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Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Argelia: expulsiones masivas

Sandra Boye-Clarkson

Economista y trabajadora en organizaciones de Derechos Humanos —

En cuestión de días, -o incluso- de horas, la vida de más de 1.400 personas que estaban viviendo en Argelia cambió por completo. El uno de diciembre de 2016 las autoridades argelinas comenzaron una persecución masiva de migrantes en el territorio del país. Acorralaron a la gente cuando acudían al trabajo, paseaban por la calle o dormían en sus casas. No importaba cuáles fueran sus circunstancias: si habían estado viviendo y trabajando allí durante unos años, si tenían su familia allí o si eran solicitantes de asilo. Fueron acorralados de todas formas.

De esta manera, en unos pocos días, un gran número de personas fueron trasladadas a una instalación en Zeralda, cerca de Argel, sin tiempo para recoger sus pertenencias o ponerlas a resguardo. De todos modos, no les permitieron llevar nada consigo y sus teléfonos móviles fueron confiscados, evitando todo contacto con sus familiares, abogados o miembros del consulado, por lo que no pudieron informar sobre su angustiosa situación ni pedir ayuda a nadie.

Forzados a dejar sus vidas, de esta forma tan repentina, junto con todas sus pertenencias y ahorros, fueron detenidos de esta kafkiana manera, sin aportarles razón alguna ni informarles de sus derechos. Esta arbitraria detención se prolongó durante unos días más. Cada día que pasaba, su situación se recrudecía más y más: sin información acerca de lo que estaba ocurriendo y totalmente aislados. Por supuesto, no se les informó tampoco de que ese sería el primer paso para llevar a cabo un plan, perfectamente urdido y orquestado, con el fin de deportarlos sumariamente. Asimismo, el respeto a la valoración individual que rige la solicitud de asilo y el derecho a recurrir su deportación, no se encontraban tampoco en la agenda de quienes así les trataban.

Desde el centro de detenidos de Zeralda, los arrrestados fueron traslados, recorriendo 1.900 kilómetros al sur, en dirección a otra instalación, en Tamanrasset, cerca de la frontera con Níger. Un testigo manifestó que fueron tratados “como animales”. La detención de estas personas en una cárcel improvisada, construida con contenedores para transporte de mercancías, no aptos para alojar a seres humanos, no cumplió unos criterios mínimos de humanidad. Sin suministro de agua, y sobreviviendo con la escasa comida y agua potable que se les proporcionó, cada contenedor cobijó a 27 personas sin apenas espacio para moverse.

Se les prohibió salir de estos inmundos cubículos y permanecieron en estas infrahumanas condiciones durante dos días: incomunicados y sin saber cuál iba a ser su destino. Durante este encierro, a cualquier signo de protesta contra su encierro o maltrato recibido, las autoridades que los custodiaban respondieron con violencia: golpearon con palos a los cautivos e, incluso, usaron gas lacrimógeno en un ataque a los niños que allí se encontraban.

Finalmente, desde Tamanrasset, sin previo aviso ni información de sus derechos, sobre todo del derecho de asilo y sin tener en cuenta de que se trataba de ciudadanos con arraigo en Argelia, fueron deportados y conducidos hasta la frontera, desde donde tuvieron que hacer frente a un largo y penoso viaje “de vuelta a casa”, a sus lugares de origen.

No se puede ignorar el elemento racista de estos criminales actos. Los deportados procedían, en su gran mayoría, de países subsaharianos como Guinea Conakry, Burkina Faso y Senegal. Estas deportaciones masivas se realizaron a conciencia, con el conocimiento e intencionalidad propios de un estado en que el director de la Comisión Nacional Consultativa para la Promoción de la Protección de los Derechos Humanos de Argelia había manifestado poco tiempo atrás que los migrantes propagaban “enfermedades” y que no tenían “un futuro en Argelia”. Cuando se interrogó a los testigos si el trato recibido se debió al hecho racial, por ser negros, en efecto, respondieron que ese factor fue determinante.

Desgraciadamente este tipo de acciones nos resultan familiares. No es la primera vez que esto ocurre en la zona y se han vivido rechazos masivos en Europa, sobre todo en las fronteras exteriores donde migrantes y refugiados son deportados sumariamente sin oportunidad de recurrir formalmente estas decisiones. Hemos vistos deportaciones brutales en las fronteras de España, en Ceuta y Melilla, y esta práctica se está reproduciendo en muchos otros territorios; todo en nombre de la denominada “protección fronteriza”.

Así, los derechos fundamentales de los refugiados y migrantes, deportados sumariamente, son denegados e ignorados. En estos casos, no sólo se estarían vulnerando el derecho de asilo, que incluye la posibilidad de que cada situación sea estudiada y valorada de forma individual, así como a recurrir ante la autoridad competente; sino que nos encontramos ante una flagrante violación de otra serie de derechos interrelacionados. Estos incluyen el derecho a un proceso justo, el derecho a no ser detenido arbitrariamente y a no ser víctima de trato inhumano y degradante.

En segundo lugar, respecto al trato recibido por los deportados con un arraigo más o menos reconocido, este traslado forzoso podría afectar al derecho a la vida privada y familiar, así como a sus derechos socioeconómicos y culturales. Además, dado que dichas deportaciones se realizan con evidentes motivos raciales, se podría incurrir en una grave vulneración del derecho a no ser discriminado.

Por tanto, se podría decir que en el caso de estas deportaciones masivas, estaríamos ante la vulneración del “derecho a tener derechos”, término recientemente acuñado que tan gráficamente describe la inhumanidad de estas acciones.

A pesar de que los estados tienen reconocida la facultad de controlar y proteger sus fronteras, existen claramente unos límites sobre la manera de hacerlo; las deportaciones masivas constituyen una importante prohibición de alcance internacional y aceptado universalmente.

Estos límites se encuentran en varios instrumentos internacionales, establecidos expresamente como conductas prohibidas, entre otros en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Estos tratados internacionales están diseñados para prevenir precisamente este tipo de situación: se prohíbe la devolución de personas que están entrando en un país o que ya lo han conseguido, sin respetar el derecho de asilo que les ampara. Este es un requisito mínimo que garantiza la protección de los derechos fundamentales y los estados firmantes están vinculados por estas obligaciones.

Claramente, en el presente caso, todas estas obligaciones fueron ignoradas por completo. Las personas deportadas no fueron informadas de las razones de su detención, ni de que iban a ser deportadas ni mucho menos tuvieron la oportunidad de acudir a los órganos judiciales correspondientes. Dado el gran número de personas desplazadas violenta y forzosamente - unos 1.400- , en un periodo de tiempo tan corto – de unos pocos días- y dado también que las autoridades no hicieron ningún esfuerzo para determinar si las personas detenidas eran solicitantes de asilo, o poseían de permiso de residencia o de un visado; es evidente que no había ninguna valoración individual de las personas deportadas, por lo que sólo cabe deducir que la deportación lo fue en masa, sin considerar los derechos que asistían a cada una de ellas.

Dada la intención de las autoridades argelinas de no cumplir sus obligaciones internacionales respecto al trato degradante e inhumano dispensado a los deportados, parece que no estamos ante el legítimo ejercicio del derecho del Estado de Argelia a controlar sus fronteras, sino que cabría hablar de un plan gestado para deshacerse rápidamente de los migrantes de origen subsahariano.

Tanto por la vulnerabilidad de los migrantes y solicitantes de asilo, como por el gran impacto que estas deportaciones masivas tienen sobre sus vidas, es importante desenmascarar a quienes emplean el concepto de “protección fronteriza” como pretexto para una denegación sistemática de derechos. El pretendido “derecho de fronteras” decae frente al “derecho a tener derechos”.

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Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

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