Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
La portada de mañana
Acceder
La gestión de la DANA y sus mentiras ponen a Mazón contra las cuerdas
Los catedráticos y jefes de mantenimiento que 'salvó' a 1.718 alumnos en la UV
Opinión - Lo siguiente era el fascismo. Por Rosa María Artal

La Audiencia condena a dos años de prisión a los autores del tartazo a Barcina

Gorka Ovejero, uno de los autores del tartazo  / G.C.

elDiario.es

La Audiencia Nacional ha condenado a dos años de prisión a tres de los autores de los tartazos a Yolanda Barcina y a un año de prisión a otro de los protagonistas de la protesta contra la Y vasca que llevaron a cabo en un acto en Toulouse. Los activistas anti-TAV no ingresarán en prisión porque no tienen antecedentes penales.

Los hechos se remontan a octubre de 2011 cuando los activistas de Mugitu! aprovecharon la sesión plenaria de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos para estampar varias tartas en la cara de Barcina y exhibir pancartas y camisetas contra la implantación del tren de alta velocidad en la conocida como Y vasca.

El tribunal considera que los hechos constituyeron un atentado contra la autoridad, en este caso en la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina. En la sentencia la Audiencia reconoce la existencia de atenuantes relacionadas con la legislación para casos similares en otros países. Los tartazos a Barcina se produjeron en Francia y, según el tribunal, “los acusados actuaron en la creencia errónea de que sería en ese territorio donde se les podrían exigir responsabilidades”.

Cuatro de las ocho personas que llevaron a cabo la acción reivindicativa eran de nacionalidad francesa y no han sido ni siquiera juzgadas. La Audiencia reconoce que “no cabe dudar que los hechos también son constitutivos de infracción en el lugar de ejecución”, donde las autoridades francesas lo calificaron de delito de violencia o agresión agravada, y destaca que esa infracción “es sensiblemente menos grave que el delito de atentado”.

Además, los magistrados sostienen que en el caso de que la agresión hubiera tenido lugar en España contra una autoridad extranjera tampoco se hubiera considerado un “delito de atentado agravado”.

La acusación ejercida por la presidenta navarra pedía nueve años de cárcel por este acto y la Fiscalía solicitaba, cinco, mientras que la defensa de los acusados argumentó que no estaban en Toulouse cuando se produjo la agresión por lo que pidió la absolución. El tribunal finalmente condena a tres de ellos a dos años de prisión y al pago de la multa correspondiente por un delito de atentado contra la autoridad, mientras que otro de los protagonistas fue “cómplice” y su pena será de un año porque solo se acercó con sus compañeros a la “víctima, pero su comportamiento se limita a levantar los brazos, en una inequívoca señal de apoyo a lo que estaban realizando”.

Etiquetas
stats