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Valtònyc, el último fiasco de la Justicia española en Europa

Bélgica rehúsa extraditar a Valtònyc por falta de equivalencia en los delitos

Oriol Solé Altimira

No ha hecho falta llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo. Un juez de Gante (Bélgica) ha vuelto a reflejar la desproporción de las altas instancias judiciales españolas a la hora de castigar los delitos de injurias a la corona y enaltecimiento del terrorismo al rechazar la entrega a España del cantante Josep Miquel Arenas, conocido como Valtònyc. La decisión se basa en que en Bélgica no serían delito y estarían amparadas por la libertad de expresión las letras por las que Valtònyc fue condenado a tres años y medio de cárcel en España, ha informado la defensa de Arenas.

La pena al cantante fue impuesta por la Audiencia Nacional y ratificada por el Tribunal Supremo. El mismo criterio que en Bélgica, es decir, la inexistencia del principio de doble incriminación, fue el que siguió la justicia alemana para denegar la euroorden por rebelión que cursó el juez Pablo Llarena contra Carles Puigdemont. Los magistrados concluyeron que el 1-O no sería un alzamiento violento en Alemania. Dos reveses de envergadura en tres meses para la justicia española.

En el caso del cantante balear, la justicia española consideró que las canciones de Valtònyc injurian y amenazan de muerte a la familia real con estrofas como “el rey tiene una cita en la plaza del pueblo, una soga al cuello que le caiga el peso de la ley”. La condena a un año de cárcel por injurias graves a la corona se impuso pese a que el TEDH ya había mandado un aviso a la justicia española en 2011, cuando anuló la condena impuesta a Arnaldo Otegi por el mismo delito a raíz de las declaraciones del dirigente abertzale, que tildó de “responsable de los torturadores” al rey Juan Carlos.

En aquella ocasión, el TEDH consideró contraria a la libertad de expresión la sentencia impuesta a Otegi. El tribunal europeo de garantías volvió a reprochar este 2018 la excesiva protección a la monarquía en el Código Penal español cuando anuló la condena de la Audiencia Nacional a dos jóvenes de Girona por quemar fotos de Juan Carlos I. Recordaron los magistrados de Estrasburgo que la libertad de expresión ampara no sólo los actos o ideas consideradas “inofensivas”, sino también las que generan “conmoción” o “preocupación”.

A raíz de la sentencia del TEDH, algunas asociaciones judiciales como Jueces y Juezas para la Democracia y Àgora Judicial vienen reclamando cambios en relación al delito de injurias a la corona –las penas pueden llegar a dos años de cárcel. No obstante, en el Congreso, encargado de reformar el Código Penal, parece poco probable a día de hoy que se den las mayorías necesarias para acometer una reforma que rebaje las penas o elimine como delito las injurias a la corona.

Respecto al enaltecimiento del terrorismo, el segundo delito por el que Valtònyc fue condenado a dos años de prisión, asociaciones proderechos humanos como Amnistía Internacional han denunciado que la reforma del Código Penal en 2015 que amplió los supuestos de enaltecimiento criminalizaba tantas expresiones que podía provocar la censura previa de los ciudadanos a la hora de expresar opiniones poco populares.

El cantante balear ha anunciado su intención de acudir a Estrasburgo para que el TEDH también censure la desproporción con el delito de enaltecimiento. El TEDH además es la única instancia que podría anular su condena, ya que la decisión belga de este lunes no le libraría de entrar en prisión si decidiera volver a España. Además, el proceso de extradición en Bélgica no se ha cerrado. La Fiscalía belga, que representa a España en el procedimiento, ha anunciado que recurrirá la decisión del juez de Gant, por lo que se celebrará una nueva vista en segunda instancia.

Si bien a nivel cuantitativo España se sitúa a la cola de sentencias condenatorias del TEDH, los fallos del tribunal europeo de garantías afectan a casos muy relevantes en materia de derechos fundamentales: la anulación de la doctrina Parot en 2013 para prolongar la prisión a presos etarras o la condena por vulnerar el derecho a la defensa de los exmiembros de la Mesa del Parlamento vasco por no suspender el grupo parlamentario que sustituyó a Batasuna, así como varias condenas por no investigar torturas denunciadas por etarras y el exdirector del periódico Egunkaria Martxelo Otamendi. Los líderes independentistas también llevarán al TEDH su caso.

Por el momento, ni el Supremo ni la Audiencia Nacional se han pronunciado sobre la decisión belga de no entregar a Valtònyc. La reacción del Alto Tribunal a los reveses europeos recientes por el 'procés' fue cargar contra los jueces alemanes y belgas. El tribunal belga, a diferencia del alemán, no entró a fondo en la euroorden, sino que la rechazó a la primera de cambio por un defecto de forma. Para evitarse más reveses, el juez Llarena retiró las peticiones de extradición a Suiza y Escocia pese a que sus tribunales todavía no se habían pronunciado.

Las valoraciones más duras en el caso de Valtònyc han venido desde el PP. Los líderes de los conservadores en el Parlamento Europeo y en Catalunya, Esteban González Pons y Xavier García Albiol, han tildado a la justicia belga de “santuario para los huidos” y “refugio de los delincuentes”, respectivamente. Una visión opuesta a la de Ada Colau. “Ni rebelión violenta en Catalunya ni raperos terroristas. Una decisión de la justicia europea previsible y de sentido común”, ha aseverado la alcaldesa de Barcelona.

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