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El plan de movilidad de Carmena: calles a 30 km/h, más libertad para los peatones y monopatines sin auriculares

Diferentes personas cruzan por un paso de peatones.

elDiario.es

El Ayuntamiento de Madrid reducirá la velocidad de circulación a 30 kilómetros por hora en todas las calles de un único carril y de un carril por sentido en la capital, y reducirá hasta los 20 kilómetros por hora la velocidad en los barrios con aceras al mismo nivel que la calzada. Además, los peatones podrán cruzar las zonas 30 por cualquier punto de la calzada.

Así se establece en el primer borrador de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible elaborado por el Área de Medio Ambiente del consistorio madrileño, que ha adelantado este viernes el diario El País. Una nueva ordenanza municipal que apuesta por “una mayor convivencia y seguridad vial, una movilidad más sostenible y la protección de determinados colectivos, como las personas con movilidad reducida o entornos escolares u hospitalarios”.

Además de estas nuevas limitaciones de velocidad, la ordenanza contempla que los peatones puedan cruzar por cualquier punto de estas zonas 30 sin necesidad de utilizar un paso de peatones, y recoge algunas de las demandas de los ciclistas. El borrador incluiría la posibilidad de los ciclistas de poder girar a la derecha con el semáforo en rojo -siempre que haya señalización que lo indique- y permitiría la circulación en doble sentido en calles residenciales y ciclocalles.

Con esta nueva ordenanza el Ayuntamiento de Manuela Carmena pretende “reducir la siniestralidad y pacificar el tráfico en beneficio de ciclistas y peatones”, y mejorar la lucha contra los niveles de contaminación en la capital.

Patines y monopatines regulados y sin auriculares

El borrador de la ordenanza de Movilidad regula, por primera vez, el uso de los vehículos de movilidad urbana de tipo personal en la vía pública, como los monopatines -que tendrá un uso exclusivamente deportivo- o los patinetes eléctricos. De aprobarse esta ordenanza, se exigirá la edad mínima de 16 años para poder conducir este tipo de vehículos y, bajo ningún concepto, podrá hacerse utilizando auriculares.

Límites de aparcamiento para las motos

En cuanto al estacionamiento de vehículos, las motos solo podrán hacerlo si dejan más de tres metros libres para el tránsito peatonal siempre que no haya una banda de estacionamiento en la calzada. Si existe esta banda de estacionamiento, las motos no podrán aparcar en la acera.

Además de en las zonas con estas bandas, el estacionamiento de las motos en la acera quedará prohibido en las zonas señalizadas como de prioridad peatonal.

Una vez redactada, la ordenanza definitiva tendrá que pasar un periodo de información pública y deberá ser aprobada por el Pleno municipal.

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