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Qué es un RUI y otras 5 preguntas sobre la propuesta de Puigdemont

Puigdemont saluda a Junqueras durante la primera sesión de su cuestión de confianza

Arturo Puente

El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ha anunciado este miércoles un ultimátum al Estado según el cual, si éste no acepta negociar los términos de un referéndum, serán las instituciones catalanas las que impulsen uno en septiembre de 2017. Es el llamado “RUI”, referéndum unilateral de independencia, que en los últimos meses ha irrumpido en el debate político catalán. A continuación seis preguntas básicas sobre la propuesta que el president catalán lanzado. 

1- ¿Qué es un RUI?

RUI son las siglas de referéndum unilateral de independencia, y hacen referencia a la celebración de un referéndum vinculante convocado por la Generalitat sin el acuerdo con el Estado. A lo largo de la historia se han celebrado diversos referéndums de autodeterminación de territorios sin el acuerdo del estado al que pertenecían, como el de Australia en 1933 o en Islandia en 1944, pero las independencias recientes alcanzadas con fórmulas unilaterales se han producido de forma mayoritaria en contextos bélicos o de disolución de estados previos.

Según lo expuesto por Puigdemont, el referéndum no acordado sería posterior a la aprobación de la ley de transitoriedad jurídica, como forma de ratificarla la “desconexión” que supondría su entrada en vigor. El Consejo Asesor para la Transición Nacional estudió en su momento la posibilidad de celebrar un referéndum de este tipo, pero finalmente no lo recomendó en su Libro Blanco, del que sale en buena medida la hoja de ruta de JxSí. En los últimos meses el president Puigdemont encargó al jurista Carles Viver Pi-Sunyer volver a estudiar la viabilidad de este mecanismo.

2- ¿Quién lo apoya y quién no?

El referéndum sin acuerdo con el Estado ha sido defendido en diferentes etapas del proceso soberanista por la CUP. En noviembre de 2013, los anticapitalistas presentaron una moción sobre esta cuestión que recibió el apoyo de ERC e ICV-EUiA, mientras que CiU votó en contra. Ya en esta legislatura, una iniciativa cívica presentó un manifiesto favorable al RUI, que recogió 10.000 firmas en los primeros días, lo que llevó a la ANC a someter la cuestión al voto de sus bases. Estas se posicionaron de forma mayoritaria a favor de la convocatoria del referéndum vinculante.

Dentro del Govern hasta ahora las posturas han sido más tibias. El vicepresident y líder de ERC, Oriol Junqueras, se ha mostrado dispuesto a llevarlo a cabo y a introducir una partida en las cuentas en previsión de que pueda celebrarse un referéndum en el próximo ejercicio presupuestario. El president Puigdemont también se encontraría entre los partidarios del referéndum vinculante, siempre que este pueda contar con todas las garantías democráticas y pueda conseguir reconocimiento internacional.

Entre los más reticentes a este mecanismo se encuentra buena parte del Partit Demòcrata, con Artur Mas a la cabeza, aunque el anuncio de Puigdemont lleva a pensar que estas objeciones se han aplacado. El referéndum no acordado también tiene la oposición de otros soberanistas, como los partidos que forman parte del ámbito de En Comú y Catalunya Sí que es Pot. Diferentes líderes del espacio como Xavier Domènech, Joan Coscubiela o Albano Dante-Fachin se han mostrado contrarios a esta posibilidad.

3- ¿La Generalitat tiene competencias para hacerlo?

No. Las competencias recogidas en el Estatut solo llegan a mecanismos de participación consultivos, como las consultas populares no refrendarias. En virtud de estas competencias se elaboró en su momento la ley de consultas utilizada para dar cobertura legal a la primera formulación de la consulta del 9-N, suspendida por el Constitucional a la vez que la ley de Consultas. El Constitucional acabó anulando la ley posteriormente, el 24 de febrero de 2015. 

En el actual ordenamiento jurídico, según el artículo 92 de la Constitución, la competencia para celebrar un referéndum la tiene el rey a propuesta del presidente del Gobierno y mediante autorización del Congreso de los Diputados. Además, es la Cámara baja española la que puede delegarla a otras instituciones, como podría ser la Generalitat. 

4- ¿Cuáles son las principales dificultades para llevarlo a cabo?

Las dificultades que hasta ahora han señalado diversos expertos sobre la celebración de un referéndum sin el acuerdo del Estado se agrupan en dos grandes categorías: la convocatoria y la celebración efectiva. En el primer ámbito, el de la convocatoria, el principal problema es que no hay forma jurídica de ampararla en ninguna ley o norma en vigor. El Parlament podría elaborar algún tipo de regla ad hoc, pero sería suspendida. Según señalan los juristas, para convocar un referéndum vinculante habría que situarse fuera de la ley, lo que necesitaría de facto un ejercicio previo de la independencia.

Respecto a la celebración del referéndum, los problemas tienen que ver con el censo, la composición de mesas, la protección a los funcionarios y el empleo de locales. Muchas de estas cuestiones ya se plantearon en la consulta del 9-N de 2014, optando por llevarla a cabo con funcionarios voluntarios y registro previo de los votantes. Según ha anunciado Puigdemont este miércoles, el encargado de preparar el referéndum sería el vicepresident Oriol Junquera; y el de organizarlo sería el departament de Transparència, dirigido por Raül Romeva. 

5- ¿Es otro 9-N?

A nivel político, esta es una cuestión discutible. Tanto es así que diversos responsables políticos contrarios a la fórmula han señalado que solo sería otro 9-N, por las dificultades de conseguir la participación de los contrarios a la independencia. Pero, a nivel jurídico, la propuesta de Carles Puigdemont sobre la celebración de un referéndum vinculante tiene poco que ver con el proceso celebrado en 2014.

La consulta planteada por el Govern de Artur Mas y pactada con diferentes fuerzas para el 9 de noviembre de 2014 se concibió como una consulta popular no refrendaria para conocer la opinión de los catalanes sobre el futuro político de Catalunya. Así, aquel proceso participativo ser diseñó de forma no vinculante y, en principio, dentro de las competencias de la Generalitat, aunque este último extremo se dirime ahora en los tribunales.

La vía del referéndum abierta este miércoles por Puigdemont no sería ya una consulta sino un referéndum que, como el propio concepto indica, sería vinculante para los convocantes.

6- ¿Cómo modifica la hoja de ruta?

La hoja de ruta de JxSí preveía la aprobación de las tres leyes de desconexión durante esta legislatura, entre las cuales está la de Transitoriedad Jurídica, que supondría una declaración de independencia. Después de esto llegarían las elecciones constituyentes, que darían como resultado la asamblea encargada de redactar el texto constitucional. Una vez aquí, el proyecto de Constitución catalana sería sometido a referéndum.

La introducción de un referéndum como mecanismo de legitimación, según lo expuesto por Puigdemont, se llevaría a cabo después de la aprobación de las leyes de desconexión. Por tanto, se modifica el plan inicial para introducir este mecanismo antes de las llamadas “elecciones constituyentes”.

Todo esto, según el president, siempre que el Estado no acepte una negociación sobre el referéndum. Esto no es una modificación respecto a la hoja de ruta, ya que esta contempla la atención continua del gobierno catalán al ofrecimiento de un referéndum por parte del Estado, que pararía el resto de los pasos del proceso. 

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