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La reforma laboral que incendia Francia, inspirada en la que aprobó Rajoy

Manifestación contra la reforma laboral en Francia.

Ana Requena Aguilar / Moha Gerehou

Las calles de Francia claman contra la reforma laboral que ha aprobado el Gobierno de François Hollande. Myriam El Khomri, ministra de empleo francesa, pone su apellido a una norma que ha desatado una ola de protestas lideradas por las centrales sindicales. Intelectuales de la talla de Thomas Piketty o los participantes en el movimiento Nuit Debout, de grandes similitudes con el movimiento 15-M, plantan también cara a la norma. Su contenido se inspira con claridad en la reforma laboral aprobada en España por el Gobierno de Mariano Rajoy, y recuerda a las puestas en marcha en los países rescatados, como Grecia o Portugal. ¿En qué puntos se parecen?

1. Negociación colectiva. La nueva ley francesa ataca al pilar en el que asientan las relaciones entre empresa y trabajadores y que fija las condiciones laborales. Propone que prime el convenio de empresa sobre los sectoriales, algo que la reforma española ya impuso. La crítica principal a este cambio, en Francia o en España, es la misma: si el convenio de empresa puede saltarse el resto de acuerdos –sectoriales o territoriales– se abre la puerta al 'dumping social', es decir, a que las empresas rebajen todo tipo de condiciones con tal de resultar competitivas y vender más barato que su competidora. Los convenios sectoriales fijan, por contra, condiciones homogéneas para todo un segmento productivo, de forma que las empresas pueden hacer sus propios convenios pero sin saltarse las líneas marcadas por el sector. La fuerza sindical en los sectores es, además, más potente que el poder negociador que puedan tener en una sola empresa.

2. Indemnizaciones por despido. La norma introduce nuevos límites y más rígidos en las indemnizaciones por despido improcedente. El proyecto contemplaba un tope de 15 meses para los trabajadores con más antigüedad en lugar de 27 meses. Sin embargo, aunque la intención era que los nuevos límites fueran inapelables para evitar interpretaciones judiciales, la presión de las huelgas ha hecho que el Gobierno ofrezca una horquilla de límites a las indemnizaciones que los tribunales aplicarán según consideren. La reforma de Rajoy redujo la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año trabajado.

3. Expedientes de regulación de empleo. Como en España, aumentan los motivos por los que se pueden hacer despidos colectivos por causas económicas. A partir de ahora se podrán hacer también por descensos en la cifra de negocio o pedidos o por cambios organizativos para mantener la competitividad. Bastará con cuatro trimestres en negativo para hacerlo. La situación es similar a la de España tras la reforma laboral: aquí los despidos objetivos o por causas económicas pueden hacerse por pérdidas actuales o previstas

4. Tiempo de trabajo. Las famosas 35 horas semanales de trabajo en Francia ya no serán tales. Aunque ya existían excepciones, la norma incluye más situaciones ante las que las empresas pueden ampliar la jornada laboral de sus plantillas. La llave para modificar la jornada las tendrán las compañías con solo alegar motivos como la entrada en un nuevo mercado, una reestructuración en el seno de la compañía o simplemente por alguna causa considerada excepcional.

5. Modificación de las condiciones de trabajo. Una empresa podrá cambiar las condiciones de trabajo fijadas en el contrato de un trabajador, aunque con su aprobación. No podrá hacerlo, eso sí, con el salario. En este punto, la reforma de España parece más agresiva: permitió que las empresas hagan modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, incluidos los sueldos, y de forma unilateral, si bien tienen que negociarlo con los representantes sindicales.

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