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La justicia tumba la maniobra de Aguirre para legalizar el campo de golf del Canal de Isabel II

Esperanza Aguirre e Ignacio González en la inauguración de las instalaciones en marzo de 2007.

Marcos Pinheiro

El campo del golf que Esperanza Aguirre impulsó en los terrenos del Canal de Isabel II en el barrio madrileño de Chamberí es ilegal. Lo dijo una sentencia del Tribunal Supremo en 2013 y lo reitera ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), invalidando la maniobra por la que la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento trataron de legalizar la instalación.

La sentencia, a la que ha tenido acceso eldiario.es, da la razón a la asociación Parque Sí en su recurso contra la decisión de la Comunidad de Madrid de legalizar la instalación elaborando un plan especial para tal efecto. El tribunal declara su nulidad de pleno derecho y establece que se deben adoptar las medidas necesarias para “la reposición y restablecimiento de la parcela a su estado físico anterior a la ejecución de las obras”.

Así, una nueva sentencia vuelva a fallar contra el campo de golf que promovió Aguirre durante su etapa como presidenta de la Comunidad de Madrid. Desde que se construyó, la Comunidad ha ido acumulando reveses judiciales por las obras y polémicas por su funcionamiento, porque la empresa a la que se adjudicó la explotación tenía relación con el hermano y el cuñado de Ignacio González.

Primero el TSJM negó que existiera el “interés público” al que Aguirre se aferró para realizar la obra. Luego el Supremo desestimó en 2013 el recurso que la Comunidad había interpuesto y dio la razón a la asociación de vecinos El Organillo, que había cuestionado este supuesto “interés general”.

A pesar de ello, la Comunidad de Madrid elaboró ese mismo año un plan especial para legalizar el proyecto, al que dio el visto bueno el Ayuntamiento de Madrid, con Ana Botella como alcaldesa. El plan, que inició Aguirre y continuó Ignacio González, buscaba legalizar los usos deportivos que se habían dado a la instalación, una maniobra anulada ahora por la justicia.

La sentencia recoge que ese plan estableció “un incremento artificioso de la superficie de zona verde” para legalizar la instalación, y que buscaba la legalización de “un uso deportivo singular contrario al planeamiento urbanístico”.

“Los intereses generales han quedado desplazados por el interés particular de la legalización, con claro desvío de poder”, señala el texto. Este concepto, el de desvío de poder, se define como “el ejercicio de potestades administrativas para fines distintos de los fijados en el ordenamiento jurídico”.

A finales de 2015 la Junta Municipal de Chamberí aprobó, con los votos de Ahora Madrid, PSOE y Ciudadanos que ese campo de golf se transformase en un parque público, cumpliendo así la reivindicación de los vecinos. La concesión del campo de golf acaba en 2018, pero la intención del Ayuntamiento es ir “recuperando espacios” de manera paulatina.

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