Una sentencia obliga a readmitir a una profesora universitaria asociada despedida tras 29 años de contratos temporales
Una profesora asociada de la Universidad del País Vasco llevaba 29 años trabajando hasta septiembre del año pasado encadenando un contrato tras otro. En esa fecha, la UPV le despidió. Ahora, un juzgado de Bilbao ha declarado improcedente ese despido, ha calificado la relación laboral de la docente con la universidad pública vasca como “indefinida no fija”, obliga al centro a su readmisión o, si no, a una indemnización de 45.000 euros. Se trata de una sentencia que abre la vía en España a que los más de 25.000 docentes universitarios con la categoría de asociados pasen a ser considerados como indefinidos no fijos. Al menos, así lo cree el sindicato UGT-Euskadi, que es el que ha llevado el caso en los tribunales. Sin embargo, la sentencia no es firme y, por lo tanto, la UPV puede recurrirla ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
La particularidad de los profesores asociados es que ocupan su plaza al ganar un concurso público de méritos y a partir de ahí encadenan contratos temporales. Al finalizar el contrato, cesan en su puesto y vuelven a ser contratados al día siguiente en el caso de que vuelvan a lograr la plaza en un nuevo concurso, que se convoca de manera inmediata. Y en esa dinámica se pueden encadenar años y años. Como en el caso de la profesora despedida de la UPV, que ha llegado hasta los 29.
En su demanda, la docente alegaba que la continuidad en la prestación de servicios desde 1987 la convertía en personal indefinido no fijo. El juzgado de lo Social número 9 ha sido muy cotundente en su fallo, en el que ha tachado de “fraudulento” el sistema de contratación seguido por la Universidad del País Vasco.Entiende que al ser contratada “fraudulentamente” su cese es un despido improcedente.
Según la sentencia, la UPV no ha “acreditado” la existencia de razones objetivas que justifiquen contrataciones ininterrumpidas durante 29 años para que una docente asociada imparta una materia ordinaria del Departamento de Estomatología, sin que tampoco conste una convocatoria pública para dar cobertura al puesto. “El simple dato de la prolongada duración de los servicios es elemento suficiente de la existencia de un fraude en la contratación”, recalca el juzgado.
Además, el hecho de que la categoría de profesor asociado revista un carácter temporal por disposición legal no “puede amparar que necesidades de docencia estructurales de la empresa se provean a través de la misma persona durante 29 años acudiendo al recurso de contratarla como profesora asociada”.
En su día, el colectivo de profesores asociados de la Universitat de València denunciaron ante el Parlamento Europeo las precarias condiciones laborales que sufren.