El TSJC ‘desaloja’ a Endesa de la parcela de La Cícer
La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado que la subestación eléctrica de la compañía Endesa en la parcela de La Cícer, en Las Palmas de Gran Canaria, es ilegal e ilegalizable.
La sentencia es firme y avala la decisión adoptada en el año 2010 por el Ayuntamiento de denegar la licencia de apertura que la eléctrica solicitó ese mismo año, a pesar de que la subestación opera desde 1966 en el número 90 de la calle Secretario Padilla. En la resolución, dictada el 16 de enero, el TSJC desestima el recurso presentado por Endesa contra una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de la capital que daba la razón a los denunciantes, la asociación ciudadana Recuperar La Cícer.
Aunque aún se mantiene abierto, pendiente del pronunciamiento del TSJC sobre el recurso presentado por la compañía, otro procedimiento judicial por la orden de cierre decretada por el Ayuntamiento, la sentencia notificada este miércoles a las partes implica, en la práctica, que Endesa deberá abandonar la parcela y reubicar la subestación en otro emplazamiento.
Según las fuentes consultadas por este periódico, el Plan General de Ordenación aprobado en 2013 plantea la posibilidad de que una parcela situada en la carretera de Chile pueda albergar esta infraestructura, aunque un traslado de estas características supondría un coste muy elevado. En 1995, el Ayuntamiento ya había aprobado un Estudio de Detalle en el que se valoraba la opción de ubicar la subestación en el subsuelo en la confluencia de las calles Pizarro y Secretario Padilla siempre que fuera compatible con otros usos. “Esa opción era inviable y ahora, al dar una parte del terreno para uso deportivo, se ha demostrado que es incompatible”, señalan desde la asociación ‘Recuperar La Cícer’.
El fallo del TSJC no afecta al centro deportivo que construye la empresa Go Fit en los terrenos aledaños. “No sólo no le afecta, sino que le beneficia, porque aleja una instalación nociva”, han valorado los vecinos.
Uso “clandestino” de la parcela
Recuperar La Cícer denunció en el año 2009 que la subestación no tenía licencia de apertura y advirtió de que la actividad que desarrolla la compañía en el solar es “peligrosa”, ya que manipula electricidad de alta tensión, y “molesta”, por el tipo de maquinaria utilizada y los ruidos y vibraciones producidas. En abril de 2010, la compañía solicitó los permisos al Ayuntamiento, recalcando que llevaba ejerciendo esta actividad desde 1928, aunque en realidad lo que se puso en funcionamiento ese año fue la central térmica –ya derribada-, y no la subestación, para la que se otorgó licencia de construcción en agosto de 1966.
El TSJC considera que desde esa fecha Endesa ha operado en la parcela con un “uso clandestino”, ya que los sucesivos planes generales aprobados por el Ayuntamiento la han dejado fuera de ordenación. De hecho, ha desarrollado su actividad “amparado exclusivamente en la licencia de obra como pequeña ampliación de la central existente en La Cícer”. La Sala concluye que desde el Plan General de 1962 la subestación eléctrica de Endesa (entonces Unelco) está reconocida como fuera de ordenación, “completamente ilegalizable” y sin posibilidad de obtener licencia de apertura.
La sentencia impone a Endesa el pago de las costas procesales.