Cárcel para los abogados Díez y Romeo por falsificación en el concurso de radios
El Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a un año y nueve meses de cárcel a los abogados Paula Romeo González y Jaíme Rodríguez Díez, del despacho madrileño Díez & Romeo. por falsificar un sello de la oficina de Correos del municipio grancanario de Arucas para aparentar la entrega en tiempo y forma de 41 solicitudes de sus clientes en el concurso celebrado en 2010 para la asignación de frecuencias de radio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En una sentencia fechada el 24 de abril, el juez Juan Gallego Ortiz concluye que existen indicios que demuestran que los acusados idearon la elaboración de un documento con la finalidad de trasladar la responsabilidad de lo sucedido -los documentos con las solicitudes nunca llegaron al Registro General del Gobierno de Canarias- a una “supuesta deficiente organización o funcionamiento de la oficina de Correos”.
Además de la pena de cárcel, impone a los letrados la inhabilitación especial durante el tiempo de la condena y nueve meses de multa con una cuota diaria de 20 euros. La Fiscalía solicitaba para cada uno de ellos tres años de prisión.
El bufete de abogados Díez y Romeo tramitó decenas de solicitudes para el concurso de radios. pero buena parte de ellas, concretamente 41, no fueron entregadas antes de que expirara el plazo otorgado por el Gobierno de Canarias, las 14.00 horas del 30 de septiembre de 2010. Los letrados mantuvieron una reunión el 6 de octubre con Martín Marrero en la que, según el viceconsejero de Comunicación del Ejecutivo, le manifestaron que se habían visto desbordados y que no habían llegado a tiempo por el colapso en el registro general debido a la huelga general que había tenido lugar el día anterior.
Ante la petición de ampliación del plazo, Marrero y la jefa de servicio del área conminaron a Díez y Romeo a expresar sus argumentos por escrito. Así lo hicieron el 8 de octubre. Para sorpresa del viceconsejero de Comunicación, los letrados defendieron en ese momento que la entrega se había producido en plazo porque, debido a la situación del registro, habían contratado a una serie de personas para llevar la documentación a una oficina de Correos, modalidad permitida en las bases del concurso.
Sin embargo, ni esa documentación llegó -Paulo Romeo alegó que se había “extraviado” en Correos- ni existe justificación de la operación más allá del documento presentado con fecha de 30 de septiembre que, según el juez, ha sido objeto de la falsificación. Las sospechas que despertó este escrito llevaron al Gobierno a acudir a la Fiscalía de Tenerife.
La resolución judicial se detiene en dos aspectos: la falsificación de los sellos del documento justificativo y el conocimiento de los abogados de esta manipulación.
Sobre el primero de ellos expone las visiones contrapuestas de dos peritos. El de la defensa, Cástor Iglesias, defendía que el sello húmedo era original basándose en la idéntica estructura que presentaba con los indubitados. Por su parte, un subinspector de la Policía Nacional concluía que eran falsos, que estaban realizados con tecnología de impresión láser o fotocopiados y que la idéntica estructura se debía a que el escaneado refleja de forma fiel lo que copia. El juez estima en la sentencia que el criterio del subinspector tiene mayor base científica, que ha utilizado medios técnicos más avanzados y que el planteamiento de Iglesias obvia la hipótesis de la manipulación mediante el escáner.
Con respecto a la actuación de los abogados, concluye Juan Gallego Ortiz que eran “plenamente conscientes del carácter fraudulento del documento”.
Para el juez ha quedado acreditado que no se había producido ninguna incidencia el 30 de septiembre ni en el registro general (según consta en un oficio remitido por el jefe de servicio de Asuntos Administrativos de la Secretaría General de Presidencia) ni en la oficina de Correos de Arucas (según manifestó el director de la misma).
También considera probado que las solictudes no fueron entregadas, a pesar de que la defensa intentó ampararse en la falta de conservación del resguardo (Correos lo mantiene ocho meses) para demostrar que sí se produjo el envío. A este respecto puntualiza el juez que en el listado de certificados emitidos en la oficina de Correos ni aparece ni consta una entrega que, por su volumen, no pudo pasar desapercibida y que, como declaró el director de zona de Correos en el juicio, habría quedado guardada en el sistema informático.
Además pone de manifiesto que la firma que aparece en el documento justificativo no corresponde a la de ningún trabajador de la oficina de Correos de Arucas y que el Gobierno de Canarias no recibió los documentos, un hecho que califica de “anómalo”.
El Juzgado de lo Penal 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha impuesto el pago de la mitad de las costas judiciales a los abogados Díez y Romeo, que tienen diez días de plazo para recurrir la decisión a la Audiencia Provincial de Las Palmas.