El Poder Judicial pide que un caso pueda reabrirse por un nuevo indicio con independencia de cuándo aparezca
El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado por unanimidad, después de casi ocho horas de reunión, el informe que enviará al Gobierno sobre la reforma en marcha de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. A sus objeciones sobre la posibilidad de intervenir teléfonos durante 24 horas sin autorización judicial, los vocales del CGPJ han acordado acotar los límites temporales a la instrucción que prevé el Ejecutivo con una novedad: la aparición de nuevos indicios contra los imputados deben permitir reabrir las actuaciones independientemente del momento en que surjan.
El Anteproyecto aprobado por el Gobierno dice que el plazo de 18 meses para instruir una causa puede ser renovado por otros tantos siempre que lo proponga el fiscal. Y que esos 36 meses, podrán ser ampliados tanto como necesite el juez, ya sea a propuesta del Ministerio Público o de oficio por el juez. Los vocales firmantes del informe proponían que la primera prórroga no quedara únicamente a espensas del fiscal y que pudiera el juez decretarla de oficio o solicitarla otras partes. Y así lo han acordado proponer hoy los 21 miembros del CGPJ.
Tanto los plazos, como la limitación al fiscal de la solicitud de la prórroga, fueron intepretados desde distintos ámbitos judiciales como una puerta abierta a la impunidad, especialmente en las complejas y prolongadas investigaciones de delitos económicos, incluida la corrupción.
Para delimitar aún más la medida del Gobierno de poner plazos a la instrucción -con el objeto de que los casos no se eternicen-, el CGPJ pide que estos no se impongan “cuando aparezcan nuevos elementos determinantes de la comisión del delito y de su participación”. Además, solicita al legislador que clarifique qué consecuencias tendrá para los jueces el incumplimiento de los citados plazos.
En cualquier caso, el Poder Judicial reconoce que la fijación de un plazo máximo para la instrucción “además de superar el anacrónico y poco realista plazo de un mes” que recoge la ley actualmente, “tiende a satisfacer las exigencias del principio acusatorio, por cuanto propicia el avance del proceso hacia la fase intermedia, lo que no es sino la consecuencia natural en un sistema acusatorio”.
Las comunicaciones, dice el Anteproyecto, podrán ser intervenidas sin autorización judicial “en caso de urgencia” y en investigaciones contra el crimen organizado, terrrorismo y contra menores u otros “de especial gravedad”, que no especifica. En esos casos, serán intervenidas a petición del ministro del Interior o el secretario de Estado de Seguridad siempre que sean comunicadas al juez en un plazo máximo de 24 horas. El juez, a su vez, deberá validar o anular la medida, en otro de 72 horas.
Como ya indicaba el informe, los vocales del CGPJ consideran que la reforma plantea “serias dudas de encaje constitucional”. Igualmente, piden “reflexionar acerca del riesgo que comporta” fijar un plazo de prórroga de la intervención de las comunicaciones -por periodos sucesivos de tres meses- que puede llegar hasta los dos años.
La reforma es defendida por el Gobierno, entre otros motivos, para adecuar la legislación a los cambios tecnológicos que afectan a las comunicaciones. En este sentido, el Poder Judicial aplaude que el texto regule la utilización de los SMS y otros datos electrónicos“.
Por otra parte, el CGPJ pide que la reforma especifique que un detenido puede reunirse con su abogado de forma reservada durante las diligencias policiales y que no se limite a hablar de “cualquier momento del proceso”. El abogado, piden, también debe estar presente en la toma de una muestra de ADN.