Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

La banca sufre una avalancha de condenas por la venta de preferentes

Una protesta contra la comercialización de las aportaciones subordinadas.

Eduardo Azumendi

Las sentencias condenatorias contra la banca por la venta de las aportaciones subordinadas de Eroski y Fagor Electrodomésticos se suceden sin solución de continuidad. Desde el comienzo de año, los juzgados de Primera Instancia han emitido numerosas condenas y, casi todas, con un denominador común: la mala comercialización de los bancos, ya que no facilitaron a los clientes información transparente sobre los verdaderos riesgos.

Por ejemplo, el Banco Santander ha sido condenado por los juzgados de Instancia nº 1 de Durango y nº 2 de Barakaldo por la venta de aportaciones de Fagor, al entender el primero de ellos que el cliente incurrió en un error excusable “al seguir el consejo de las personas de la entidad bancaria con las que venía trabajando regularmente, quienes le convencieron que las aportaciones eran un producto seguro que le proporcionaría una elevada rentabilidad sin arriesgar el capital”. Así lo recalca Gabriel Torres Amann, un abogado bilbaíno que acumula ya más de 300 sentencias favorables.  

El BBVA también ha visto como los jueces rechazaban sus argumentos sobre la correcta comercialización de aportaciones a diversos clientes. Así, el Juzgado de Instancia nº 1 de Bilbao ha estimado la demanda de una ahorradora que “de haber conocido las características esenciales de los productos contratados y el riesgo inherente a los mismos no los hubiera contratado o en un importe inferior”, apunta Amann. “El error es imputable al banco”, recalca Amann. Otro juzgado declaró nula la venta del BBVA en el año 2002 a un cliente con estudios primarios y sin conocimientos financieros que “no pudo comprender el alcance real y el contenido de dicho producto financiero”. En este caso, el banco también “incumplió sus obligaciones de comportamiento diligente y transparente en interés del demandante”.

En casi todas las sentencias se repite el mismo patrón. Es el caso de La Caixa también condenada por no informar a su cliente “de forma clara, completa y en términos comprensibles sobre las características del producto contratado y los riesgos inherentes al mismo”.

Laboral Kutxa también ha sufrido algunos reveses. En numerosas sentencias se declara la nulidad de las ventas por la “defectuosa comercialización de los respectivos productos”. Básicamente por falta de la información mínima.

Eroski y Fagor Electrodomésticos consideran que han cumplido “debidamente” con sus obligaciones de información a los inversores en cuanto a sus aportaciones financieras subordinadas y responsabilizan de la correcta o incorrecta comercialización del producto a los bancos y cajas, que fueron los que tuvieron contacto directo con los inversores

Etiquetas
stats