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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Señor Rajoy, ¿jura decir la verdad?

Mariano Rajoy.

Gonzalo Boye Tuset

Una vez que el Tribunal de la Gürtel ha acordado tomarle declaración, por ahora, como testigo a Mariano Rajoy las dudas procesales que surgen no son pocas y especialmente en materia de formas. Si bien reconozco que resulta interesante saber cómo será su declaración, lo auténticamente relevante es que tendrá que declarar con la obligación de decir verdad que es un concepto complejo para alguien que lleva años instalado en la postverdad.

En cualquier caso, estas dudas procesales nos surgen a todos y yo mismo las tuve nada más conocerse la decisión de citar a declarar al actual presidente del Gobierno, por lo que parece oportuno precisar algunos temas que afectarán a su declaración tanto en las formas como en el fondo.

¿Tendrá que acudir Rajoy a la Audiencia Nacional?

Existen dos momentos procesales distintos: el de la fase de investigación y el del Juicio Oral y cada una se rige por principios y normas diferentes.

La obligación de acudir a declarar de los testigos durante el Juicio Oral está en el artículo 702 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y establece: “Todos los que, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 410 a 412 inclusive están obligados a declarar, lo harán concurriendo ante el Tribunal, sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1 del artículo 412, las cuales podrán hacerlo por escrito”sin otra excepción que las personas mencionadas en el apartado 1 del artículo 412.

Dicho apartado 1 solo incluye a las “demás personas de la Familia Real”.

Por tanto, Rajoy sí tendrá que presentarse ante el Tribunal que enjuicia Gürtel Primera Época.

¿Cómo será esa declaración?

Si bien desde una perspectiva pública y mediática la misma será muy llamativa, desde una perspectiva estrictamente procesal no diferirá de cualquier otra declaración de testigos en un procedimiento penal. Deberá contestar a todas las preguntas que se le hagan y el Tribunal considere pertinentes.

¿Podrá declarar por videoconferencia?

Sí, la Ley de Enjuiciamiento Criminal lo prevé en el artículo 731 bis) para aquellos casos en que “por razones de utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de procedimiento penal como imputado, testigo, perito, o en otra condición resulte gravosa o perjudicial…” y este puede ser uno de esos casos.

Pero si el Tribunal así lo acordara, habría una enorme diferencia con el plasma a que nos tuvo acostumbrados: no se encontrará para dar un aburrido, monocorde y vacuo discurso, sino que tendrá obligación de colaborar con la Justicia, contestando verazmente a todo lo que se le pregunte.

¿Quiénes podrán interrogarle?

Todas las partes personadas en el procedimiento, sin embargo parece una incoherencia que quienes se han opuesto a su declaración tengan mucho interés en interrogarle. Imagino que ni la Fiscalía, ni la Abogacía del Estado ni varias de las defensas tendrán deseos de plantearle preguntas, toda vez que se han opuesto vehementemente a su declaración.

¿Qué límites tendrá dicha declaración?

En principio, los típicos de cualquier interrogatorio a un testigo. Será el presidente del Tribunal quien tenga que determinar, ante cada pregunta, si la misma es procedente. No se permitirá que se le realicen preguntas que puedan ser capciosas, sugestivas o impertinentes.

Como el presente juicio solo abarca la Primera Época de Gürtel, tampoco se le podrá preguntar por hechos, datos o temas que no estén directamente relacionados con los hechos objeto de este concreto juicio.

Finalmente, y en el caso específico de Rajoy y sea cual sea nuestra convicción, que el presidente del Gobierno acude como testigo pero que en otras piezas de Gürtel bien podría tener otra posición procesal, el presidente del Tribunal no podrá permitir que conteste a cualquier pregunta que, siendo pertinente, pueda implicar una respuesta que pudiese conllevarle una autoincriminación en los hechos bien de este o de cualquier otro de los procedimientos abiertos en la actualidad, concretamente me refiero a “Papeles de Bárcenas”.

¿Qué obligaciones tiene Rajoy como testigo?

Los testigos, bajo juramento o promesa, tiene la obligación de decir la verdad sobre todo aquello que conozca y Rajoy no es la excepción. Su auténtico problema es que no podrá acudir a aquellos instrumentos discursivos a los que nos tiene acostumbrados. No podrá contestar con reticencias o inexactitudes ni silenciar hechos o datos relevantes.

La profundidad de sus respuestas dependerá, de una parte, de lo bien estructurados que estén los interrogatorios y, de otra, del margen que dé el presidente del Tribunal para preguntarle sobre todos aquellos hechos y datos de los que, sin duda, tiene conocimiento por los cargos que ha ocupado y ocupa en el Partido Popular.

¿A qué se arriesga con su declaración?

No cabe duda de que desde el Gobierno se lleva años intentando impedir que Rajoy declare y ello por diversos motivos: por las consecuencias que su declaración pueda tener para muchos pero, especialmente, para el propio presidente del Gobierno.

Entre los riesgos a los que se enfrenta Mariano Rajoy el más relevante es el de autoincriminarse en alguna de sus respuestas, pero ahí no acaba todo: el peligro que acechará a una persona que es capaz de decir una cosa y la contraria en la misma frase. También puede incurrir en un delito de falso testimonio si es sorprendido mintiendo en su declaración o, incluso, sin llegar a mentir en el caso de que se evidencie que está contestando a las preguntas con reticencias, inexactitudes o, simplemente, silenciando hechos o datos relevantes.

En cualquier caso, y con independencia de las cuestiones formales, sí hay que destacar que la resolución del Tribunal de llamarle a declarar es una decisión, en primer lugar, acertada porque Rajoy ha jugado un papel esencial dentro del PP en todos los años en que Bárcenas ha sido gerente y luego tesorero, es decir, en los años que se están investigando. Y, en segundo lugar, no cabe duda de que estamos ante una decisión valiente que demuestra que “aún quedan jueces en Madrid”. El Tribunal ha abierto una puerta, a instancias de la acusación popular, y por esa puerta se tendrá que avanzar, con tiento y prudencia pero sin pausa, para intentar desentrañar una de las mayores tramas de corrupción de la historia de España.

Lo lamentable no es que Rajoy tenga que acudir a declarar sino que lo haga obligado por un Tribunal. Cualquier presidente de Gobierno que vea su nombre relacionado con un caso de corrupción no debería esperar ocho o más años para declarar y, mucho menos, intentar todo tipo de maniobras para evitarlo. Porque quien nada debe nada teme. Pero en el caso de Rajoy el auténtico problema es que "todo es falso, salvo alguna cosa" y esa “cosa” es la que puede terminar pasándole factura.

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