Canción triste de Moratalaz Street (o usos policiales predemocráticos en pleno s.XXI)
Reflexión personal sobre usos y costumbres en los interrogatorios policiales en la España del s.XXI con motivo de una queja de la Brigada Provincial de Información (Policía Nacional) al Colegio de Abogados de Madrid.
Para empezar os presento un par de escenas ‘de ficción’ en escenarios conocidos. Comenzamos:
SECUENCIA 1. __________________________________________________ INTERIOR DÍA. COMISARÍA NUM. 9 DEL LOWER EAST SIDE, ISLA DE MANHATTAN, NEW YORK. NYPD. __________________________________________________
Estamos en una sala de interrogatorios. Mal iluminada. Solo hay un ventanuco y huele mal.
En el centro, una mesa metálica con cuatro sillas, dos a cada lado.
Hay un señor sentado en una de las sillas a un lado de una mesa. Se abre la puerta entran dos policías. Son detectives de paisano.
POLICÍA 1
(señalando al detenido)
¿Oye, le han leído a este ya sus derechos?
POLICÍA 2
(mirando unos papeles)
Pues ni idea, supongo que sí, pero en el informe no pone nada.
POLICÍA 1
(con voz grave, como pontificando)
Pues otra vez, vamos sobre seguro. Las cosas hay que hacerlas bien, Mike. Dale.
POLICÍA 2
(de forma automática, como aburrido)
Tiene el derecho a guardar silencio. Cualquier cosa que diga puede y será usada en su contra en un tribunal de justicia.
Tiene el derecho de hablar con un abogado. Si no puede pagar un abogado, se le asignará uno de oficio...
Uno de los policías se sienta en la mesa. El otro aguarda junto a la puerta. El agente comienza a interrogar a la persona al otro lado de la mesa. Ésta, mira al frente y guarda silencio. Las preguntas se suceden. El detenido, guarda silencio. Pasan unos minutos. Los policías se miran entre sí. El que está sentado se levanta y ambos salen de la sala de interrogatorios.
CORTA A...
SECUENCIA 2. __________________________________________________ INTERIOR DÍA.COMISARÍA DE MORATALAZ, MADRID. BRIGADA PROVINCIAL DE INFORMACIÓN, POLICÍA NACIONAL
Estamos en una sala de interrogatorios. Mal iluminada. Solo hay un ventanuco y huele mal.
En el centro, una mesa metálica con cuatro sillas, dos a cada lado.
A una lado de la mesa, hay un señor sentado en una silla. Junto a él, hay una joven con gafas con un maletín. Está leyendo unos papeles. Ambos en silencio. Tras ellos. Un agente de la policía uniformado los observa a unos metros de distancia silencioso. Se abre la puerta entran dos policías. Son detectives de paisano.
POLICÍA 1
(señalando al detenido)
¿Este es el que toca ahora, no?
POLICÍA 2
(mirando unos papeles)
Pues ni idea, supongo que sí, es lo que dice aquí.
POLICÍA 1
(con voz grave, como pontificando)
Pues venga, al lío Paco. Dale.
Uno de los policías se sienta en la mesa. El otro aguarda junto a la puerta.
POLICÍA 2
(de forma automática, como aburrido)
A ver, en el día de autos…
JOVEN CON GAFAS
(interrumpiendo al policía, girando la cabeza
y dirigiéndose al detenido. Habla con suavidad)
Le recuerdo que tiene derecho a guardar silencio y a no declarar en comisaría.
La joven calla. Hay un segundo de silencio.
POLICÍA 1
(gritando y golpeando con fuerza la mesa)
¡Pero esto qué es…, usted no puede…!
La joven abogada calla y mira al frente. El detenido calla y mira al frente. Pasan unos minutos. Los policías se miran entre sí. El policía que está sentado golpea la mesa de nuevo, se levanta y ambos salen de la sala de interrogatorios.
Bueno tras esta introducción de ficción, aclarar que esto que habéis leído en forma de guión es inventado pero algo así sucede de verdad. La primera parte la conocemos de las películas americanas, el archifamoso “Miranda warning”, el informar al detenido de un derecho básico, traduciendo, la policía le informa al detenido ANTES DE INTERROGARLE, claro: “oiga, que sepa usted que se puede callar en vez de autoinculparse, ESPECIALMENTE HASTA QUE HABLE CON UN ABOGADO Y ESTE LE RECOMIENDE QUE SE CALLE…”. Cuestiones de garantías procesales y cosas de esas. Esto que os cuento, sale en las películas pero es verdad, vamos, que sucede así.
Lo más sorprendente es que el segundo escenario, el patrio, también se ha dado. Abajo os reproduzco el documento con la queja enviada por el Comisario de la Brigada Provincial de información de la Policía Nacional al colegio de abogados de Madrid quejándose por el comportamiento de algunos abogados durante el interrogatorio de unos detenidos. El documento ha sido publicado por LegalSol:
Pues eso: la policía pretende que si vas detenido a comisaría y (por lo que sea) estás en el interrogatorio acompañado de tu abogado, este no te pueda avisar de que estás en tu derecho a no declarar. En el caso de que tú no lo sepas, la policía quiere que tu abogado se siente ahí a tu lado sin decirte nada mientras el policía que te interroga te pregunta, te lía o te miente en el interrogatorio, como creo que le permite hacer la ley. Bueno, en realidad sí. La policía sí que quiere que tu abogado hable contigo y te avise de lo que considere oportuno, lo que pasa es que quiere que lo haga después. Después de declarar ante ellos. O sea, después de pasar por sus manos.
España, Europa, s.XXI.
A mi nivel de “derecho a nivel de ciudadano”, o sea, sin ningún rigor jurídico, IMPORTANTE, esta interpretación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que hace la policía me da que incumple de plano el superior derecho que nos otorga el artículo 24.2 de la Constitución Española que habla del Derecho Fundamental a la asistencia de un letrado. Mirad:
Y bueno hasta un analfabeto jurídico como yo sabe eso de que leyes de mayor rango prevalecen sobre otras de menor. En este caso sería la Constitución sobre un Real Decreto (Ley de Enjuiciamiento Criminal), muy enmendado, pero de, atentos, el año 1882. En serio, no es broma: MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS.
Asimismo, tenemos una Directiva Europea al respecto ya aprobada pero por transponer, la “2013/48/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013, sobre el derecho a la asistencia de letrado en los procesos penales y en los procedimientos relativos a la orden de detención europea, y sobre el derecho a que se informe a un tercero en el momento de la privación de libertad y a comunicarse con terceros y con autoridades consulares durante la privación de libertad”. Directiva que también obliga a esa asistencia del letrado, evidentemente, ANTES de declarar ante la policía. Aquí tenéis un extracto de la Directiva:
Por otra parte resulta que en España existe también alguna jurisprudencia al respecto, como esta sentencia del Tribunal Constitucional que referenciaron los compañeros de LegalSol en twitter y que, nuevamente sin ningún conocimiento jurídico pero con algo de comprensión lectora y de razón, parece que avala lo evidente: que te tiene que asistir un letrado para tu interrogatorio, pero antes y no después de que suceda.
Sentencia 199/2003 de 10 de noviembre de 2003 del Tribunal Constitucional, extracto:
Este tema de la deficiente asistencia al detenido no es del todo nueva, y parece que la prensa ya lo ha tratado en alguna ocasión. Mirad este artículo que os dejo aquí.
Y por cierto, ATENTOS a la fecha del mismo, amigos:
Pues sí, 1979… y por lo visto 25 años después todavía seguimos igual, porque parece que vamos a agotar el último día posible, 27 de noviembre de 2016, fecha del último plazo legal que tenemos, para transponer la Directiva de la Unión Europea que nos obliga a prestar esa asistencia letrada a todas luces razonable.
Resumo: estamos a 2014, con una Ley de Enjuiciamiento Criminal del año 1882 'multiparcheada', una Constitución que garantiza (sobre esa ley) el Derecho a la Defensa y a la asistencia de un letrado, sentencias de altos tribunales que indican como habría que interpretar esa Ley Enjuiciamiento Criminal en un sentido garantista, una Directiva Europea por trasponer que nos va a obligar a (evidentemente) garantizar esa atención previa a los detenidos..., pero no, la policía se queja de que los abogados les indiquen a los detenidos de que les asiste el derecho a guardar silencio y/o no declarar.
Eso, está pasando en nuestras comisarías. Hoy.
Y una última cosa. Un matiz jurídicamente irrelevante (creo), pero también creo que socialmente interesante (en el contexto en el que nos encontramos de represión generalizada y recorte de libertades). Las personas y delitos objeto del conflicto de las que hablo este post, no se tratan de peligrosos terroristas ni delincuentes violentos multireincidentes, bla, bla, bla… No.No va la cosa de “la delincuencia más grave o peligrosa”, dicho mal y pronto pero para entendernos.
Pues eso, que la final va a resultar que la gente que gritaba en la calle tenía razón y: “parece una Democracia y no lo es…”
p.s.1 Este post lo he escrito sin consultar a ningún jurista y con mis nulos conocimientos de derecho, que básicamente comienzan y acaban en “¡¿Ordenó usted el Código Rojo?!”.
Es probable que el texto esté lleno de imprecisiones, pero me parecía interesante contarlo desde el punto de vista y la percepción del ciudadano que sencillamente alucina cuando se entera de alguna de estas cosas. Y algo mucho peor: se siente indefenso y engañado. Engañado por los que te tienen que proteger. Por los que velan por tu seguridad. Por los de las armas y la ley. Los del monopolio de la violencia. Esa gente que se merecen todo mi respeto, se la juegan por mí y que tanto bien hacen, pero que en esas pocas ocasiones (y lamentablemente en mi vida me encuentro con algunas) tienen un comportamiento cuanto menos cuestionable.
En caso de errores mayores, por favor, me avisen, y se corregirán de inmediato. Si alguna de las partes nombradas en la pieza quiere precisar algo o publicar su propio texto en este blog, están más que invitados. #Interferencias es un espacio de debate y aprendizaje y estaremos encantados de recibir alguna onda extraña que nos interfiera y publique su texto.
p.s.2 Por cierto. No sé si tiene que ver, pero esta queja de la policía hacia el colegio de abogados se produce pocos meses después de otra queja, pero en dirección contraria. El colegio de abogados de Madrid se quejó a la policía (a petición de la Asociación Libre de Abogados) por, ATENTOS, la práctica en Madrid de interrogatorios policiales que se llevan a cabo por funcionarios encapuchados.
Sí, España, Europa, s.XXI.
Y nuevamente, no precisamente en “graves casos de terrorismo”. Yo conozco a una persona a la que condujeron dos funcionarios de la policía encapuchados en un coche sin marcar desde una comisaría a otra para tomarle declaración, y que era sospechosa del 'terrible crimen' de, atentos otra vez: haber tirado del freno del metro en una acción que tuvo lugar el año 2012.
p.s.3. Este es un mensaje personal para el abogado del turno de oficio que me toque.
Querido letrado: en mi caso no va a hacer falta, que ya me lo sé, pero en cualquier caso le agradecería, y mucho, que se arriesgue a un grito, reprimenda, sanción o lo que sea , y en caso de atenderme en una comisaría, me avise de mi derecho constitucional a guardar silencio o no declarar en ese momento. Muchas gracias.
(Y estoy seguro de que muchos de sus otros detenidos también se lo agradecerían)
y p.s.4 Y para acabar, supongo que esta es una de las cosas que tendrían que enseñar en la asignatura esa de Educación para la Ciudadanía. Usaremos este espacio para insistir. Y las mayúsculas y la negrita para que se vea más. A ver:
SI TE DETIENEN, TIENES DERECHO A GUARDAR SILENCIO Y NO DECLARAR ANTE LA POLICÍA. PUEDES HACERLO ANTE UN JUEZ. DE HECHO, ES RECOMENDABLE NO DECIR -NUNCA NADA- HASTA NO RECIBIR EL CONSEJO LEGAL ADECUADO. TU ABOGADO, YA TE INDICARÁ CUANDO LO VEAS LO QUE HACER. NO DIGAS NADA HASTA QUE HABLES CON ÉL.
Vaya consejos ‘antisistema’ que damos en este blog, oye…
[EDITADO, 18 de marzo, 7h16]
Me escribe un abogado de @LegalSol:
“Sólo aclararte que la mayoría de las veces hacen la lectura delante del abogado e inmediatamente preguntan al detenido si va a declarar. Ahí surge la tensión cuando ves al detenido dudar (le leen los derechos rápido y con aquel tono). Lo que censuran es que les asesores o aconsejes a usar su derecho a no declarar más que que le informes de que lo tiene. Lo que quieren es que no abras la boca hasta que acaben”.
Sigo yo. El comienzo de la pieza es una “ficción”. Y este matiz que agradezo conocer, interesante y sobre todo real, -no una alegoría como el comienzo de la pieza-, entiendo que no cambia demasiado el preocupante fondo del asunto. El que el detenido, tú o yo cuando nos toque si es que sales a la calle a protestar (que es de los casos en los que estamso hablando aquí), sigamos totalmente indefensos.
Muchas gracias y disculpas si no he sabido explicarme bien o he inducido a errores.
Bueno, y ya que edito el post aprovecho para contar algo más: lo de los golpes en la mesa del cuento del principio, eso también es verdad.
Sobre este blog
Interferencia (Wikipedia): “fenómeno en el que dos o más ondas se superponen para formar una onda resultante de mayor o menor amplitud”.