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Endesa acumula el 80% de las sanciones por pobreza energética impuestas por la Generalitat

Una familia afectada por pobreza energética

Arturo Puente / Raúl Sánchez

21 meses después de la aprobación de la ley catalana contra la pobreza energética y después de dos inviernos con ella en vigor, el Govern de la Generalitat ha impuesto 108 sanciones a las eléctricas por vulnerar los derechos de los consumidores en esta materia. El 80% de las multas, 87 en total, se han impuesto contra comercializadoras de Endesa, mientras las de Gas Natural acumulan las otras 21.

Así se desprende de los datos proporcionados por la Generalitat tras una petición formulada por este diario en base a la ley de Transparencia. Según los datos de la Agència Catalana de Consum, las 108 sanciones que se han impuesto en virtud de la ley contra la pobreza energética están tipificadas como graves y conllevan un importe de 10.001 euros cada una.

En concreto, el Código de Consumo catalán tipifica las multas como “infracciones por incumplimiento de obligaciones o prohibiciones contractuales legales”. En la práctica se trata bien de cortes de suministro ante impagos de los consumidores sin que las eléctricas reclamasen el informe social preceptivo, o bien de que las empresas no informaron de sus derechos a personas con impagos. En ambos casos la administración considera que las empresas habrían vulnerado la ley 24/2015.

En total, la acción sancionadora de la Generalitat supera el millón de euros en casi dos años, aunque todas las multas se han impuesto en la franja más baja que recoge el Código de Consumo. Las sanciones ya están impuestas, pero no son firmes porque contra ellas caben recursos de alzada, que en muchos casos ya se han interpuesto.

Por esta razón, Endesa afirma que “actualmente los expedientes iniciados están sin concluir”. La compañía, que ha declinado contrastar las cifras ofrecidas por la Generalitat, subraya que a su entender “la actuación de Endesa se ajusta en todo momento a la normativa vigente” y, a su juicio, “no se ha vulnerado disposición alguna en este sentido”.

Una respuesta similar ofrece Gas Natural, que asegura que ha recurrido las 21 sanciones impuestas porque considera que en ningún momento han vulnerado la ley. La empresa informa además de que, más allá de las obligaciones legales, en enero comenzaron una campaña para informar a sus clientes sobre los derechos en materia de pobreza energética y detectar posibles hogares vulnerables.

Además de esto, Gas Natural y Endesa, como el resto de suministradoras, envían ya a los ayuntamientos un lista con los impagos que tienen, para que los servicios sociales actúen, tal como confirman diversos ayuntamientos consultados.

A pregunta de este diario, Endesa rechazó informar de su cuota de mercado en Catalunya para el mercado eléctrico minorista, mientras que Gas Natural aseguró que la suya estaba en torno al 10%.

Aceleración sancionadora

Desde la Alianza contra la Pobreza Energética (APE) consideran que 108 sanciones es un número “ridículo”, que demuestra que la administración catalana “no ha sido suficientemente proactiva en fiscalizar a las compañías energéticas”. Según explica su portavoz, María Campuzano, “desde la muerte de Rosa en Reus algunas cosas han cambiado y desde diciembre pasado la Generalitat lleva a cabo inspecciones de oficio”.

Los datos confirman lo que explica la plataforma. La Generalitat ha acelerado el ritmo sancionador este invierno, ya que, de las 108 sanciones impuestas hasta el 31 de marzo pasado, 51 de ellas se acordaron en los primeros tres meses de 2017. Hasta el fin del año pasado, tal como adelantó Catalunya Plural, la Agencia Catalana de Consumo había recibido 206 denuncias contra este tipo de prácticas, de las cuales 125 se habían convertido en expedientes sancionadores y 57 en sanciones impuestas. Como ocurría entonces, a 31 de marzo ninguna de las sanciones se ha cobrado, ya que las empresas apuran la vía administrativa.

Dos de cada tres, en el mercado libre

Respecto a las eléctricas sobre las que recaen, las 108 multas se han impuesto contra cuatro comercializadoras: dos de Endesa –Endesa Energia SAU y Endesa Energia XXI SAU– y dos de Gas Natural –Gas Natural Servicios SDG SA y Gas Natural Sur SDG SA–. Las primeras de cada una de las compañías, Endesa Energia SAU y Gas Natural Servicios SDG, corresponden a comercializadoras que operan en el mercado libre. Las segundas, Endesa Energia XXI SAU y Gas Natural Sur SDG SA, corresponden al mercado regulado.

Una de las cuestiones que destacan de los datos obtenidos por este diario es que dos de cada tres sanciones impuestas, hasta 70 en total, se produjeron por infracciones de los derechos de los consumidores en el mercado libre. En España, los dos mercados energéticos existentes son el libre y el regulado. En el primero son las empresas quienes fijan los precios, de acuerdo a la competencia y al precio que estiman que les cuesta producir la energía, mientras que en el mercado regulado los precios los fija el Estado. Esta última opción es la más barata para el consumidor, según el ministro de Energía y la Comisión Nacional de los Mercados de la Competencia.

En el caso de las sanciones por pobreza energética se da la paradoja de que la mayoría de los impagos que motivaron el corte de suministro eléctrico ocurrieron en el mercado libre, de precios no regulados. Esto significa que las familias que sufrieron los cortes, que tenían recibos impagados, probablemente pagaban por la energía precios mayores a los estipulados como de referencia y, pese a cumplir los requisitos, no disfrutaban del bono social.

Según fuentes del sector, esto ocurre porque las compañías prefieren operar en el mercado libre, donde maximizan sus ganancias, y en muchas ocasiones no informan a las familias de existencia de precios regulados y bono social en caso de necesidad. En el mercado regulado las compañías no pueden ofrecer descuentos y promociones que sí se les permite en el mercado libre, unas ofertas con las que consiguen que parte de la demanda se vaya al mercado libre, en ocasiones familias vulnerables que después no son capaces de pagar las facturas.

Controversia sobre la interpretación de la ley

La Generalitat de Catalunya tiene competencias para imponer sanciones administrativas a través de la Agencia de Consumo contra las empresas que infrinjan la ley 24/2015, de medidas urgentes contra la pobreza energética. Esta ley regula, entre otras cosas, que en caso de impago las eléctricas no pueden hacer cortes de suministro sin pedir antes un informe social de la familia a la que le cortarán la luz. Si este informe social dictamina que la familia se encuentra en riesgo de exclusión, es la propia Generalitat la que se hace cargo de las facturas atrasadas, mediante un fondo cedido a los ayuntamientos.

Pese a la existencia de la ley, no en todas las ocasiones se cumple. La última víctima mortal acreditada por pobreza energética fue Rosa, una mujer de Reus de 81 que falleció en el incendio de su casa cuando se iluminaba con velas tras un corte de suministro. Gas Natural se defendió entonces asegurando que, sin un reglamento, la ley 24/2015 no dota de seguridad jurídica a las empresas. Este ha sido el argumento de las suministradoras, que piden unas reglas claras desde la administración que puedan cumplir todas las partes. Mientras, recurren por la vía legal las diferentes iniciativas que las administraciones catalanas han llevado a cabo para evitar los cortes.

Por su parte, la razón del Govern para no elaborar un reglamento que desarrolle la ley es que prevén que podría ser anulado en los tribunales, como ya le ocurrió en diciembre pasado cuando un juzgado suspendió el protocolo de aplicación de la ley.

De hecho, en torno a la norma hay toda una controversia interpretativa, ya que las eléctricas aducen que están respaldadas por sentencias del Constitucional para cesar el suministro en el momento que se producen impagos. En cambio las entidades sociales, como la Alianza contra la Pobreza Energética que impulsó la ILP que se convirtió en la actual ley, aseguran que la ley es clara en el sentido contrario.

Lleida, récord de sanciones

Respecto a la distribución territorial donde se produjeron las infracciones sancionadas, la ciudad de Lleida destaca con gran diferencia por encima de todas las demás poblaciones catalanas, acumulando el 22% de las multas. De las infracciones ocurridas en la ciudad de Lleida, 24 en total, más de la mitad las cometió la comercializadora de Endesa en el mercado libre.

El Ayuntamiento de Lleida atribuye estos datos a la labor de inspección e información a los vecinos que realizan. Según sus datos, desde la entrada en vigor de la ley han intervenido en 165 casos, de los cuales han enviado 69 a Consumo para que se iniciase el proceso sancionador. El resto lo han solucionado mediante mediación.

Tras Lleida, la ciudad gerundense de Salt acumula 5 sanciones, todas ellas a Endesa, repartidas 3 en su comercializadora del mercado libre y 2 en el regulado. Badia del Vallès, Santa Coloma de Gramenet y Vic empatan con 4 sanciones cada una.

El número de sanciones no se reparte según el peso poblacional de las ciudades. Así, si se analizan las ciudades con más habitantes de Catalunya, en Barcelona se han impuesto 3, en L'Hospitalet 2 y en Sabadell otras 2, mientras que en Badalona, Terrassa, Tarragona o Mataró no se ha impuesto ninguna.

“Las razones de que ocurra esto pueden ser diversas, como que los ayuntamientos grandes disponen de fondos para pagar las facturas, que a veces llevan a cabo procedimientos de mediación que evitan la denuncia o que tienen sus propios procedimientos sancionadores”, explica la portavoz de la APE, Maria Campuzano.

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