Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Alfredo Remírez, primer tuitero de las 'Operaciones Araña' contra el enaltecimiento terrorista que va a prisión

Alfredo Remírez, durante uno de los juicios en la Audiencia Nacional.

Aitor Guenaga

Alfredo Ramírez, de 37 años y natural de Amurrio (Álava) se convertirá este sábado en el primer tuitero de los detenidos en la 'Operación Araña' que entrará en prisión por enaltecer a terroristas de ETA. La reincidencia en el delito de enaltecimiento del terrorismo –tiene una sentencia dictada por la Audiencia Nacional y confirmada en julio de 2009 por el Tribunal Supremo y otra por dar la bienvenida en la red social Twitter a miembros de ETA al salir de prisión– le convierte en el primer tuitero arrestado por la Guardia Civil en las sucesivas 'Operaciónes Araña' -la última en abril del pasado año- en entrar en prisión.

La segunda es la que va a provocar su ingreso en prisión por haber dado la bienvenida en la red social Twitter a miembros de ETA a su salida de prisión tras cumplir sus condenas. Remírez fue detenido el mismo día que el cantante y líder de Def con Dos, César Strawberry, durante la 'Operación Araña III'.

En esa operación, realizada en mayo de 2015 por la Guardia Civil, fueron detenidas 16 personas, acusadas de delitos de enaltecimiento del terrorismo y de humillación a las víctimas. Strawberry fue finalmente condenado en enero de este año por el Tribunal Supremo a un año de cárcel por sus tuits, aunque no tendrá que ir a prisión. En esas operaciones desarrolladas entre 2014 y 2016, se ha arrestado a más de 70 personas. La Audiencia Nacional ha celebrado numerosos juicios tras las detenciones.

Remírez no ha abandonado su actividad en su cuenta de Twitter, en algunos casos para agradecer las muestras de solidaridad que se están produciendo desde que le confirmaron a su abogado el rechazo al último recurso interpuesto para eludir entrar en prisión. En uno de sus últimos tuits recuerda precisamente que estamos en Halloween.

La campaña de solidaridad y denuncia ha transformado su propio nombre en una exigencia de libertad: alFREEdo.

La Audiencia Nacional rechazó a finales de septiembre un recurso presentado por el abogado de Alfredo Remírez y el mismo tribunal ordenó su encarcelamiento por una protesta contra la dispersión de presos de ETA en la que participó en las fiestas de Amurrio (Álava) en 2009.

Su defensa aceptó un acuerdo por el que asumía una condena de un año y medio de prisión y una inhabilitación de 14 años y seis meses para eludir entrar en prisión. Pero ahora la Audiencia Nacional ha tomado en cuenta esta condena por conformidad para rechazar la solicitud de no entrar en prisión.

Ha sido el propio Remírez quien ha anunciado el ingreso en prisión este sábado, y ha animado a participar en una manifestación la víspera en su localidad natal, Amurrio, a las 19:30, para agradecer el apoyo recibido.

La primera condena por enaltecimiento

La Audiencia Nacional condenó a un año de cárcel a dos vecinos de Amurrio (Álava) -Alfredo Remírez y Arkaitz Quincoces- como autores de un delito de enaltecimiento del terrorismo por homenajear a dos etarras nombrándoles “reina” y “dama de honor” de las fiestas patronales de agosto de 2005. La sección primera de la Sala de lo Penal acordó en la misma sentencia absolver por estos mismos hechos al alcalde de Amurrio (EA), Pablo Isasi, y al exconcejal de Cultura Eleder Zaldibe, al haber retirado la Fiscalía al término del juicio la acusación que dirigía contra ambos.

El tribunal concluyó que los dos miembros de la cuadrilla era autores de un delito de enaltecimiento porque utilizaron las dos figuras en cartón con la cara de los etarras para “otorgar a los mismos un puesto de relevancia y un homenaje reivindicativo”, conociendo que ambos son terroristas y se encuentran por ello en prisión.

La resolución consideró entonces probado que, el día del comienzo de las fiestas patronales de Amurrio de 2005, la cuadrilla Herriarenak fue la encargada de designar a la reina y dama de honor de las fiestas y optó por los etarras José Angel Viguri y Santos Berganza, ambos en prisión. La decisión fue posteriormente comunicada al alcalde, quien, según la sentencia, no dio relevancia “a tal nombramiento dado que, al ser precisa la presencia física de los designados en el acto de investidura” de las bandas “derivaba imposible” el nombramiento por estar ambos terroristas encarcelados.

Cuando se procedió al acto de nombramientos en el Salón de Plenos del consistorio y al ser llamada la cuadrilla Herriarenak, Quincoces apareció con un monigote en cartón de gran tamaño con la cara de Viguri y en ese momento el concejal de Cultura, al que correspondía imponer la banda, fue a colocársela a Quincoces, pero este forcejeó para que se la pusiera al monigote. Cuando llegó el turno de nombrar a la reina, Remírez se acercó al alcalde con otro monigote con la cara de Berganza y el regidor le dio la banda y el ramo de flores, a pesar de que éste trató que se lo pusiera al muñeco de cartón.

Días después, el día mayor de las fiestas, Quincoces y Remirez pretendieron encabezar la comitiva tradicional que transcurre desde el Ayuntamiento hasta la Iglesia con los dos monigotes, pero el alcalde les obligó a situarse detrás.

“Ensalzamiento de conductas ilícitas”

El Tribunal Supremo confirmó en julio de 2009 la condena a un año de prisión que la Audiencia Nacional impuso a Alfredo Remírez y Arkaitz Quincoces. En su sentencia, el Alto Tribunal apuntaba que distinguir a quienes “se encuentran desde hace años cumpliendo importantes penas por la comisión de concretos delitos de terrorismo” tiene un “evidente significado de ensalzamiento de las conductas ilícitas”, por lo que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo.

“Se trata, por tanto, de un claro comportamiento de enaltecimiento de unos terroristas, por el hecho de serlo, de lo que les ha conducido a su situación de penados, y, por consiguiente, de las graves actividades delictivas que, en su día, llevaron a cabo”, señalaba el Alto Tribunal en su resolución.

Etiquetas
stats