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El Tribunal de Estrasburgo revisará la condena a España por las devoluciones en caliente

Un agente de la Policía Nacional arrastra a un inmigrante herido al otro lado de la valla de Melilla./ Blasco de Avellaneda

EFE/eldiario.es

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos revisará la condena a España por las devoluciones en caliente de dos personas en la valla de Melilla, después de que el Gobierno español hubiese recurrido el fallo que concluyó que estas prácticas son ilegales. 

La Gran Sala de la Corte europea celebrará una vista pública en la que los abogados del Estado y de los defensores expondrán sus posturas. Posteriormente, se iniciará la deliberación para un nuevo fallo que se podría hacer público en menos de un año.

La Sala consideró entonces que estas expulsiones inmediatas suponen una “expulsión de carácter colectivo”, contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos, y además se vulneró el derecho a un recurso efectivo. El Tribunal acordó condenar al Estado a indemnizar con 5.000 euros por daños morales a cada uno de los demandantes.

El 13 de agosto de 2014, el maliense N.D. y el marfileño N.T. fueron esposados y entregados a las autoridades marroquíes “contra su voluntad” y “sin ninguna medida administrativa o judicial previa”. Según el fallo de la Sala, los demandantes fueron expulsados “sin que antes tuvieran acceso a intérpretes y a una asistencia jurídica” y “fueron privados de toda posibilidad de recurso” ante una autoridad judicial.

Ambos volvieron a intentar saltar la valla de Melilla en octubre y diciembre de 2014. N.D. fue reenviado a Mali el 31 de marzo de 2015 y la situación actual de N.T. es desconocida.

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