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El Gobierno en funciones recurre la reducción de la jornada a 35 horas acordada por el Ayuntamiento de Madrid

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, y Carlos Sánchez Mato durante un Pleno del Ayuntamiento de Madrid.

Europa Press

El Gobierno central en funciones ha decidido recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid para fijar una jornada de 35 horas semanales a los funcionarios municipales.

El recurso contencioso administrativo, tramitado por Delegación del Gobierno, se fundamenta en lo dispuesto en la Ley de Bases de Régimen Local en lo relativo a función pública y del Estatuto Básico del Empleado Público, al entender que los funcionarios municipales tienen que tener la misma jornada el resto de administraciones, fijada en 37,5 horas.

Al respecto, y según la documentación a la que ha tenido acceso Europa Press y que adelanta el diario ABC, se alude al artículo 94 de la Ley de Bases de Régimen Local que establece que la jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será “en computo anual la misma” que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado, aplicando así “las mismas normas sobre equivalencia y reducción de jornada”.

Además, se cita la disposición adicional de los Presupuestos Generales del Estado para 2012 sobre medidas para reducir el déficit público y que fija para todas las administraciones públicas una jornada general de trabajo de 37,5 horas semanales de promedio en cómputo anual.

Este criterio se aplicó mediante resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas que fijaba la duración de la jornada general en 37 horas y media semanales de trabajo efectivo por medio de un cómputo anual de 1.664 horas.

En el recurso se detallan los acuerdos a impugnar de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid en base a lo dispuesto en la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Consistorio y sus organismos autónomos sobre jornada y horarios de trabajo.

Se alude a la jornada y horarios de trabajo establecidos en esos acuerdos, que fija como jornada ordinaria de trabajo la de 1.519 horas anuales, distribuidas en 217 jornadas de 7 horas diarias.

También se cita el acuerdo de Junta de Gobierno en base a lo pactado en las respectivas mesas sectoriales de Bomberos y de personal de SAMUR-Protección Civil, que establece una jornada de 1.470 horas en cómputo anual, según expone el recurso de Delegación.

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