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Euskadi aprueba el 'DNI provisional' para los transexuales en proceso de reasignación de sexo

Natalia González de Uriarte

Ya es posible conseguir en Euskadi el 'DNI provisional' para los transexuales en proceso de reasignación de sexo. “Llega algo tarde pero llega”. Ese es el sentir transmitido por las personas afectadas directamente por esta medida prevista en la Ley de no discriminación por motivos de identidad de género y de reconocimiento de los derechos de las personas transexuales, aprobada en 2012, pero que el Gobierno vasco ha tardado más de tres años en desarrollar. “Todos estos asuntos burocráticos siempre se alargan pero queremos resaltar, por encima de las críticas, que por fin disponemos de esta posibilidad aunque la espera se haya alargado tanto en el tiempo”, ha relatado Sarai Montes, portavoz de Errespetuz, el colectivo que impulsó la iniciativa.

Para otros afectados, el retraso es “todo un despropósito”. En esos términos se ha manifestado la donostiarra Andrea Muñiz, la primera mujer que consiguió el cambio legal de sexo en Gipuzkoa. “No es necesario emplear todo ese tiempo. No había debate alguno pendiente sino que se trataba tan solo de unas modificaciones administrativas. Valoro el avance pero anunciar en este momento la noticia me parece interesado por parte del Gobierno vasco. Justo lo presenta unos meses antes de la convocatoria de las elecciones autonómicas”, ha declarado Muñiz, que denuncia que se haya “excluido a su asociación de toda la tramitación”.

En cualquier caso, las personas transexuales de Euskadi pueden solicitar a partir del 24 de diciembre en la Dirección de Política Familiar y Desarrollo Comunitario la documentación administrativa que les servirá de identificación en Euskadi hasta que finalicen el proceso de reasignación de sexo en el Registro civil. Este proceso para poder adaptar el DNI, desde que comienza la tramitación hasta que obtienen el documento modificado, puede alargarse en ciertas ocasiones hasta dos años. Durante este tiempo, los solicitantes se sienten “desprotegidos” al realizar cualquier trámite y presentar un DNI que no coincide con su género. “Imagínate las situaciones a las que nos enfrentamos cuando presentamos el DNI junto a la tarjeta de crédito para pagar y en esta pone Juan y no un nombre femenino. O cuando te topas con un control de circulación y la Policía te pide la documentación. Tienes que dar mil explicaciones y no siempre son bien recibidas. Sufrimos muchos problemas por esta situación” ha relatado Sarai Montes. El Gobierno vasco se ha comprometido a entregarles el 'DNI transitorio' en menos de un mes.

Derechos a nivel sanitario y educativo

El Gobierno vasco ha aprobado el Decreto que regula la documentación administrativa con el fin de que estas personas transexuales puedan ser “tratadas de acuerdo con su identidad de género libremente determinada”.

En caso de las personas procedentes de otros países, podrán utilizar también esta documentación hasta producirse el cambio registral en su país de origen.  Si son menores de edad, la petición deberá ser formulada por sus representantes legales, “teniendo en todo caso derecho a ser oída y manifestar su opinión” de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección de la Infancia y Adolescencia.

En la solicitud deberán consignarse los datos relativos a la nueva identificación de la persona solicitante, para lo que se deberá evitar la utilización de nombres propios que, “por sí o en combinación con los apellidos, resulten contrarios al decoro” y de aquellos que hagan “confusa” la identificación. 

Esta documentación transitoria lleva aparejado el reconocimiento de otra serie de derechos a nivel sanitario y educativo. En el caso de la sanidad, tendrán derecho a la adecuación de la documentación administrativa, con excepción de las referencias necesarias en el historial médico confidencial a cargo de Osakidetza.

En educativo, por su parte, tendrán derecho a la adecuación de los documentos administrativos del centro docente como listas de clase, boletín informativo de calificaciones, carnet de estudiantes, censos electorales para elecciones sindicales o administrativas y otros. No obstante, en el expediente oficial del alumno se mantendrán los datos de identidad registrados a efectos oficiales.

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