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Un informe del secretario afirma que el sueldo de la alcaldesa Catalá como profesora de la VIU es “de acceso reservado”

La alcaldesa de València, María José Catalá.

Carlos Navarro Castelló

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“El detalle de los ingresos de concejales y concejalas y de las demás personas obligadas a formular este tipo de declaración, obtenidos en las otras actividades declaradas, no es publicado. Solo se publican la retribución percibida en el ejercicio de su cargo y la relación de las restantes actividades que desarrollan, sin la mención concreta de las retribuciones que pudieran percibir en cada una de ellas. Este dato es contenido propio de la declaración de bienes y derechos patrimoniales que se custodia en el Registro Municipal de Intereses, considerándose una información de acceso reservado en los términos del artículo 36 del ROP”.

Un informe del secretario general y del pleno del Ayuntamiento de València remitido al Síndic de Greuges el pasado 23 de febrero se pronuncia así en relación a la queja presentada por el PSPV sobre la ocultación por parte de la alcaldesa de València, María José Catalá, del PP, de su sueldo como profesora de la Universidad Internacional de València (VIU) que ella misma vendió al Grupo Planeta en 2013 como consellera de Educación, momento en el que además su segundo teniente de alcalde y actual portavoz de Vox, Juan Manuel Badenas, era el rector.

Aunque Catalá tiene dedicación exclusiva como alcaldesa, mantiene vigente la compatibilidad que el Ayuntamiento le autorizó el 29 de diciembre de 2022 cuando ejercía de portavoz del PP en la oposición. Pese a todo, nunca ha hecho públicas sus remuneraciones y actualmente como alcaldesa tampoco ha aclarado si sigue dando clases de forma efectiva y si cobra por ello.

En su queja, la portavoz socialista, Sandra Gómez, argumentaba que tanto ella como el edil de Vox José Gosálbez, con dedicación exclusiva pero con una compatibilidad autorizada para ejercer como abogado, estaban vulnerando la normativa en materia de transparencia.

A pesar de que en los informes de compatibilidad del secretario se señala que “se debe mantener, tal y como exigen las normas aplicables, la condición de marginalidad respecto a la actividad principal tanto en ingresos, como en dedicación laboral”, señala Gómez que es imposible que el pleno “pueda analizar en el otorgamiento de dicha compatibilidad la condición de marginalidad requerida sin el conocimiento sobre el volumen de las retribuciones percibidas de estas actividades económicas”.

Sin embargo, el Síndic da por cerrada la queja al considerar válido el informe del secretario. Con todo, el portavoz adjunto del PSPV, Borja Sanjuán, ha asegurado que han recurrido el cierre de la queja al entender que es “una barbaridad que la información sobre dónde trabaja la alcaldesa fuera de su responsabilidad municipal y cuánto cobra pueda considerarse información reservada, es de primero de transparencia”.

Según Sanjuán, “lo que no puede hacer el Ayuntamiento es reclamarnos esos datos para luego guardárselos para ellos, cualquier ciudadano tiene que tener la certeza de que aquellos que están defendiendo sus intereses no tiene un conflicto de intereses, entender que eso puede ser información reservada es cargarte el principio de transparencia y eso es una obligación de las administraciones”.

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