El CGPJ avaló en septiembre la instrucción de la jueza Rosell en la causa contra Ramírez

La candidata de Podemos al Congreso por Las Palmas, Victoria Rosell.

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) avaló recientemente la instrucción de la jueza Victoria Rosell en la causa contra Miguel Ángel Ramírez, presidente de la UD Las Palmas y propietario de Seguridad Integral Canaria, por un presunto fraude fiscal. Una resolución fechada el pasado 17 de septiembre y firmada por Antonio Jesús Fonseca-Herrero, promotor de la acción disciplinaria del CGPJ, descartó la existencia de un “retraso relevante” que fuera imputable a la magistrada, que el 22 de octubre, apenas un mes después, obtuvo la excedencia para presentarse a las elecciones generales por la provincia de Las Palmas en las filas de Podemos.

El órgano de gobierno de los jueces archivó de esta manera la queja por retraso injustificado formulada por la fiscala de la citada causa, Evangelina Ríos, la misma que posteriormente abrió diligencias preprocesales contra Rosell para determinar si la magistrada en excedencia cometió una infracción disciplinaria al no apartarse de la investigación contra Ramírez por haber cerrado el presidente de la UD Las Palmas una operación comercial con la empresa de la pareja de la jueza, el director de Canarias Ahora, Carlos Sosa. La firma de este contrato se rubricó el 28 de octubre.

En su queja, Ríos reprochaba a la jueza el retraso en la resolución del recurso de reforma que interpuso el 7 de mayo de 2014 contra una de sus providencias. Esta actuación judicial suspendía el plazo de un mes que había concedido Rosell al imputado Ramírez para presentar documentación de su empresa, a la espera de que la Agencia Tributaria contestara a otro requerimiento de información sobre los ejercicios fiscales comprendidos entre los años 2010 y 2013.

Para el CGPJ, este retraso atribuido a la jueza “dista de ser injustificado”. Sin apelar a “la carga de trabajo y los asuntos preferentes que debía asumir el juzgado”, el órgano de gobierno de los jueces concluye que la demora en la resolución del recurso estaba motivada por “la necesidad de determinar la pertinencia o no de practicar prueba sobre presuntas defraudaciones de los años 2010 a 2013 con base a los informes previos y liquidaciones de la AEAT (Agencia Tributaria) y la ITSS (Inspección de Trabajo y la Seguridad Social)”.

En su escrito, el Poder Judicial refuerza la posición defendida por Rosell en su informe del pasado 15 de junio, del que se desprende que el retraso en la causa es achacable a la fiscala. Y ello porque la representante del Ministerio Público “transmitió al inspector (de la Agencia Tributaria) que no contestara (al mencionado requerimiento) mientras no se resolviera el recurso contra una providencia”, como el propio inspector y la fiscala le reconocieron, según la jueza, en una conversación telefónica y en una reunión en su despacho, respectivamente.

La resolución del CGPJ, que fue entregada por Rosell a los periodistas en la rueda de prensa que ofreció el 3 de diciembre tras publicarse la noticia de la investigación de la Fiscalía, también deja entrever que Ríos demoró el procedimiento al incluir entre las diligencias a practicar casi 200 testificales “sin haber oído a ninguno de los testigos en la fase de investigación” y sin aportar los datos necesarios para su citación, pidiendo la “averiguación del paradero” de todos ellos, pese a arrastrar el listado de la documentación de la Agencia Tributaria que incluía los domicilios. Tampoco citó “a ninguna persona sospechosa, ni a los denunciantes”.

La ahora candidata de Podemos defendió ante la fiscala que el curso de la instrucción no podía detenerse ni para resolver su recurso, que no versaba sobre la nulidad ni la ilegalidad del mismo, ni para atender otras peticiones en sentido contrario, incluido el archivo que solicitaba la defensa, hasta la recepción de la documental. Rosell explicó en su informe que durante este periodo se practicaron las diligencias de instrucción que no dependían de la información que había solicitado a la Agencia Tributaria.

La representante del Ministerio Público sostenía, en cambio, que la causa había entrado “en un bucle”, dado que el plazo de un mes estaba supeditado a que Hacienda cumpliera el requerimiento y la Agencia Tributaria no actuaría hasta que se resolviera el recurso de la Fiscalía.

La resolución del CGPJ también aborda -y archiva- la queja de Ríos con respecto a una supuesto desconsideración de Rosell hacia su persona en una reunión en el despacho de esta última. El Poder Judicial no atisba prueba alguna de los hechos denunciados por Evangelina Ríos, que fueron rebatidos por la jueza y que transcurrieron en el marco de una conversación privada. En este encuentro, Rosell afeó a la fiscala su actuación en el procedimiento, “presentando escritos redactados por una de las partes”, en concreto por el inspector de la Agencia Tributaria (personada como acusación). Este le habría ratificado, según la versión de la magistrada en excedencia, que la petición de documentación a la empresa investigada la había realizado él y no la fiscal, que la presentó al juzgado la víspera de la declaración del principal imputado, Miguel Ángel Ramírez.

El CGPJ ha recibido este lunes una denuncia contra Rosell y va a estudiar si le abre expediente disciplinario por no haberse abstenido en la causa contra Ramírez. El promotor de la acción del Poder Judicial es Antonio Jesús Fonseca-Herrero, el magistrado que archivó la queja de la fiscala Evengelina Ríos.

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