De Miguel: “La fianza se ha fijado a ojo, pensando en la repercusión mediática”
El letrado Gonzalo Susaeta, del prestigioso bufete Cuatrecasas, interpuso el pasado 18 de noviembre en nombre del ex ‘número dos’ del PNV de Álava imputado por más de veinte delitos de corrupción, Alfredo de Miguel, un durísimo recurso de queja contra el auto del juzgado de Vitoria por el cual se decreta la apertura de juicio oral contra su persona y contra los otros 25 imputados en el caso al que da nombre y por el que se activa el proceso para que el político abone una fianza de 16,5 millones (si no lo hace, será embargado). En el documento, de 12 folios y al que ha tenido acceso eldiarionorte.es, De Miguel insiste en que “no existe fundamentación por mínima que fuere” que lleve a pensar que el volumen de las irregularidades investigadas alcance esa cantidad desorbitada e incluso se atreve a afirmar que las cifras se han fijado “a ojo”.
El abogado Susaeta ya manifiesta su preocupación por el hecho de que en el escrito de acusación de la Fiscalía se propusiera 25 millones de euros como “responsabilidad pecuniaria” sin que, a su juicio, “nada se indicase sobre el desglose o cálculo de dichas sumas”. El defensor añade que fueron establecidas “a ojo o alzadamente”, “pensando quizás en la repercusión mediática que tendrían y de hecho tuvieron”.
Susaeta reconoce que el juez, a la hora de fijar las medidas cautelares de cara a un juicio que no tiene fecha, “no acoge plenamente dicha petición”. Sin embargo, insiste en que los más de 16 millones en que ha quedado finalmente la fianza para el que fuera diputado foral alavés de Administración Local y Equilibrio Territorial (Urbanismo), vicepresidente de la Caja Vital y factótum de Iñaki Gerenabarrena en el Araba Buru Batzar (ABB) siguen sin recoger “el detalle de las eventuales responsabilidades pecuniarias que dan lugar a las sumas establecidas”.
Estrategia de defensa: prescripción
“Volvemos a encontrarnos, en consecuencia, ante una decisión arbitraria [con negrita], ante unas cuantías alzadas, nunca justificadas y por unos conceptos total o parcialmente erróneos”, concluye Susaeta, que manifiesta que su cliente ha sido víctima de una “absoluta” y “reiterada” indefensión durante un procedimiento que se inició en diciembre de 2009 y por el cual De Miguel fue detenido en marzo de 2010 para quedar desde entonces en libertad con cargos como el cohecho, el blanqueo de capitales o el tráfico de influencias.
El abogado adelanta en su escrito, incluso, parte de su estrategia de defensa de cara al juicio. Apunta de manera sucinta que es “patente” la “prescripción” de muchos de los delitos de los que se acusa a De Miguel.
El letrado también manifiesta su queja “desde el respeto” por el auto inicial de apertura de juicio, dictado por la magistrada María Eneida Arbaizar. Esta juez no lideró la investigación del caso y llegó al juzgado de instrucción número 4 de Vitoria tras el traslado de su anterior titular, Roberto Ramos, con esta patata caliente cerrada y sólo pendiente de un trámite. Esa resolución, un ‘corta-pega’ de los escritos acusadores de la Fiscalía, del Gobierno vasco, de la Diputación de Álava y de la Hacienda de Bizkaia, se publicó en mayo de 2016 e incluyó más de una veintena de errores de bulto. Hasta noviembre no fue corregido, lo que ha provocado un retraso notable en un caso que lleva ya ocho años en los tribunales.
Susaeta, y así lo creen también otros abogados de los imputados, entiende que ese “auto aclaratorio” sigue dejando algunos asuntos relevantes en el aire. De hecho, según informa Efe, los recursos de las partes se han sucedido desde noviembre incluyendo peticiones de que se digitalice un sumario ingente o para que se amplíe el plazo de las defensas para calificar –el tiempo ordinario finalizará en breve sin que la nueva juez haya dado respuesta-. También se ha trasladado otra apelación del que fuera presidente de la red de parques tecnológicos del País Vasco, Julián Sánchez Alegría, quien firmó el contrato de ampliación de Miñano que dio origen a la causa. Como De Miguel, su letrado también ve injustificadas las cuantías establecidas como fianza, en su caso 416.140 euros.