Tres años de cárcel para la guardia civil que mató a un compañero conduciendo ebria

Bárbara S.M. en el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife.

Efe

Las Palmas de Gran Canaria —

La Audiencia de Las Palmas ha confirmado la pena de tres años de cárcel impuesta a una guardia civil que tuvo un accidente de tráfico en 2011 en el que murió un compañero de profesión y otros dos resultaron heridos cuando conducía su coche, fuera de servicio, bajo los efectos del alcohol.

La sección sexta de la Audiencia de Las Palmas ha desestimado el recurso interpuesto por Bárbara S.M. contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, que la declaró culpable de un delito de homicidio y dos de lesiones, todos ellos por imprudencia grave.

También ha desestimado el recurso interpuesto contra la misma sentencia por el Ministerio Fiscal.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife consideró probado que la acusada realizó una maniobra brusca y antirreglamentaria para salir de la autovía LZ-2, como consecuencia de la cual perdió el control del vehículo y acabó chocando de frente contra el tronco de una palmera, sobre las 21.30 horas del 9 de abril de 2011.

Una de las tres personas que viajaban con ella, el guardia Alejandro Cruz Vizcaíno, de 29 años, resultó muerto a causa del traumatismo severo que sufrió, mientras que los otros dos, Ainoa R.B., de 27 años, y Roberto U. H., de 32, padecieron distintos traumatismos por los que precisaron ingreso hospitalario cerca de un mes y que, en el caso de la primera, tardaron más de un año en curar.

La sentencia declara acreditado que la acusada, Bárbara S.M., tenía sus condiciones psicofísicas “muy mermadas a causa del alcohol que había ingerido”.

La Audiencia de Las Palmas ha considerado que no se produjo ninguna arbitrariedad en el análisis de sangre practicado con fines terapéuticos a la acusada, como esta alegaba, y estima que la incorporación al proceso de esos análisis ha estado precedida de la necesaria intervención de la autoridad judicial.

Recuerda en su sentencia, además, que la acusada circulaba bajo la influencia del alcohol, con 1,65 gramos de alcohol por litro de sangre, y que dio positivo en cannabis, tal y como reflejó la analítica, y conducía a una velocidad inadecuada.

“Fue la acusada quien perdió el control del vehículo hasta el punto de no reaccionar de ningún modo ante la inminente colisión”, afirma el fallo de la Audiencia, que considera, por tanto, que la condenada incurrió en una imprudencia grave.

De igual forma, la Audiencia rechaza que la pena de prisión impuesta a la acusada sea incorrecta, como alegaba el Ministerio Fiscal, y recuerda que la mínima sería de dos años y seis meses de prisión.

Además de la pena de prisión, el fallo que confirma la Audiencia de Las Palmas retiraba a la acusada el carné de circulación y le prohíbe conducir durante cuatro años y seis meses.

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