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Barcelona se aleja de las recomendaciones de Bruselas en su nueva batalla contra Airbnb

Imagen de archivo de una protesta en Barcelona contra los apartamentos turísticos

Marta Garijo

Barcelona ha vuelto a reabrir este verano la batalla contra las plataformas de alojamiento y recordado que multará a aquellas que anuncien pisos que no cumplan con la legislación turística. En medio del caos sobre la regulación de la economía colaborativa, Bruselas marcó unas líneas generales a comienzos de junio para homogeneizar la regulación de este sector. En este documento apuntaba que, según las normas relativas a los servicios de la sociedad de la información y el comercio electrónico, no se podía obligar a que las webs busquen de forma activa los anuncios ilegales.

El Ayuntamiento de la ciudad presentó un plan de choque para hacer frente a las viviendas turísticas ilegales la semana pasada. La iniciativa llega después de las recomendaciones de Bruselas y tras un par de veranos calientes en algunos barrios de la ciudad con protestas por la proliferación de viviendas turísticas.

En la rueda de prensa tras la presentación del plan, los portavoces del Ayuntamiento recordaban que nueve portales siguen anunciando viviendas turísticas sin licencia y señalaron a Tripadvisor, Fotocasa, Rent4days, 9flats, Housetrip, Only-apartaments, Windu, Oh Barcelona y Niumba.

En este sentido, fuentes municipales señalan que las sanciones se deben a la aplicación de la ley de turismo de la Generalitat Catalana. La normativa señala que los anuncios tienen que tener un número de referencia, una identificación que consideran que es responsabilidad de la plataforma comprobar.

El contexto europeo

La Comisión Europea, en su documento presentado a comienzos de junio, marcaba las directrices generales para regular la economía colaborativa –por ahora como recomendaciones– y explicaba que, en general, estas plataformas “prestan un servicio a distancia por medios electrónicos y a petición de quienes van a recibir los servicios”.

Por tanto tienen que estar reguladas por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico. “Bajo la normativa de la UE, los estados miembros no pueden imponer a las plataformas colaborativas, en la medida que proveen servicios de hosting, una obligación general de monitorizar o de buscar activamente hechos o circunstancias indicadoras de actividad ilegal”, decía el órgano europeo en su texto.

“Lo que ha hecho la CE es recordar cómo se aplica la directiva de comercio electrónico, que en España está regulada con la ley 34/2002. Por la que una plataforma no tiene por qué controlar la legalidad de todo los anuncios que haya publicado a no ser que haya una autoridad que lo indique”, apunta Miguel Ferrer, asesor en asuntos públicos de Kreab.  En este sentido, Ferrer señala que “la viabilidad jurídica de las acciones del Ayuntamiento de Barcelona son bastante discutibles y pueden ser contraproducentes”. 

Son unas “orientaciones jurídicas” para las autoridades y para las empresas para conseguir el “desarrollo equilibrado y sostenible” de estos nuevos modelos de negocio. “Invitamos a los Estados miembros a que revisen sus normativas a la luz de estas orientaciones y estamos dispuestos a apoyarles en este proceso”, apuntó en la presentación la comisaria Elzbieta Bieńkowska, responsable de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes.

Juan José Montero, profesor de la Uned especializado en Derecho de Economía Colaborativa y abogado del despacho MLAB, incluye otro factor en la disyuntiva de cómo regular este sector. “Lo que yo entiendo que dice la CE es que se reafirma que estas plataformas están dentro de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y que esta normativa señala que cuando una plataforma no está establecida en España la normativa que rige es la del lugar de establecimiento”, señala. 

“La directiva dice que el Estado solo puede restringir la actividad en casos muy concretos que afecten a la salud pública, la seguridad nacional o la protección al consumidor, los cuales están sujetos a un gran control por parte de la CE, a la que hay que informar en el caso de querer aplicar uno de estos principios”, añade.

La historia de las multas

El primer anuncio de multas por parte del Ayuntamiento de Barcelona llegó en diciembre de 2015, aunque debido a los procesos administrativos que permiten alegaciones y contraalegaciones todavía no se han cobrado.

El consistorio multó a Airbnb y HomeAway con 60.000 euros a cada uno. La multa era resultado de dos expedientes sancionadores, cada uno de 30.000 euros: el primero por publicitar pisos turísticos ilegales sin el número de Registro de Turismo de Catalunya (RTC) y el segundo por no responder a los requerimientos de la Administración que les pedía un listado de pisos turísticos sin el número de referencia.

Tras el anuncio del Ayuntamiento, la compañía Airbnb en un comunicado calificó como “decepcionante comprobar cómo el Ayuntamiento de Barcelona sigue promoviendo una regulación arcaica que protege a las empresas tradicionales y no deja espacio para los particulares”. 

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