palmas de Gran Canaria (el que había dictado la condena en primera instancia), cuando debió solicitarse a la Audiencia Provincial (que confirmó la condena, pero con algunas modificaciones).

En estas circunstancias, Ramírez estaba obligado a ingresar en prisión el próximo 5 de octubre, día en el que se cumplía un año desde que volvió a solicitar el indulto sin que el Gobierno le haya respondido (la legislación establece para las suspensiones de condena un plazo genérico de un año, a partir del cual dispone que “puede entenderse desestimada” su solicitud de indulto).

El empresario grancanario había intentado que el Juzgado de lo Penal que debía ejecutar su condena le extendiera ese plazo, pero sin éxito. Sin embargo, la Audiencia le da ahora la razón.

En un auto al que ha tenido acceso Efe, el tribunal resalta que esta es la primera condena en la historia penal de Ramírez y que ha cumplido con lo que se le exigió en la sentencia y en el indulto fallido: derribar todo lo ilegalmente construido en su casa.

Además, recuerda que su solicitud de indulto se encuentra en trámite de nuevo y el informe de la propia Audiencia respecto a si debe concedérsele ha sido favorable a la medida de gracia.

“Concurren en el presente caso circunstancias excepcionales que deben ser valoradas para resolver la cuestión plantea (...) No puede olvidarse que, en los presentes autos, concurriendo idénticas circunstancias e incluso sin el informe previo favorable del órgano sentenciador, al penado se le conmutó la pena” por otra menor, argumenta la magistrada ponente de la decisión, Pilar Verástegui.

Para el tribunal, en este caso, “proceder a la ejecución de la sentencia privaría al indulto de su finalidad y afectaría, de forma irreparable, a los derechos fundamentales del recurrente”.

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