Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.
Ni inmovilismo ni reforma: ¡proceso constituyente!
- Con este artículo, firmado por su Consejo editor, Contrapoder busca introducir argumentos para un debate ciudadano sobre el sentido y contenidos que debería tener un futurible proceso constituyente en España.
El análisis del creciente malestar ciudadano deja traslucir un agotamiento del modelo de Estado gestado durante la transición y culminado con la promulgación de la Constitución de 1978. La crisis económica de los últimos años ha puesto de manifiesto una profunda crisis institucional que el actual régimen político es incapaz de resolver. En esta dramática coyuntura, cada vez son más las voces que claman por establecer un nuevo acuerdo de convivencia, resultado de un auténtico proceso constituyente que vaya más allá de meros retoques o reformas constitucionales. Un proceso que configure un marco cultural, social, económico y político más igualitario, justo y radicalmente democrático.
En Contrapoder tomamos posición claramente del lado de la necesidad de gestar, desarrollar y llevar a cabo un proceso constituyente. Creemos que este proceso solo puede legitimarse a partir de un amplio acuerdo ciudadano. Para alcanzarlo hace falta generar la hegemonía social suficiente en torno al agotamiento del régimen constitucional actual y a la necesidad de un nuevo marco de discusión. Es decir, sobre los conceptos esenciales y propios de todo proceso constituyente (un lenguaje común), así como sobre las grandes áreas en que debe centrarse (un objetivo político común).
La legitimidad de este proceso constituyente no puede radicar en el poder político actualmente constituido, asentado sobre una democracia de baja intensidad tendente al bipartidismo y a la exclusión de la participación ciudadana directa en los asuntos públicos. Debemos aprender de los errores de la experiencia de 1978. Parte esencial de las actuales disfunciones constitucionales no han surgido recientemente, sino que se vienen arrastrando desde la transición y, en gran medida, tienen que ver con la forma como se gestó el actual texto constitucional. De ahí que en este futuro proceso resulte imprescindible garantizar la participación real del pueblo durante todo su recorrido, y no solo en el momento final de convalidarlo mediante referéndum. Su legitimidad, efectividad y permanencia dependerán del respaldo ciudadano.
¿Qué áreas o temas deberían ocupar el núcleo de esta propuesta de ruptura democrática? Para identificarlas basta con detenerse en aquellos aspectos que generan una mayor confrontación entre los partidarios del actual régimen constitucional -incluidos quienes solicitan algunas reformas que lo “maquillen”- y quienes creemos en la necesidad de plantear un proceso constituyente serio, claro, concreto y, por supuesto, posible.
Un primer tema reside en la cuestión territorial, es decir, la estructura y distribución geográfica del poder. Máxime cuando las costuras del Estado autonómico diseñado en 1978 se resquebrajan por todos los lados. Este problema no es ahora ni ha sido en el pasado un asunto menor. Las alternativas son múltiples e incluyen distintos acuerdos federales y confederales respetuosos del derecho a decidir de sus unidades territoriales y que, por tanto, podrían incluir o no a los pueblos que hoy conforman el Estado español.
Las constantes injerencias del poder ejecutivo en la esfera propia del poder judicial -muchas de las cuales se perpetran con la más absoluta impunidad- ha puesto también en discusión el modelo constitucional de separación de poderes. Se requieren mecanismos institucionales que garanticen la independencia real del poder judicial. Solo desde la existencia de un sistema de “pesos y contrapesos” entre los diferentes poderes del Estado se podrá construir una democracia sólida. Sin olvidar el cambio radical en el diseño del Tribunal Constitucional, hoy un juguete en manos de las mayorías del PP y del PSOE, quienes con frecuencia lo utilizan como “tercera cámara” para sus estrategias de oposición política uno contra el otro.
Otro tema central en el proceso es la relación del Estado con la o las Iglesias, máxime en un caso como el español donde la opción seguida en 1978 -el conocido como Estado aconfesional- ha provocado una inaceptable situación de poder para la Iglesia católica, tanto en términos institucionales como económicos, de la que no duda en beneficiarse. Plasmar constitucionalmente el carácter laico del Estado sería la forma de evitar que la cuestión religiosa invada la esfera pública y de garantizar, además, la igualdad en la pluralidad de creencias religiosas que existen en la sociedad.
También la protección constitucional de los derechos fundamentales necesita ser reforzada para que estos puedan ser instrumentos de “contrapoder” dirigidos a imponer límites al poder público y privado. Reforzar constitucionalmente los derechos, obligando asimismo a su adecuado desarrollo legislativo, resulta imprescindible para evitar su secuestro por el poder y conseguir que se sitúen al servicio de la libertad e igualdad real de todas las personas. En este sentido, resulta imprescindible garantizar en términos de derechos la participación ciudadana en la vida pública y sus cauces de expresión. Unos derechos que, en suma, permitan configurar una democracia radical.
El marco constitucional de 1978 se auto-proclama como un “Estado social y democrático de Derecho”. Sin embargo, este principio se ha visto vaciado de contenido por las privatizaciones, los recurrentes recortes sociales y la decisión -inédita en el derecho comparado- de otorgar al pago prioritario de la deuda auténtico rango constitucional. Un proceso constituyente democrático debería revertir esta tendencia y plantearse tanto el control público y social de la economía como su reconversión ecológica. Igualmente, debería revertir la actual consideración de los derechos sociales como simples principios rectores de la política social y económica y consagrarlos como auténticos derechos fundamentales exigibles ante los tribunales.
El corolario lógico a un proceso abierto y participativo es que la esfera pública esté presidida por el principio democrático. Si de democracia estamos hablando, entonces debemos extender esta a todas las instituciones del Estado, incluida la forma de acceso a la jefatura del mismo. Esta es una cuestión que no puede quedar al albur de las leyes de la genética, como sucede en las monarquías. La apuesta es clara: un régimen republicano. Pero la respuesta no ha de quedar aquí, dado que existen varias posibilidades a la hora de articularlo. En efecto, hay notables diferencias entre una república de corte parlamentario y otra de cariz presidencialista.
En función de lo expuesto, a lo largo de los próximos días iremos publicando una serie de artículos donde se desarrollarán las ideas aquí esbozadas. El objetivo es poner un punto más en la discusión jurídica y política que haga factible el proceso, evitando que este quede en un mero eslogan electoral. No se trata -ni mucho menos- de la elaboración de una propuesta constituyente cerrada, sino tan solo de acotar el marco en que debería desarrollarse un debate en el que está llamada a participar toda la ciudadanía.
Sobre este blog
Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.