El Tribunal Constitucional apuntilla al POM de Toledo de 2007
Nuevo sobresalto para el Ayuntamiento de Toledo en el camino de elaborar un nuevo Plan de Ordenación Municipal (POM) para la ciudad. El Tribunal Constitucional ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) respecto de la obligatoriedad o no de someter a información pública el plan urbanístico de la ciudad del año 2007. Un controvertido plan que lleva varios años en los tribunales. Cuando parecía que el camino judicial había quedado cerrado, la sentencia ahora conocida abre un nuevo capítulo en la polémica.
El Constitucional declara “nulo e inconstitucional” el artículo 36.2 A de la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (LOTAU) y da la razón al Alto Tribunal castellano-manchego. En la práctica, podría suponer la anulación de la vigencia del POM del año 2007 a la que el Ayuntamiento toledano se agarra para disponer de un marco legal urbanístico óptimo y poder seguir trabajando en la elaboración de un nuevo plan urbanístico para la ciudad.
El Tribunal Constitucional avala la tesis del TSJCLM al confirmar que el artículo anulado de la LOTAU “no garantiza la participación pública en el proceso de planeamiento” cuando durante la tramitación del POM se han introducido “modificaciones sustanciales”, como es el caso.
La sentencia del Constitucional podría poner patas arriba la situación urbanística de la ciudad y la toma de decisiones del propio ayuntamiento en este terreno, justo cuando se trabajaba en la elaboración de un nuevo instrumento de planeamiento para la ciudad.
Entre otras cosas, afectaría a los recibos del Ayuntamiento de Toledo por el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), a las licencias urbanísticas pendientes en la ciudad para los nuevos desarrollos y hasta a los tiempos en la redacción del nuevo POM que deberá elaborarse a marchas forzadas.