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El control financiero que rechaza el rector de la UCLM se realiza en casi todas las universidades

UCLM / Europa Press

Alicia Avilés Pozo

¿Es polémica la decisión del Gobierno de Castilla-La Mancha de auditar las cuentas de la Universidad regional? El conflicto abierto estos días entre el Ejecutivo y la institución académica no solo tiene su base en la partida destinada a la financiación sino también en su futuro control financiero. La cuestión no es nueva. Ya en las cuentas públicas ‘fallidas’ para el presente ejercicio que se debatieron la pasada primavera se incluyó esta auditoría vía enmienda. Después se condicionó al debate entre administración y Universidad, y finalmente, en el proyecto de Ley de Presupuestos para 2018 se ha vuelto a incluir en la disposición final primera. El rector de la UCLM, Miguel Ángel Collado, ha vuelto a rechazar la medida.

Según este texto, se modifica la Ley regional de Hacienda para que el control financiero de las universidades públicas dependientes de la Castilla-La Mancha se efectúe mediante auditorías anuales, a través de sus medios propios de control interno o de los que, excepcionalmente, se contraten por aquellas para su ejecución. Incorpora la necesidad de que se atienda a criterios y recomendaciones que se formulen al respecto por la Intervención General y sin perjuicio de las facultades de supervisión de sus Consejos Sociales.

El objetivo de dicho control, añade el proyecto de Ley, es evaluar que la actividad y los procedimientos se realizan de conformidad con los “principios de legalidad y buena gestión financiera” y, en particular, con las previsiones establecidas en la legislación vigente en materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

Además, y con independencia de lo anterior, la Intervención General castellano-manchega podrá realizar las actuaciones de control financiero que estime necesarias para el seguimiento de la aplicación, por parte de las universidades, de las aportaciones dinerarias procedentes del presupuesto de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha destinadas a financiar sus actividades, “incluidas sus inversiones”.

Andalucía ya lo incluyó en los Presupuestos del presente año

La fórmula no es muy diferente a la que ya se aplica en otras comunidades autónomas, según información consultada por eldiarioclm.es. El caso más similar es el de Andalucía, donde ya se incluyó en los Presupuestos regionales de 2017. En esta norma figura que el Gobierno regional, previa consulta al Consejo Andaluz de Universidades, establecerá el régimen presupuestario y sistema contable de las instituciones académicas públicas del territorio, y podrá “fijar normas y procedimientos en materia de control por técnicas de auditoría”.

En Extremadura, esta posibilidad está también incluida tanto en su Ley de Hacienda Pública como en una normativa ‘ad hoc’: la que aprobó la Junta hace tres años para establecer un marco de financiación estable para la Universidad extremeña. En esta región, el órgano universitario debe remitir al Ejecutivo regional la liquidación presupuestaria y las cuentas anuales, una vez aprobados por el Consejo Social.

Aragón cuenta también con una normativa específica y mucho más antigua. En 2005, el Gobierno regional aprobó la Ley de Ordenación del Sistema Universitario que además es mucho más restrictiva: pide a la Universidad remitir al Ejecutivo la liquidación del presupuesto en un plazo de seis meses después de la finalización del ejercicio presupuestario, exige que cualquier operación de endeudamiento realizada por la institución académica sea autorizada por el Gobierno regional, y reseña que su Plan de Contabilidad debe ser aprobado por la Administración autonómica. La Rioja, País Vasco y Murcia disponen también de leyes específicas para la regulación del sistema universitario.

Auditorías anuales y sostenibilidad financiera

Los presupuestos autonómicos del presente año han sido también la vía para este tipo de control financiero en el caso de la Comunidad Valenciana. En su articulado, esta región incorpora el “control financiero” de las universidades públicas mediante auditorías anuales bajo el objetivo de la sostenibilidad financiera y siempre bajo la dirección de la Intervención General de la Generalitat. Más antigua es esta disposición en el caso de Galicia: la Xunta realiza la fiscalización de las universidades desde 2011 de acuerdo a su Ley de Estabilidad Financiera, donde se establece que las cuentas anuales de cada universidad deberán remitirse al Ejecutivo regional antes del 30 de junio del ejercicio siguiente. También aquí la documentación se une a la Cuenta General de la Comunidad Autónoma.

La Comunidad de Madrid incluye igualmente este mismo precepto en los presupuestos públicos del presente año: las cuentas anuales consolidadas de cada universidad, junto con el informe de auditoría, deben enviarse a la Intervención General y a la Dirección General de Presupuestos de la región.

Por su parte, en Castilla y León se modificó en 2012 la Ley de la Hacienda y el Sector Público para incorporar la auditoría a las Universidades a través de la Intervención General e igualmente con carácter anual. Finalmente, en Cataluña, este tipo de control financiero se realiza mediante la modificación que este mismo año se realizó de la Ley autonómica de Finanzas Públicas. Y también en este caso, la auditoría de las universidades se pone en mano de la Intervención General, dejando claro que estas instituciones académicas “son consideradas parte del sector público”. Es una fórmula similar a la de Cantabria, Baleares y Canarias, que también llevan a cabo ese control financiero.

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