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Jarro de agua fría a los afectados por el IRPH: El Supremo falla en favor de la banca

Miembros de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa ante el Juzgado de San Sebastián

Eduardo Azumendi

Jarro de agua fría al millón y medio de familias españolas que tienen su hipoteca referenciada al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). El Tribunal Supremo ha dictaminado que la mera referencia de una hipoteca al IRPH (que es un índice oficila) no implica falta de transparencia ni es un abuso. Es decir, que según el Surpremo los bancos no tienen que informar más acerca de las peculiaridades de ese índice cuando un cliente decide hipotecar su vivienda con él. Se supone que el cliente debe conocer todo lo relacionado con el IRPH, que fuera del ámbito jurídico se considera una cláusula abusiva más, y su uso en nuevos préstamos es prácticamente nulo, en comparación con el 15% de cuota que llegó a alcanzar en su apogeo.

La banca española se ha llevado este miércoles el primer gran alegrón judicial, después de los mazazos que les supuso perder en los tribunales los casos hipotecarios por las cláusulas suelo y, más recientemente, por las multidivisa. El Tribunal Supremo ha dictaminado en su favor en el caso del IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios al que estaban indexados los intereses de aproximadamente un millón de familias. El alto tribunal ha fallado que la mera referenciación de un préstamo a este índice “no implica falta de transparencia ni abusividad”, asegura en un comunicado previo a la sentencia cuyo texto íntegro se conocerá en los próximos días. El pleno de la Sala Civil se pronuncia así sobre el recurso de casación que interpuso Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había anulado los intereses por IRPH aplicados a uno de sus clientes porque consideraba que no había existido transparencia en la aplicación de este índice y no otros, como el Euríbor, al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/3193728/0/tribunal-supremo-falla-favor-bancos-irph-hipotecas/#xtor=AD-15&xts=467263

a banca española se ha llevado este miércoles el primer gran alegrón judicial, después de los mazazos que les supuso perder en los tribunales los casos hipotecarios por las cláusulas suelo y, más recientemente, por las multidivisa. El Tribunal Supremo ha dictaminado en su favor en el caso del IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios al que estaban indexados los intereses de aproximadamente un millón de familias. El alto tribunal ha fallado que la mera referenciación de un préstamo a este índice “no implica falta de transparencia ni abusividad”, asegura en un comunicado previo a la sentencia cuyo texto íntegro se conocerá en los próximos días. El pleno de la Sala Civil se pronuncia así sobre el recurso de casación que interpuso Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había anulado los intereses por IRPH aplicados a uno de sus clientes porque consideraba que no había existido transparencia en la aplicación de este índice y no otros, como el Euríbor, al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas.

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a banca española se ha llevado este miércoles el primer gran alegrón judicial, después de los mazazos que les supuso perder en los tribunales los casos hipotecarios por las cláusulas suelo y, más recientemente, por las multidivisa. El Tribunal Supremo ha dictaminado en su favor en el caso del IRPH, el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios al que estaban indexados los intereses de aproximadamente un millón de familias. El alto tribunal ha fallado que la mera referenciación de un préstamo a este índice “no implica falta de transparencia ni abusividad”, asegura en un comunicado previo a la sentencia cuyo texto íntegro se conocerá en los próximos días. El pleno de la Sala Civil se pronuncia así sobre el recurso de casación que interpuso Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava que había anulado los intereses por IRPH aplicados a uno de sus clientes porque consideraba que no había existido transparencia en la aplicación de este índice y no otros, como el Euríbor, al que están referenciadas la mayoría de las hipotecas.

Ver más en: http://www.20minutos.es/noticia/3193728/0/tribunal-supremo-falla-favor-bancos-irph-hipotecas/#xtor=AD-15&xts=467263

El Tribunal Supremo ha resuelto de esta forma la primera causa sobre una posible nulidad de una hipoteca por el uso del IRPH, empleado por diversas entidades financieras españolas para calcular el valor de la cuota mensual que han de pagar los clientes. Y ha dado la razon al recurso interpuesto por Kutxabank contra una sentencia de la Audiencia de Álava, que condenaba a la entidad financiera a devolver los intereses cobrados en aplicación del IRPH.

Se trata de la demanda interpuesta por un afectado de Álava, que logró que se condenara a Kutxabank mediante una sentencia que declaraba este índice nulo por abusivo. La sentencia del juzgado de lo Mercantil de Vitoria fue ratificada por la Audiencia Provincial de Álava, pero Kutxabank decidió recurrir al Supremo.

El Supremo ha unificado doctrina respecto al IRPH y la aplicado a este caso, lo que servirá de orientación para las sentencias que aún están pendientes en los juzgados y las audiencias provinciales. En mayo de 2014 se consiguió en San Sebastián la primera sentencia estimatoria de una demanda de nulidad de IRPH, pero el camino ha estado sorteado de obstáculos y de continuos recuros de la banca.

Esa falta de uniformidad en el criterio de las audiencias provinciales ha obligado al Tribunal Supremo a resolver.

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