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La Audiencia Nacional avisa de más excarcelaciones porque el fallo de Estrasburgo es de “aplicación general”

El preso etarra Piriz, tras salir de prisión.

Pedro Águeda

El fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre Inés del Río es de “aplicación general a todos los casos en que se den situaciones semejantes”. Así lo recoge el auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, conocido hoy, en el que se argumenta la excarcelación de Juan Manuel Piriz, decidida por los jueces el pasado viernes.

Los magistrados de la Audiencia Nacional alegan que es la propia sentencia de Estrasburgo la que extiende su decisión a otros reos cuando dice que la interpretación del Tribunal Supremo español “condujo en la práctica a anular los efectos de este dispositivo en detrimiento de la demandante y de otras personas que se encontraban en situación similar”.

La Sala de lo Penal añade que Estrasburgo ha introducido en su sentencia un criterio que, además de tener que ser asumido por España como vinculante, “ha de ser necesariamente tenido en cuenta por este tribunal a la hora de resolver la situación que ahora se le plantea”. La Constitución española, añaden, ya recoge que la interpretación de las normas relativas a derechos fundamentales “se hará de conformidad con los tratados y acuerdos internacionales”.

Los jueces de la Audiencia Nacional remarcan que la jurisprudencia del Consejo de Europa no sólo sirve para “homogeneizar” el derecho europeo sino “especialmente” para constituir “nuestras señas de identidad cultural y de civilización común europea”. “Separarse de ella no solo implica la infracción de obligaciones jurídicas internacionales, también distanciarse de Europa y del sentido de su civilización”, añaden.

El auto de la Audiencia Nacional se conoce al día siguiente de que miles de personas se concentraran en el centro de Madrid bajo el lema 'Justicia para un final con vencedores y vencidos'. Ángeles Pedraza, la presidenta de la organización convocante pidió la semana pasada al presidente del Gobierno que España salga de la Convención Europea de Derechos Humanos.

El auto de la Sala de lo Penal cuenta con un voto particular de Ángel Hurtado. El magistrado aduce que al no haber límite temporal para dar cumplimiento a los fallos del Tribunal de Estrasburgo debería haberse esperado al recurso presentado ante el Supremo por Piriz. Dice Hurtado que la Sala de lo Penal ha entrado a debatir sin escuchar a la defensa del preso ni a la Fiscalía. Además, Hurtado defiende que la 'doctrina Parot' puede seguir siendo aplicada en otros casos, “en función de las circunstancias concurrentes en cada caso”.

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