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La jueza desestima la demanda contra eldiarionorte del constructor investigado por tráfico de influencias

eldiarionorte.es

La Justicia ha desestimado la demanda interpuesta contra eldiarionorte.es por el constructor Tomas Tardío, investigado por tráfico de influencias. Tardío demandó a eldiarionorte.es por entender que en varios artículos publicados por este medio informando de las investigaciones judiciales acerca de presuntos delitos de tráfico de influencias que le afectan se había hecho una intromisión a su honor. Ahora, la titular del juzgado número 1 de Primera Instancia e Instrucción de Gernika desestima íntegramente la demanda contra eldiarionorte.

Los artículos en cuestión relatan la investigación judicial de presuntos delitos de tráfico de influencias y prevaricación del ex alcalde de Bermeo Juan Karlos Goienetxea (EH Bildu) y del constructor Tomás Tardío por la reclasificación de un solar para construir 40 pisos. La demanda contra ambos sostiene que el Ayuntamiento cambio un terreno de urbanizable a urbano sin informes técnicos que lo avalasen.

La sentencia de la jueza destimando la demanda contra eldiarionorte.es asegura que la información de los artículos publicados por este medio era “veraz, ya que ha quedado acreditada la diligencia del informador pues aparece constatado que no fueron meros rumores o meras invenciones, ya que la información publicada se contenía en documentos oficiales”. “Y aunque se empleó un lenguaje llano”, continíua la sentencia, “para atraer la atención de la opinión pública, el medio citaba las fuentes de las que provenía la información”.

Además, la sentencia puntualiza que en los artículos periodísticos “en ningún caso se emplearon expresiones vejatorias, ofensivas o degradantes [contra el señor Tardío], por lo que no puede negarse la finalidad informativa ya que se ha fundado en elementos objetivos de veracidad de la noticia que se comunicaba e, inclusive, se publicó por el mismo diario digital que el procedimiento había sido sobreseído provisionalmente, utilizando los mismos términos para referirse al constructor, que los empleados para informar sobre los hechos objeto del presente pleito”.

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