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Familias a las que la Generalitat ha retirado sus hijos denuncian el modelo de protección a la infancia

Sergio Haimovich con sus dos hijas, apartadas de su padre durante 5 años por la DGAIA

Caralp Mariné

El modelo catalán de protección a la infancia ha sido puesto en duda por diversos colectivos, expertos y afectados por el sistema, que critican la forma como se llevan a cabo los procedimientos de desamparo, es decir, la retirada de la tutela familiar de un menor por situaciones de riesgo. Los afectados cuestionan un modelo donde la Administración tiene unas competencias absolutas sobre el destino de los niños y el futuro de sus familias. Un procedimiento en el que las partes afectadas están desprotegidas y no tienen posibilidad de defenderse de la mano de un abogado, como sí ocurre en los procesos judiciales. En este modelo son los técnicos los que hacen la evaluación y proponen el desamparo, una decisión que separa a los menores de sus padres y los aleja de su casa. Al menos dos entidades aglutinan más de 600 familias disconformes con cómo les han retirado a sus hijos.

En Catalunya hay 6.792 menores separados de sus familia y tutelados por la Dirección General de la Infancia y la Adolescencia (DGAIA), según los datos del Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales de la Generalitat del último trimestre de 2015. De éstos, 4.800 han sido declarados en desamparo por razones relacionadas con el maltrato y el resto por desprotección infantil.

De los 4.800 desamparos decretados por maltrato, 2.800 responden a casos de negligencia, esto es, según explica el Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales a este medio, por motivos relacionados con la alimentación, la higiene, la atención médica, la educación, la vestimenta, la vigilancia o la seguridad. “Se entiende como negligencia cuando las necesidades básicas del niño o adolescente no son atendidas”, explican.

“El sistema de protección a la infancia es un sistema donde caben los prejuicios”, asegura Ceneta Pi, que trabajó durante nueve años en la DGAIA y es autora del libro 136 dies al niu del cucut (Ed. Acidalia), donde relata un caso de desamparo. Pi asegura que hay maneras de hacer de las familias con sus hijos que los profesionales no pueden comprender pero que no siempre implican riesgo, como por ejemplo que una familia no lleve a los niños a la escuela por motivos culturales o que no pueda garantizar su alimentación por causas económicas. En todo caso, esta conocedora del sistema asegura que en la mayoría de situaciones se trata de circunstancias transitorias con las que se podría trabajar con ayudas vinculadas a unos servicios sociales potentes.

“Se aplican medidas drásticas cuando la mayoría de situaciones son variables, deberíamos ser más flexibles”, comenta Jaume Funes, educador social y exadjunto por la defensa de los derechos de los niños del Síndic de Greuges (el defensor del pueblo catalán). “Parece más fácil actuar sobre el niño que no ayudar a las familias”, añade. “No hay posibilidad de protección sin política de infancia en los barrios. Al sistema de protección sólo deberían llegarle los casos graves y trabajar con el resto en los barrios”, denuncia Funes.

La asociación Stop Impunidad Maltrato Infantil (Simicat) acumula ya 50 casos de desamparos con los que los padres no están de acuerdo, y la Asociación para la Defensa del Menor, APRODEME, aglutina a varias familias a las que la Administración les ha retirado la custodia, tiene 571 socios, y recibe un promedio de 92 quejas al mes a través de la web, el teléfono o por correo electrónico.

Revocar la decisión de la DGAIA sobre un desamparo se puede hacer únicamente a través de la vía judicial, un procedimiento que no muchas familias pueden seguir por falta de herramientas. En los casos en que esto ocurre, alguna vez el juez ha terminado decretando la nulidad de ese desamparo evidenciando que la Administración se había precipitado a la hora de tomar la decisión. Es el caso del doctor del Hospital del Mar y padre de familia Sergio Haimovich, al que la DGAIA apartó de sus tres hijas en 2008. El juez acabó revocando la decisión de desamparo dos años después de ser decretada. La sentencia decía que no se habían acreditado malos tratos hacia las menores. Con todo, ya que después de este procedimiento judicial vino el del reparto de la custodia, Haimovich tardó 5 años en poder hacer de padre otra vez debido a la intervención de la Administración.

El futuro de las familias en manos de cuatro técnicos

“Hemos diseñado una estructura parajudicial que con pocos recursos debe evaluar cosas muy importantes y el riesgo a equivocarse es muy grande”, asegura Ceneta Pi en declaraciones a este diario.

En Catalunya el proceso de determinación de desamparo y asunción de la tutela es de tipo administrativo, no es un juez quien toma la decisión sobre el futuro de un menor y su familia. Los encargados de hacerlo son técnicos contratados por los ayuntamientos y los consejos comarcales que trabajan para la DGAIA y que se organizan a través de los llamados Equipos de atención a la infancia y la adolescencia (EAIA).

En Catalunya hay 53 equipos repartidos por todo el territorio. Cada uno de ellos está formado por cuatro profesionales, con perfiles diferentes, pero al menos lo forman un psicólogo, un pedagogo y un asistente social. Una vez reciben la alerta de que un niño podría estar en riesgo, evalúan la situación y hacen una propuesta a la DGAIA, que en algunos casos puede ser la del desamparo. “El EAIA hace la investigación, juzga y sentencia, esto desde un punto de vista jurídico no se sostiene”, denuncia Pi.

Pi, que trabajó durante nueve años en la DGAIA, asegura que toda la responsabilidad recae sobre unos técnicos que no tienen una red en su entorno para hacer un verdadero control de la situación. “Esto provoca que la decisión acabe siendo sólo técnica y en algunos casos puede ser arbitraria”, apunta.

Sin embargo, son estos profesionales los que tienen entre sus manos el futuro de las familias. De hecho, el Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales admite que “se da un papel relevante a los equipos técnicos competentes durante los procesos de desamparo”. La DGAIA termina, simplemente, ratificando lo que han hecho los técnicos, sin que el procedimiento de evaluación pase por ningún control. “Un técnico que tiene el poder de sacar a un niño de su casa debería tener un mecanismo serio de revisión de los casos”, concluye Pi.

Jaume Funes asegura además que en algunos casos se trata de profesionales que no tienen un perfil profesional con criterios afinados. “Los técnicos que hacen los primeros informes muchas veces no hablan con las familias todo lo que deberían hablar”, asegura. Sin embargo, el director general de la DGAIA, Ricard Calvo, explica en declaraciones a este diario que son equipos preparados que tienen una “formación específica” y con un “nivel de especialización muy alto”. Argumenta además que se les pide experiencia previa y se les da formación complementaria. Este medio ha pedido los requisitos que deben cumplir los técnicos para obtener una plaza en un equipo EAIA, pero el Departamento de Trabajo y Asuntos Sociales no lo ha detallado.

Falta de transparencia e imposibilidad de negociar

Judith Martínez Velasco, presidenta de Simicat, cuenta que nunca se hacen llegar a los afectados los documentos que elabora la EAIA mientras se estudia el caso hasta el día en que ya se ha decretado el desamparo. Esta abogada tiene una hermana pediatra a quien la DGAIA le retiró la hija mientras se estaba divorciando de su marido y discutiendo la custodia de la menor en los tribunales. Dos sentencias habían dado la custodia a la madre pero la DGAIA se puso en medio del proceso y declaró a la niña desamparada. “Mi hermana nunca conoció los informes que pasaban los técnicos a la DGAIA hasta el día del desamparo”, denuncia Velasco.

De esta manera, Ceneta Pi constata también que las familias no tienen posibilidad de contrastar lo que los técnicos terminan describiendo en los informes y que todo ello está rodeado de una falta de transparencia enorme. “¿Por qué hay resistencia a que las entrevistas entre los padres y los profesionales que instruyen el expediente de riesgo o desamparo puedan ser grabadas, como lo son, actualmente, todos los juicios? ¿O por qué no se hacen en presencia de un abogado?”, se pregunta esta exempleada de la DGAIA.

De hecho, no hay posibilidad de que los familiares puedan seguir este procedimiento de la mano de un abogado. En las entrevistas tampoco hay ningún observador externo para controlar que todo se hace correctamente. En cambio, en el marco judicial cualquier acusado tiene derecho a la defensa y, además, el juez que instruye el caso no es el mismo que dicta sentencia, algo que sí que ocurre en el modelo de protección a la infancia catalán.

“El proceso administrativo es positivo para temas de garantía, pero la garantía se convierte en una estructura tan rígida que no permite la negociación”, añade Funes. Así se manifiesta también Francisco Cárdenas, presidente de la asociación APRODEME y uno de los afectados por la DGAIA, que asegura que en algunos casos la administración puede tener razón, pero no permite a las familias defenderse. “El problema de fondo es que se trata de un procedimiento en el que no hay garantía de defensa”, asegura.

Una vez que el menor ha sido retirado de su familia, los equipos tienen ocho meses para decidir qué medida protectora se le debe aplicar. Una propuesta que está diseñada de nuevo por varios técnicos, que a través de entrevistas con la familia y con el menor acaban decidiendo. Se pueden decantar por la acogida en un centro de menores, el acogimiento en familia ajena, que sea acogido por otros familiares –la llamada familia extensa–, que quede en preadopción, o puede que lo devuelvan a su familia.

María Rosa Gómez, a quien la Administración le ha retirado su hijo de cinco años hace sólo dos meses, se encuentra ahora en este punto. Esta afectada explica que en estos dos meses nadie la ha evaluado psiquiátricamente de forma suficiente para comprobar si sufre o no un trastorno mental, motivo por el cual le retiraron el menor, según consta en su expediente de desamparo al que ha tenido acceso este diario. “Sólo me han pedido que aporte la escritura de la casa, unos análisis de sangre y que justifique los ingresos, motivos por los que considero que no me pueden quitar los hijos”, lamenta esta madre.

El camino casi imposible para recuperar al hijo

Una vez decretado el desamparo los técnicos elaboran un plan de trabajo que entregan a las familias para que puedan trabajar para recuperar al menor. “Los planes de mejora son inaccesibles. Se pide, por ejemplo, trabajo estable, compatible con los horarios escolares. Esto hoy en día es imposible”, asegura el experto en infancia Jaume Funes. “El plan de trabajo debería ser un contrato y que si se cumpliera permitiera a la familia recuperar el hijo. Pero a veces estos planes piden cosas que no son tangibles y que no se pueden evaluar y menos si no se está con el hijo”, remarca Ceneta Pi.

El conocido como caso Alba, el de una niña que fue maltratada severamente por su padrastro en 2006 y quedó discapacitada debido a la agresión, despertó una fuerte crítica por parte de la sociedad hacia la falta de protección de la menor. Ese caso supuso un punto de inflexión hacia el endurecimiento del sistema de protección infantil. “Agudizó las preocupaciones y las sospechas. Generó más judicialización. Ante la duda, desamparan. Especialmente porque no existen profesionales en el territorio que puedan hacer una vigilancia protectora activa que reduzca la probabilidad de maltrato”, constata Funes.

“Como sociedad no podemos asumir casos graves como el de Alba, en el que no se retiró la niña a tiempo, pero en cambio parece que podemos asumir que se declaren en desamparo niños sin pruevas concluyentes y sin que la separación de la familia les aporte ninguna protección real”, denuncia Pi.

Con todo, Ricard Calvo, director de la DGAIA, admite que “no se habrá trabajado suficiente con las familias si éstas no tienen su hijo”. Aún así, a los ojos de este representante de la Administración hay familias que son “irrecuperables”.

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