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La Generalitat inicia los trámites para sancionar a Gas Natural por el caso de la anciana fallecida

Protesta antidesahucios y contra la pobreza energética

elDiario.es Catalunya

El Ayuntamiento de Reus ha asegurado este martes que Gas Natural no le avisó de que cortó la luz al piso de la anciana que falleció este lunes en un incendio provocado por una vela. Tanto el consistorio como el Govern han interpretado que esta falta de comunicación por parte de la compañía puede suponer una infracción de la ley 24/2015 contra la pobreza energética. El Ayuntamiento ha avanzado que emprenderá “acciones legales” contra la empresa y pondrá el caso en manos de la Fiscalía. Por su lado, el conseller de Empresa, Jordi Baiget, ha anunciado que ha iniciado el procedimiento para sancionar a Gas Natural por haber cortado el suministro en el hogar de la mujer fallecida en Reus sin haber avisado.

En un comunicado, Gas Natural ha explicado que entre sus 88 clientes vulnerables de Reus no figuraba la anciana fallecida y que el Ayuntamiento no se lo había comunicado. “La compañía no disponía de información relativa a su situación de vulnerabilidad”, ha añadido. Baiget ha respondido a Gas Natural que la ley obliga a actuar “al revés”, es decir, que deben ser las empresas las que comuniquen a los servicios sociales los casos de impago antes de cortar el suministro para comprobar si son familias vulnerables.

Asimismo, Gas Natural ha pedido “que se clarifiquen y unifiquen” las normativas de las distintas administraciones para desarrollar “procedimientos efectivos” para agilizar la atención a clientes vulnerables y “evitar situaciones como la que desgraciadamente se ha producido y que lamentamos profundamente”.

Por el momento el inicio del trámite sancionador es requerir a Gas Natural toda la información del caso, para lo que tiene un plazo de cinco días. Si finalmente la empresa no puede demostrar haber dado aviso y pedido el informe de servicios sociales, Baiget ha indicado que se incoarían las sanciones. El régimen sancionador por estos hechos se establece en el Código de Consumo catalán, que establece sanciones de hasta un millón de euros para infracciones muy graves.

Según los datos ofrecidos por el Govern, hasta el momento y desde la entrada en vigor de la ley 24/2015 se han tramitado 195 denuncias por cortes de suministros básicos. De ellas, solo 19 han acabado en sanciones, aunque el conseller ha asegurado que “vendrán bastantes más”, ya que hay 115 casos con expediente abierto.

Una de las tareas incumplidas por parte del Govern es no haber firmado convenios con las compañías que impidan los cortes de suministros y garanticen que la administración pueda hacerse cargo del consumo de las personas vulnerables antes de que se produzca el corte, tal y como prevé la ley. Según ha explicado Baiget, por el momento no han podido firmar ningún convenio con compañías de gas y electricidad, aunque sí con las de agua, que las ha dado por totalmente completas. Respecto a las eléctricas, el conseller ha constatado la dificultad de llevarlos a cabo, afirmando que ha habido 25 reuniones y ha hecho 3 propuestas de acuerdo. “Haremos todo lo posible para acabar firmándolos”, ha asegurado Baiget.

Familia atendida desde 2013

La concejala de Bienestar Social de Reus, Montserrat Vilella, ha explicado que los servicios sociales de la ciudad atendían a la familia de la anciana fallecida desde 2013, pero que no tenían constancia de que la compañía le cortara la luz hace dos meses. “Podemos asegurar con rotundidad que no recibimos el aviso de corte de luz que nos tendría que haber llegado”, ha afirmado Vilella.

“La luz estaba cortada y nosotros no teníamos aviso del corte”, ha reiterado Vilella, que ha añadido que el municipio dispone de una línea de ayudas que se activa “o por aviso de las compañías o cuando nos lo dicen las familias”. Asimismo, ha indicado que la familia de la anciana sí se beneficiaba de la reducción en la factura del agua para familias vulnerables de la empresa municipal.

Todos los apartados de la ley 24/2015 referentes a la pobreza energética, correspondientes con el artículo 6, siguen en vigor. La norma no obliga a las compañías suministradoras a mantener el servicio, sino a avisar a los servicios sociales municipales antes de cortar la luz o el gas. Una vez avisados, la ley obliga a la administración a determinar si la persona o la familia afectada está en riesgo de exclusión social y a garantizarle el acceso al agua potable, gas y electricidad.

La ley sí indica que las administraciones públicas deben establecer acuerdos con las empresas suministradoras “para garantizar que concedan ayudas a fondo perdido a las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial”. El Govern, a la espera de concretar los protocolos, ha habilitado un fondo para que los ayuntamientos hagan frente al pago de facturas y deudas atrasadas de las personas en riesgo.

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