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El juez estima la oposición de ACPT a la ejecución provisional del desalojo de Espacio Argumosa

Iván Martínez, concejal de ACPT en el Ayuntamiento de Torrelavega.

Lara Expósito

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Torrelavega ha estimado la oposición presentada por la Asamblea Ciudadana por Torrelavega (ACpT) en relación a la ejecución provisional del desalojo de Espacio Argumosa. Además, el juez también ha decidido que los denunciantes se hagan cargo del pago de las costas del juicio.

La sentencia, que este lunes ha divulgado ACPT, es la respuesta al recurso de esta formación a autos previos en los que se concedía dos semanas al portavoz de esta formación, Iván Martínez, para desalojar y restituir el solar ubicado en la calle Argumosa 9, y a pagar 780 euros a cada uno de los tres propietarios que denunciaron la ocupación de la finca.

ACPT recurrió la ejecución provisional de la condena no dineraria y ahora el juez da la razón a las alegaciones que esgrime Martínez respecto a que “resultaría imposible o de extrema dificultad restaurar la situación anterior a la ejecución provisional en caso de que la sentencia fuese ulteriormente revocada”.

Por ello, deja en suspenso el pronunciamiento que ordenaba el desalojo en tanto la sentencia que condena a Martínez no sea firme, momento en que “se podrá interesar, en su caso, la ejecución definitiva” del mismo.

En concreto, deja en suspenso la ejecución provisional del desalojo del Espacio Argumosa y la orden de dejarlo “en el mismo estado en que se encontraba antes de la ocupación, sacando del mismo cuantos elementos se han introducido y reponiendo el vallado en la misma forma en que se encontraba”.

Por su parte, la condena dineraria, que Martínez no había recurrido, se mantiene en los mismos términos, es decir, 600 euros de indemnización más 180 euros de intereses para cada uno de los tres propietarios.

Antecedentes

El concejal y portavoz de Asamblea Ciudadana por Torrelavega (ACPT), Iván Martínez, fue condenado a pagar algo más de 5.000 euros por la ocupación de un solar ubicado en el centro de la ciudad y rehabilitarlo, junto a un grupo de personas, como un espacio autogestionado donde poder llevar a cabo actividades culturales.

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Torrelavega, consultada por eldiario.es, consideraba a Martínez autor de un delito leve de usurpación, por el que le condenaba a pagar una multa de doce euros durante seis meses -2.160 euros- y a indemnizar con 3.000 euros a cinco de los once propietarios de la parcela.

El fallo, además de la sanción económica, ordenaba el desalojo del solar y que el mismo, conocido como Espacio Argumosa, se dejara en el mismo estado en que se encontraba antes de la ocupación.

Los hechos por los que ha sido juzgado el concejal de la formación municipal se remontan a septiembre de 2015, cuando un grupo de ciudadanos, entre los que se encontraba Iván Martínez, accedieron a la parcela y procedieron a su limpieza para habitarla como un espacio dedicado a la cultura. Durante este tiempo, se han organizado actividades como teatro, cine, charlas, debates o talleres.

La juez María José de Arriba Moranchel cuestionaba que la ocupación, que a día de hoy se mantiene “pese a la negativa de la mayoría de sus propietarios”, se llevó a cabo “contando únicamente con la autorización de uno de los once de sus titulares” y señalaba que la misma se llevó a cabo derribando la valla, lo que hizo que el Ayuntamiento de Torrelavega incoara un expediente. En este sentido, consideraba probado que en este caso concurren los requisitos para que exista el tipo delictivo de usurpación.

Respecto al argumento de Martínez de que tenía autorización de uno de los propietarios del solar y de que solo conocía la existencia de tres de ellos, la sentencia señalaba que para considerar que se tenía permiso se exigiría el concurso “cuando menos, de la mayoría de los coparticipes”. Además, recordaba que para conocer la identidad de todos ellos podría haber consultado el catastro o el registro de la propiedad. Tampoco aceptaba la jueza el argumento usado por el edil en su defensa de que el solar se encontraba en un estado de abandono.

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