Las deportaciones inmediatas incumplen la Ley de Extranjería y también el tratado con Marruecos
En las escasas ocasiones en las que el Gobierno o la Guardia Civil han admitido haber efectuado devoluciones en caliente de inmigrantes, ilegales según la ley de Extranjería, han apelado al tratado de readmisión de extranjeros firmado entre Marruecos y España en 1992 -aprobado en 2012-. Así, durante años, han dejado en el aire la ambigüedad de qué norma prima sobre la otra. No obstante, las entregas inmediatas a inmigrantes, reconocidas por el Gobierno, incumplen ambos documentos, además de un sinfín de tratados internacionales.
Después de confirmar que el Gobierno está trabajando en una próxima reforma de la Ley de Extranjería para legalizar estas prácticas, el propio portavoz del Partido Popular reconoció que el acuerdo bilateral con el reino alauí “permite que el Estado pueda devolver a los inmigrantes que entran ilegalmente” pero, según detalla, “parece que da lugar a problemas”.
Estos “problemas” que dificultan las entregas inmediatas se centran en la obligatoriedad de identificar a los extranjeros que, después de alcanzar territorio español, son devueltos a Marruecos. Algo difícil en el caso de los inmigrantes de origen subsahariano -la mayoría sin documentación o con documentación falsa- pero fundamental para garantizar los derechos de los extranjeros, como el de asilo.
“La solicitud de readmisión deberá ser presentada en los diez días posteriores a la entrada ilegal al territorio. En ella se hará constar todos los datos disponibles relativos a la identidad, la documentación personal y a las condiciones de su entrada”, reza el Artículo 2 del tratado hispano-marroquí. Sin embargo, las devoluciones inmediatas, como las llevadas a cabo por la Guardia Civil el pasado 6 de febrero tras el trágico intento de entrada a Ceuta, incumplen estas normas ya que en ningún momento se pide la documentación a los inmigrantes ni se trata de averiguar su identidad.
Además, según dicho acuerdo, España debe asegurar que los extranjeros readmitidos en Marruecos sean enviados “lo antes posible” a su país de origen o al Estado donde comenzaron su viaje, siempre y cuando los inmigrantes estén en situación irregular en el reino alauí. Tampoco se cumple: estas personas, después de ser entregados ilegalmente, suelen ser trasladados por las autoridades marroquíes a comisarias de diferentes puntos del país para después ser dejados en libertad o abandonados en la frontera con Argelia, con el objetivo de alejarlos de la frontera.
Igualmente, el tratado no se aprobó oficialmente hasta 2012 y las expulsiones inmediatas en las fronteras de Ceuta y Melilla comenzaron hace 12 años. Por tanto, aunque el acuerdo de España y Marruecos admitiese estas prácticas, también habrían cometido irregularidades durante todo este tiempo.
La legislación interna tampoco contempla este tipo de devoluciones. Según la Ley de Extranjería, “si una persona accede a España de forma irregular, los encargados de la custodia de costas y fronteras que hayan interceptado a los extranjeros –Guardia Civil en este caso– los conducirán a la mayor brevedad posible a la correspondiente comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, para que pueda procederse a su identificación y, en su caso, a su devolución”. Además, el extranjero “tendrá derecho a la asistencia jurídica, así como a la asistencia de intérprete”. Este proceso puede alargarse durante años.
“Este tipo de devoluciones no tienen ningún tipo de cobertura por ningún tratado internacional ni lógicamente por ninguna ley interna”, explica a eldiario.es Jorge Antonio Quindimil, profesor de Derecho Internacional Público de la Universidad de A Coruña. “Una de las garantías básicas para la devolución es la identificación, para asegurar que esas personas no son devueltas a países en los que pueda estar en peligro su vida”.
12 años de expulsiones ilegales
Sin embargo, las devoluciones inmediatas realizadas durante los últimos doce años se han llevado acabo sin identificación previa de los inmigrantes, según han documentado diferentes organizaciones sociales y periodistas. En estos meses se han difundido determinados vídeos, grabaciones y fotografías que demostraban -una vez más- esta forma de proceder de la Guardia Civil. Mientras, Interior continuaba negando estas prácticas ilegales hasta que, recientemente, el ministro reconocía algunos “casos puntuales” en los que los extranjeros son expulsados irregularmente.
Tras la tragedia de Ceuta, varios vídeos mostraban cómo el instituto armado entregaba a un grupo de inmigrantes a la policía marroquí. Esta vez, el ministro lo justificó asegurando que los inmigrantes, aun estando en la orilla de la playa ceutí, no estaban en territorio español hasta que no sobrepasasen la cadena humana formada por los agentes. Una afirmación que, según analizan expertos en derecho internacional y organizaciones sociales, es insostenible. La última: el Gobierno trabaja en una posible modificación de la Ley de Extranjería para agilizar las devoluciones de inmigrantes a Marruecos.
¿Es posible hacerlo sin vulnerar los derechos fundamentales de los estos? “La única forma de agilizar las devoluciones es acortando los plazos, los trámites y los requerimientos relativos a los expedientes que hay que abrirles a cada uno de los inmigrantes, ya que se tiene que garantizar el derecho de asilo y la asistencia médica y jurídica. Todo ello exigiría una multiplicación de medios técnicos y humanos, aunque podría hacerse”, afirma Quindimil, quien recuerda que “cualquier intento de modificar la ley para contemplar devoluciones exprés es inconstitucional, es ilegal y violaría el Derecho Internacional”.
Bruselas ha exigido explicaciones por carta a España este miércoles acerca de la actuación de la Guardia Civil durante el pasado intento de entrada a Ceuta en el que murieron al menos 15 personas. La comisaria europea de Interior insta al ministro español a “examinar en particular el uso de la fuerza durante esta operación y la presunta devolución en calientede inmigrantes a Marruecos”, haciendo especial hincapié, en “respetar los derechos fundamentales de las personas y el principio de no devolución”.